19 Oct

Contexto Histórico

Tras la dictadura de Primo de Rivera, España inicia una transición hacia la democracia con la «dictablanda» de Berenguer. Este período, caracterizado por su lentitud, impulsó la unión de republicanos, socialistas y algunos conservadores en el Pacto de San Sebastián (1930). Este pacto buscaba instaurar la república, lo que llevó al fallido golpe de Estado de Jaca a finales de 1930. En febrero de 1931, Aznar sustituye a Berenguer y convoca elecciones municipales para el 12 de abril. Los resultados, ambiguos en su interpretación, dieron la victoria a los monárquicos por mayoría, pero en las ciudades, consideradas con voto más libre, triunfaron los republicanos. Esta última interpretación prevaleció, y el 14 de abril, Alcalá Zamora proclamó la Segunda República, formando un gobierno provisional. Con el apoyo del ejército a la república, el rey Alfonso XIII se exilió. Paralelamente, Macià proclamó la República Catalana, iniciativa contenida tras la redacción del decreto de autonomía.

El Gobierno Provisional y las Cortes Constituyentes

El gobierno provisional se encargó de convocar elecciones a Cortes Constituyentes el 28 de junio de 1931. Estas elecciones destacaron por la presencia de tres diputadas: Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken. El gobierno provisional implementó las primeras reformas: avances en la autonomía regional, mejoras laborales y educativas, distanciamiento de la Iglesia, reforma del ejército (reduciendo la cantidad de altos cargos), creación de la Guardia de Asalto para el orden público, y la ruptura con la Iglesia. Estas reformas se reflejarían en la nueva constitución.

Características de la Constitución de 1931

La Constitución de 1931, aprobada el 9 de diciembre, fue elaborada con notable rapidez debido al temor de repetir la experiencia de la Primera República, que no llegó a consolidarse con una constitución. El texto constitucional refleja la mayoría republicano-socialista de las Cortes.

El Estado

  • España se define como una República democrática de trabajadores.
  • Los poderes emanan del pueblo.
  • Se establece una república integral compuesta por autonomías.
  • Se adopta una nueva bandera.
  • Se proclama la igualdad de todos los españoles ante la ley.
  • España se declara un Estado laico.
  • El castellano se reconoce como idioma oficial, permitiendo el uso de otras lenguas.
  • Se renuncia a la guerra como instrumento político.

División Territorial

  • Se establece la organización territorial en municipios, mancomunados en provincias, y estas, a su vez, en autonomías si procede.
  • Las autonomías deben estar formadas por provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes.
  • La concesión de la autonomía es una prerrogativa del Estado, sujeta al cumplimiento de requisitos específicos.
  • El Estatuto de Autonomía debe ser propuesto por la mayoría de los ayuntamientos, aprobado en referéndum por al menos dos tercios del electorado, y finalmente ratificado por las Cortes.

La Iglesia

  • Las confesiones religiosas se consideran asociaciones, sujetas a la legislación correspondiente.
  • Aquellas que antepongan la obediencia a una autoridad externa al Estado serán disueltas, y sus bienes pasarán al Estado.
  • Se establecen medidas para la disolución de órdenes religiosas que representen un peligro para la seguridad del Estado.

Derechos Políticos y Organización Política

  • Se reconoce el sufragio universal para hombres y mujeres mayores de 23 años.
  • El poder legislativo reside en el pueblo, ejercido por las Cortes unicamerales o Congreso de los Diputados.
  • El Congreso se compone de representantes elegidos por sufragio directo.
  • El Presidente de la República asume la jefatura del Estado.

Importancia y Vigencia

La Constitución de 1931, primera constitución republicana de España y la más democrática hasta entonces, introdujo el sufragio universal, la posibilidad de las autonomías y la laicidad del Estado. Su vigencia, sin embargo, fue breve, concluyendo con el fin de la Guerra Civil en 1939. En el territorio controlado por los sublevados, la constitución fue anulada incluso antes de esa fecha.

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