15 Jul
Renta:
Ingresos que constituyen utilidades de una casa o actividad
Renta Percibida:
Ingresa materialmente al patrimonio
Renta Devengada:
Es aquella sobre la cual se tiene derecho o título para exigirla
Diferencia Entre la percibida y devengada
En la devengada se realiza la transferencia
Pero no se ha recibido el dinero, en la percibida
Se puede recibir el dinero anticipado, sin haber perfeccionado la transacción
Renta Atribuida:
Dueños de la empresa deben tributar (pagar impuesto de primera categoría con tasa 25%)
por la totalidad de las rentas que
Generen sus negocios, independiente de la utilidad que retiren. Los residentes
En Chile pagan el imp. Global complementario con tasa de 0% – 35% y los con
Residencia en el exterior un imp. Adicional con tasa de 35%
Renta Mínima presunta
Es una estimación de la renta
Capital Efectivo:
Total del activo
Capital Propio tributario
Diferencias entre activos y pasivos
Del contribuyente representa el valor tributario de la empresa (para calcularlo
Se utilizan dos métodos) 1)
Método del Activo
Parte con el total de los activos para determinar su valor
Tributario y así restarle el pasivo. 2)
Método Del patrimonio
Parte con el patrimonio del contribuyente, se valorizan Financieramente y así reflejan el valor del CPT
Impuesto De 1era categoría
Es un
Impuesto de un 25% a las rentas
Provenientes del capital obtenido por empresas comerciales, industrias, mineras
Etc. Esto se aplica sobre las utilidades percibidas y devengadas
Gravamen:
Impuesto
Gravar:
Imponer el gravamen a una persona, empresa etc (los contribuyentes de los
Sectores agrícolas, minero y transporte pueden tributar en la renta presunta,
Siempre que cumplan los requisitos de la ley de renta)
Renta Presunta:
Se determina cuando las personas no pueden o están eximidas de demostrar los
Ingresos generados
Territorialidad Del impuesto a la renta
Personas Domiciliadas o residentes en Chile
Pagan impuesto de La ley de renta sobre sus rentas, aunque la gente esté dentro o fuera del país
Personas No domiciliadas o residentes en Chile
Pagan impto sobre Sus rentas con fuente solo dentro del país
Reglas De excepción
El extranjero que sea residente o Domiciliario en Chile, durante los primeros 3 años, solo paga imptos que gravan Sus rentas de fuente chilena (este plazo se puede postergar). Vencido en el Plazo se puede empezar a tributar por fuentes chilenas o extranjeras
Residente:
persona que
Permanezca en Chile más de 6 meses consecutivos en 1 año, una persona domiciliada
En Chile
Domicilio:
Residencia durante un periodo de tiempo
Rentas De fuente chilena
Provenientes de bienes situados en
Chile, donde quiera que esté el contribuyente
Renta De fuente extranjera:
Provenientes de bienes situados en el extranjero, donde quiera que esté el
Contribuyente
Impuesto adicional: Afecta a las personas naturales o jurídicas que no tienen residencia ni domicilio en Chile. Puede ser de retención o declaración anual. Es una tasa de 35% y opera sobre la base De retiros y distribuciones de renta al exterior
Impuesto Adicional extranjero en Chile
Desde el 3er año
De residencia o domicilio en Chile, esta afecto a todos los imptos (Global C.
1er y 2do categoría) sobre sus rentas percibidas o devengadas en Chile o
Extranjero
Renta Exenta:
Renta que no está afecta al pago de impto
Ingresos No renta:
Ingresos no constitutivos de renta
-Indemnización por daño emergente
-Indemnización por daño moral
-Indemnización por accidente laboral
-Pagos de sumas fijas, rentas o Pensiones
Seguro De desgravamen
Cubre las deudas, contraídas por el
Asegurado cuando…
Seguro Dotal
Es un ahorco en un tiempo determinado y un
Momento definido. Son aportes anuales fijos, cobertura por fallecimiento o
Invalidez. Se garantiza que pase lo que pase el ahorro se cumpla
Renta Utilicia previsional:
Otorga una renta mensual fija desde que suscribe o a partir de un periodo
Establecido hasta la muerte, incluye el pago de pensiones de sobrevivencia a
Los beneficios legales
Enajenación:
venta,
Donación o cesión del derecho o dominio de un bien
Enajenación De bienes raíces:
El mayor valor se grava en la habitualidad (más de un año entre la adquisición
Y venta)
Enajenación De vehículos:
Destinados al transporte de pasajeros o carga ajena, propiedades personas
Naturales y con solo un vehículo
Impuesto De 2da categoría:
Impuesto mensual y progresivo, se aplica solo a las rentas de trabajo
Dependiente. Grava las rentas imponibles (igual los pensionados). El empleador
Es el responsable de descontarlo de los trabajadores y entregarlo
Renta Imponible
Renta sobre el cual se paga el impuesto.
Para trabajadores dependientes (si sus rentas superan el tramo exento 0 a 13,50 UTM pagan impuesto)
Si el
Impuesto se aplica sobre 30 UTM los primeros 13,5 UTM son exentas y si las 16,5
UTM restantes tendrán una tasa del 4%
Impuesto Global complementario:
es un
Gravamen personal, global, progresivo y complementario, se paga una vez al año
(si exceden la suma en el año de 13,5 UTM) este impuesto se paga si se tiene
Más de una fuente de ingreso
Impuesto Progresivo por tramo:
La tasa de impuesto aumenta a medida que aumento la base imponible. La base
Imponible se divide por tramos 4 c/u se le aplica la tasa más alta
Tasa Efectiva de los impuestos progresivos por tramos:
todos los
Impuestos progresivos en Chile son por tramos.
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