11 Jul
ASAMBLEAS POPULARES o COMITIA
Representan
La participación del populus (pueblo) en la gestión política, variaron
Históricamente. 1. Comitia centurata. 2. Comitia tributa.
3. Comitia plebis,
Desde el 494 aC. Finalidad: políticas;
En los Comicios curiados, Comicios centuriados y Comitia tributa también finalidades
Religiosas, administrativas y militares.
1. Comitia Curiata: a finales De la República mantienen una presencia simbólica, compuesta por 30 lictores de Cada una de las 30 curias. Etimológicamente, curia puede proceder de ‘coviria’ (uníón De combatientes), en latín es el lugar de reuníón. Según la tradición latina, Rómulo fundó 30 curias, 10 curias por cada una de las 3 tribus. Origen: división De la población romana con fines religiosos y militares. Cada curia tenía sus propios Cultos, jefes o curios y sacerdotes. Durante la época monárquica, el Rey las Convocó dos veces al año (24 de Marzo y 24 de Mayo) y cuando el rey lo Considerase. Funciones: religiosas, actos De derecho privado:
1.Detestatio Sacrorum: renuncia solemne de los dioses familiares por quien entraba a formar Parte de una familia distinta.
2.Adrogatio: entrada De un extraño sui iuris en una nueva familia, a quien hacía entrega de todos Sus bienes
3.Testamentum: Realizado por el páter sin suus (parientes) para adquirirlos artificialmente Por la adrogatio. Sui iuris: personas independientes, capaces y no dependen de Patria potestad de nadie. Alieni iuris: si entrase en una familia sería Adoptio.
2. Comitia Centuriata: Originariamente de carácter militar, ya que el exercitus centuriatus Representaba la reuníón del pueblo en armas. Funciones:
1)Organización fiscal Y militar, encuadrando a los ciudadanos según su fortuna entre las 193 curias De la época de Servio Tulio,
2)Principal Asamblea política romana. Competencias:
-Políticas: Asumidas desde el comienzo de la república con la aprobación de la Lex Valeria De Provocatione (509 aC).
-Electorales: Elección de magistrados mayores (cónsules, pretores) y nombramiento de censores.
-Legislativas: Las propuestas de ley podían ser planteadas ante los Comitia tributa y Concilia Plebis(a partir de la Lex Hortensia (286 aC).
-Judiciales: Competencia Exclusiva en materia de procesos capitales (de los que depende la vida de la Persona). Reforma en el s. III aC: sus procedimientos de votación conducían a Resultados antidemocráticos al votar primero las centurias privilegiadas de Equites (caballería) y después las centurias de caballería; por ello las 80 Centuras de equites lograban fácilmente la mayoría de 98/193 centurias, no Pudiendo las centurias de caballería votar. La reforma quiso adecuar el numero De centurias con el de tributos y se eliminó el privilegio de las centurias de Primera clase, obligando a conocer el voto de las segundas. Dado que el Ordenamiento de las centuras no era apto para las necesidades militares, estos Comicios serán posteriormente sustituidos por los Comitia tributa.
3. Comitia Tributa. El número De tribus se estabilizó definitivamente en el año 241 aC en 35 tribus (4 Urbanas, 31 rústicas), tras la subdivisión de los ciudadanos en tres tribus en La época monárquica, y tras las conquistas y anexiones realizadas por Roma en Las zonas vecinas.
Inscripciones En las tribus: 1) Assidui (propietarios agrícolas), los que tenían una sede, un Sitio propio. 2) Todos los ciudadanos. La inscripción en una tribu formaba Parte del estado civil del ciudadano, de su nombre y constituía la prueba de su Plena ciudadanía romana. Con la reforma democrática del censor Apio Claudio del Año 312 aC se facultaría a cada ciudadano para inscribirse en la tribu que Deseara.
Su presidente Era un magistrado patricio; con un carácter más democrático que los Comitia Centuriata, la unidad votante era la tribu completa, lográndose la mayoría Cuando hubiesen votado 18 tribus en un mismo sentido. Funciones: mismas que Comicios centuriados:
·Electorales: Elección de los magistrados menores,
oLegislativas: las leyes se podían Presentar ante los Comicios centuriados o por tribus indistintamente, salvo determinadas De importante trascendencia: Lex de Bello Indicendo (declaración de guerra) y Lex De Potestate Censoria (elección de censores): de competencia exclusiva de Comitia Centuriata, que comenzó a desaparecer y, a partir del 218 aC, la mayor parte de La legislación romana fue aprobada en los Comitia tributa o Concilia plebis Tributa una vez unificados.
·Judiciales: Juzgaban en materia de multas siempre que el magistrado que hubiese impuesto la Multa hubiese sido un magistrado patricio. Si en cambio el magistrado que Hubiese impuesto la multa fuese un magistrado plebeyo, la competencia Correspondía a los concilia plebis.
4. Concilia Plebis. Asambleas Exclusivamente de la plebe, presididas por un magistrado plebeyo. La plebe en Sus primeras reuniones se reunía en los Concilia plebis tributa (asambleas de La plebe por tribus), en las que a lo largo del s. V aC aprobaban las Leges Sacratae (leyes sagradas que sancionaban la inviolabilidad de la persona del Tribuno de la plebe y que afectaban a todo ciudadano). Paulatinamente, la plebe logró imponer su Estructura a toda la civitas y a partir de la Lex Hortensia (año 286 aC) de Equiparación de los plebiscitos a las leyes comitiales, casi toda la legislación Son plebiscitos aprobados a propuesta de los tribunos en los concilia plebis.
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