01 May
Juez del Concurso y Competencia
Competencia Objetiva
Los procedimientos concursales son competencia exclusiva de los Juzgados de lo Mercantil, una especialidad dentro de la jurisdicción civil española.
Competencia Territorial
El juez competente para tramitar el concurso es aquel en cuyo territorio el deudor tenga el centro de sus intereses principales, generalmente donde ejerce la administración de sus intereses de forma habitual y reconocible.
Para evitar el forum shopping, se considera ineficaz el cambio de domicilio social inscrito en el Registro Mercantil dentro de los 6 meses anteriores a la solicitud del concurso.
Jurisdicción del Juez del Concurso
Materia Laboral (Art. 52)
El juez del concurso tiene jurisdicción exclusiva y excluyente en las siguientes materias laborales:
- Acciones civiles con trascendencia patrimonial contra el concursado (excepto capacidad, filiación, matrimonio y menores).
- Ejecuciones sobre el patrimonio del concursado.
- Determinación del carácter necesario de un bien o derecho para la actividad del deudor.
- Declaración de sucesión de empresa a efectos laborales y de seguridad social.
- Medidas cautelares que afecten a bienes y derechos de la masa activa.
Modificación de Condiciones Laborales (Art. 53)
El juez del concurso también tiene jurisdicción exclusiva para conocer de acciones sociales que impliquen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, incluyendo suspensiones de contratos y reducciones de jornada de carácter colectivo.
Efectos de la Declaración de Concurso
Efectos sobre el Deudor
En un concurso voluntario, el deudor conserva las facultades de administración sobre la masa activa, pero bajo la intervención de la administración concursal.
En un concurso necesario, el deudor tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre la masa activa.
Los actos del deudor que infrinjan estas limitaciones solo pueden ser anulados a instancia de la administración concursal.
Efectos sobre Acciones y Ejecuciones Individuales
Procedimientos Declarativos
Desde la declaración de concurso, los jueces no admitirán demandas que ejerciten acciones que sean competencia del juez del concurso.
Los juicios declarativos en tramitación continuarán ante el mismo tribunal, salvo aquellos que se acumulen al concurso o cuya tramitación quede suspendida.
Procedimientos de Ejecución
Se prohíbe el inicio de ejecuciones singulares (judiciales o extrajudiciales) y apremios administrativos contra bienes o derechos de la masa activa.
Las ejecuciones en curso se suspenden, con excepciones como las ejecuciones laborales con embargo anterior al concurso.
La apertura de la fase de liquidación implica la pérdida del derecho a iniciar ejecuciones de garantías reales para aquellos acreedores que no lo hubieran hecho antes de la declaración de concurso.
Efectos sobre los Contratos
La declaración de concurso no implica la resolución anticipada de los contratos. Las cláusulas que establezcan lo contrario se tendrán por no puestas.
La regla general es que el concurso no afecta al ejercicio de la facultad de denuncia unilateral del contrato.
Excepcionalmente, el juez puede acordar el mantenimiento del contrato en interés del concurso, incluso si ha habido incumplimiento.
Créditos Concursales
Los créditos concursales se clasifican en:
- Privilegiados: Tienen preferencia en el cobro. Se dividen en especiales (afectan a determinados bienes) y generales (afectan a toda la masa activa).
- Ordinarios: No tienen privilegio ni subordinación.
- Subordinados: Se cobran en último lugar. Incluyen créditos por recargos e intereses, multas, sanciones, créditos de personas especialmente relacionadas con el concurso, etc.
Fase de Convenio
El convenio es un acuerdo entre el deudor y los acreedores para el pago de los créditos. La propuesta de convenio puede incluir quitas (condonación de deuda), esperas (aplazamiento del pago) o ambas.
Las mayorías necesarias para la aprobación del convenio varían según el contenido de la propuesta:
- Mayoría simple: No hay quita o la espera es inferior a 3 años.
- Mayoría absoluta: Quita inferior al 50% o espera de hasta 5 años.
- Adhesiones de más del 65% de los acreedores: Resto de supuestos.
Efectos de la Aprobación del Convenio
- Cesan los efectos de la declaración de concurso.
- Cesa el administrador concursal.
- El contenido del convenio afecta a los créditos ordinarios, subordinados y privilegiados.
Fase de Liquidación
La fase de liquidación se abre cuando no es posible alcanzar un convenio o este fracasa. Se procede a la venta de los bienes de la masa activa para pagar a los acreedores según su clasificación.
Causas de Apertura de la Liquidación
- Solicitud del deudor.
- Solicitud del administrador concursal.
- De oficio por el juez (no presentación de convenio, no aceptación, nulidad, incumplimiento, etc.).
Efectos de la Apertura de la Liquidación
- Los administradores concursales asumen funciones de sustitución.
- Cesan los efectos del convenio (si lo hubiera).
- En caso de persona física, se extingue el derecho a alimentos y se puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho.
- En caso de persona jurídica, se produce la disolución y extinción.
Calificación del Concurso
El concurso se califica como fortuito o culpable. La calificación se realiza al finalizar la fase común.
Concurso Culpable
El concurso se califica como culpable cuando en la generación o agravación de la insolvencia ha mediado dolo o culpa grave del deudor, sus representantes o administradores.
Existen presunciones legales de culpabilidad, como la inexactitud grave en los documentos del concurso o el incumplimiento del deber de solicitar la declaración de concurso.
Efectos de la Calificación
La sentencia de calificación como culpable puede imponer a los responsables:
- Inhabilitación para administrar bienes ajenos.
- Pérdida de derechos en el concurso.
- Devolución de bienes obtenidos indebidamente.
- Indemnización por daños y perjuicios.
- Cobertura del déficit en caso de liquidación.
Conclusión del Concurso
El concurso concluye cuando se han pagado todos los créditos, no hay más bienes para liquidar o solo queda un acreedor.
Contenido del Auto de Declaración del Concurso
El auto de declaración del concurso debe contener:
- Carácter voluntario o necesario del concurso.
- Procedimiento (ordinario o abreviado).
- Efectos sobre las facultades del deudor.
- Nombramiento de la administración concursal.
- Llamamiento a los acreedores.
- Publicidad del concurso.
- Medidas cautelares (si procede).
Conclusión
El derecho concursal en España ofrece un marco legal para la gestión de la insolvencia empresarial y personal, buscando la satisfacción de los acreedores y la posibilidad de una segunda oportunidad para el deudor.
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