20 Dic

TEMA 3: ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA
1.1.ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO:


Dentro de la Administración del Estado encontramos:

Administración Central


Formada por los Ministerios de Madrid.

Administración Periférica


Representaciones de la Administración Central en las Provincias.
La Constitución dice que la Administración debe estar descentralizada, dando lugar por ella a la periferia.
Un ejemplo de ello son las Capitanías Marítimas, que representan la periferia de la Dirección General de la Marina Mercante, DGMM (Administración Central).

1.La Administracion Central

Tiene un único centro de poder: El Gobierno: Presidente, Vicepresidente y Ministros.
La Administración Central se divide en muchos departamentos o bloques por materias: Ministerio, al frente del cual está el Ministro: Secretario de Estado: Subsecretario de Estado: Secretario Técnico: Dirección General: Subdirecciones Generales.
Ejemplo: Ministerio de Fomento: Ministro: Secretario: Subsecretario: Secretaria General de Turismo y Secretaria General de Transportes.
En el ámbito marítimo, dentro de la Administración Central, hoy día, las competencias las tiene, sobre todo, El Ministerio de Fomento (antiguamente las tenía el Ministerio de Obras Públicas y Transporte MOPT). Concretamente el Art. 86 de la Ley de Puertos, otorga las siguientes competencias al Ministerio de Fomento:1.- En lo relativo a la seguridad de la vida humana en la mar y en la navegación.2.- En lo relativo al Salvamento marítimo y lucha contra la contaminación.3.- En lo relativo al control de registro de buques y su abanderamiento.4.- En lo relativo a la autorización de concesiones administrativas de servicios de la navegación marítima fuera de los casos previstos para las CC.AA.5.- En lo relativo sobre el control y ejecución de las inspecciones de todos los buques civiles españoles desde el punto de vista técnico, radioeléctrico de seguridad y de prevención de la contaminación.6.- En lo relativo de la ordenación y control del tráfico marítimo centrado en puertos, estrechos, cabos…7.- En lo relativo al registro y control del personal marítimo civil y la composición marítima de los buques civiles (número mínimo de tripulantes y su titulación).8.- En lo relativo a la participación en la comisión de faros y señales marítimas.9.- En lo relativo a las sanciones y multas en todas estas materias.

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO


: Central (Ministerios) y Periférica (Delegaciones).

LA


ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA (del Estado y de las CCAA)

Competencias de la Administración del Estado


Central Art. 86 L.P.E.M.M. (Ministerio de Fomento):
Dirección General de la Marina Mercante (DGMM):
1.Seguridad (de la vida humana, de los buques, de la navegación…)
2.Contaminación (salvamento marítimo)
3.Tráfico (concesiones, dispositivos…: navegación)

DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE

(Se divide en 3 Subdirecciones Generales)

1.S.D.G. DE TRÁFICO, SEGURIDAD Y CONTAMINACIÓN MARÍTIMA:


COMPETENCIAS: seguridad de la vida humana en el mar, en la navegación, salvamento marítimo, contaminación y limpieza de las aguas nacionales, registro de buques, abanderamiento de buques, registro de cualquier embarcación civil, despacho de buques, ordenación y control de tráfico marítimo…

2.SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN MARÍTIMA


COMPETENCIAS: De inspección y control técnico de la Marina Mercante

3.SUBDIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DEL TRANSPORTE MARÍTIMO:


Se encarga de todo lo relativo al transporte marítimo del estado español.
4.LA SECRETARIA, Se encarga de la Administración del personal, de las finanzas, de los presupuestos de la DGMM y de la coordinación con las distintas capitanías marítimas.

Administracion Periferica del Estado

Son los órganos delegados de la Administración Central en las provincias.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL


DGMM Þ Provincias: Capitanías Marítimas
Las Capitanías Marítimas como administración periférica, están vinculadas a la Secretaria General de Servicios de Transportes por medio de la DGMM. Las capitanías de 2ª y 3ª, dependen de la 1ª.

ESTRUCTURA DE LAS CAPITANIAS MARITIMAS


: (de 1ª categoría, 3 áreas):
1ª Seguridad Marítima y Lucha contra la Contaminación
2ª Inspección Marítima de todas las embarcaciones
3ª Tráfico Marítimos, Despacho (formalidades que debe realizar un buque mercante al entrar y salir de puerto), Registro (registro administrativo de buques y embarcaciones civiles españoles), personal marítimo (cada vez que un tripulante se enrola en un barco cumpliendo los requisitos de sanidad)

FUNCIONES QUE DESARROLLA LA CAPITANIA MARITIMA

1.autorización de prohibición o entrada de buques en las aguas que España ejerce soberanía.
2.Determinar las zonas de fondeo y maniobra por razones de seguridad marítima.
3.Establecimiento de canales de IN/OUT en los puertos por razones de seguridad marítima.
4.Fijan los criterios que se han de seguir, por razones de seguridad, a la hora de maniobrar y atracar los buques que transportan mercancías peligrosas.
5.Por razones de seguridad, disponen de los servicios de practicaje y el remolque en las aguas jurisdiccionales españolas: dicen hasta donde es necesaria la presencia del práctico.
6.La supervisión de la inspección técnica de los buques civiles españoles
7.Corresponden a la Capitanía Marítima
Otras normas: Controlar las normas sobre enrolamiento de la tripulación y Supervisión de la investigación de los accidentes marítimos.

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