21 Nov
Prevención de Riesgos Laborales
Condiciones de trabajo: Cualquier carácterística de este que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
Riesgo laboral: Es la probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Relacionar los distintos daños derivados del trabajo con las técnicas de prevención
Técnicas preventivas: Hay dos tipos de técnicas preventivas.
Técnicas médicas: Reconocimientos, tratamientos, selección profesional y educación sanitaria.
Técnicas no médicas: Seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología, formación y política social.
Daño derivado del trabajo: El daño es la materialización del riesgo.
Accidente laboral: Es toda lesión corporal que sufre el trabajador por motivo o a consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena. Suele ser por falta de condiciones de seguridad y su aparición es brusca e inesperada.
Enfermedad profesional: Es la enfermedad contraída a consecuencia del trabajo y provocada por la acción y elementos y las sustancias contenidos en el cuadro de enfermedades profesionales. Su aparición es lenta en el tiempo.
Patologías derivadas del trabajo: Son daños que, aunque están relacionados con el trabajo, es difícil probar que se deben exclusivamente a este y, por eso, no se reconocen ni como accidentes ni como enfermedades profesionales.
Incidente: Todo suceso anormal que se presenta de forma brusca e inesperada, interrumpiendo la normal continuidad del trabajo y pudiendo provocar daños materiales.
Prevención: Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Protección: Conjunto de actividades y medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el objetivo de reducir o eliminar los daños derivados como consecuencia de un accidente.
Técnicas de prevención:
Seguridad laboral: Son todos los elementos materiales o estructurales presentes en el centro de trabajo que pueden causar daño a la seguridad y la salud de los trabajadores.
Higiene industrial: Como medidas preventivas generales destacamos:
Mantener zonas de paso y vías de evacuación libres de obstáculos.
Limpiar periódicamente los equipos y las instalaciones.
Evitar que las operaciones de limpieza constituyan una fuente de riesgo.
3)Ergonomía: Estudio de las condiciones de adaptación de un lugar de trabajo, una máquina, un vehículo, etc., a las carácterísticas físicas y psicológicas del trabajador o el usuario.
4) Psicosociología: Ciencia que estudia el comportamiento del hombre dentro de un grupo y la influencia del grupo de forma individual en quienes lo componen.
Principios de la acción preventiva (en orden de prioridad)
Evitar los riesgos.
Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.
Combatir los riesgos en su origen.
Adaptar el trabajo a la persona, en particular la concepción de los puestos de trabajo, como la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, en particular a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
Tener en cuenta la evolución de la técnica.
Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
Normativa sobre prevención de riesgos laborales (normas más principales)
Normativa internacional:
-Convenios y recomendaciones de la OIT (convenio nº 155)
-Directivas comunitarias. Directivas marco 89/391/CEE.
Normativa nacional básica:
-Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. Objetivos, derechos y obligaciones, responsabilidades legales.
-Reales decretos.
Normativa técnica:
-Guías técnicas.
-Notas técnicas de prevención.
Derechos y obligaciones de empresario y trabajadores en materia de PRL
Obligaciones del empresario.
Evaluación de riesgos: Debe realizarse una evaluación inicial a la apertura del lugar de trabajo, que se tendrá que actualizar cada vez que se produzcan cambios en las condiciones de trabajo.
Información de los riesgos: El empresario debe informar de los riesgos detectados, de las medidas de prevención adoptadas y las de medidas de emergencia.
Formación: Tiene que ser gratuita, adecuada a los riesgos y desarrollada en jornada laboral o fuera de ella con descuento de horas de trabajo.
Proporcionar y vigilar el uso de los equipos de protección individual (EPI): Éstos deben ser adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
Vigilancia de la salud: Se concreta en los reconocimientos médicos adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
Proporcionar equipos de trabajo: Que dispongan de los dispositivos de seguridad necesarios para su correcta utilización.
Medidas de emergencia: Son los planes necesarios para proteger a los trabajadores en situaciones de incendio, explosión, emanación de gas..
Obligaciones de los trabajadores.
Usar adecuadamente las máquinas, las herramientas y los materiales.
Utilizar correctamente los medios de protección facilitados por la empresa.
Informar de inmediato de cualquier situación que a su juicio entrañe riesgos para la salud.
No modificar ni anular, y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad.
Derechos de los trabajadores:
Derechos de los trabajadores a una protección eficaz.
Deber genérico de protección del empresario a sus trabajadores frente a los riesgos laborales.
Implantación y aplicación de un plan de prevención.
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