06 Ago
Derecho de trabajo: conjunto de normas y principios que regulan las relaciones de trabajo personal, voluntario, retribuido, dependencia del empresario. Tiene naturaleza mixta entre público y privado ya que regula entre personas/empresas y interviene el estado
Derecho público: intereses generales y relaciones entre Administraciones públicas y particulares( derecho administrativo, penal, tributario…)
Derecho privado: intereses particulares y privados(derecho civil y mercantil)
Relación laboral
Personal: el trabajo es prestado por una persona física
Voluntariedad: el trabajo es prestado libremente sin obligaciones
Por cuenta de otro: los beneficios obtenidos son para el empresario
Dependencia:el trabajador obtiene órdenes del empresario
Retribución: el trabajador recibe un salario
Relación no laboral
Funcionarios públicos
Prestaciones personales obligatorias(infracciones de tránsito, servicio militar…)
Consejeros en empresas societarias
Trabajo de amistad(voluntariado social)
Trabajo familiar
Agentes comerciales en operaciones mercantiles
Otras previstas por ley(autónomos)
Relaciones laborales especiales
Personal de otra dirección
Empleados de servicio familiar
Penados en las instituciones penitenciarias
Deportistas profesionales
Artistas en espectáculos públicos
Representantes de comercio
Minusválidos en centros especiales de ocupación
Estibadores portuarios
Fuentes del derecho del trabajo: normas jurídicas
Materiales(creación):responde a quien (personas, grupos, instituciones…)ex:Corts generals
Formales(conocimiento):responde a cómo se manifiesta el derecho, ex: una ley. Pueden haber fuentes internas(constitución española,leyes,reglamentos, convenios, contrato,…) y fuentes externas(tratados internacionales,normas en la organización de tra derecho de la uníón Europea…)
Normas de la Uníón Europea
-Reglamentos:Aplicación obligatoria y directa en cada estado miembro
-Directivas: marcan objetivos y resultados
-Decisiones: son obligatorias de cumplir para su destinatario
Actuaciones de la Uníón Europea
-Libre circulación de los trabajadores: cualquier ciudadano de la UE puede tener territorio dentro de la UE y trabajar
-Libre circulación de prestación de servicios y libertad de establecimiento: cualquier trabajador puede establecerse en otro estado
Principios de aplicación del derecho de trabajo
Principio de norma mínima: las normas de rango inferior tienen que respetarse ante las superiores
Principio “In dubio pro operario “: en caso de duda ante una norma, tienen que hacerlo en el sentido más beneficioso para el trabajador
Principio de normas más favorable: si hay diferentes normas aplicadas, se cogerá la que sea más favorable para el trabajador
Principio de condición más beneficiosa: se mantendrán las condiciones previstas en el contrato de trabajo
Principio de irrenunciabilidad de derechos: los trabajadores no pueden renunciar los derechos por ley
Derechos básicos : derecho a elegir trabajo, derecho a vaga, derecho a reuníón, derecho a negociación colectiva…
Derechos derivados a la relación laboral: derecho a la formación laboral, derecho a un trato igual y no discriminatorio, derecho a intimidad, derecho a descanso y puntualidad del salario…
Derechos y obligaciones del trabajador: cumplir con las obligaciones del puesto, medidas de seguridad e higiene…
Poder de dirección : organización de la empresa, órdenes e instrucciones de la empresa,control…
Poder disciplinario: sancionar incumplimientos del trabajador con límites de no multar y no reducir descansos
Empresario: respetar y cumplir la normativa laboral
Contrato de trabajo: es el acuerdo bilateral entre el trabajador y empresario, en el cual se compromete a realizar una prestación personal a cambio de un salario.
Elementos:
-Consentimiento: tiene que ser voluntario sin obligar
-Objetivo: a cambio un salario
-Causa: intercambiar trabajo por salario
Elementos personales:
-Trabajador: major de 18 contrato libre,16-17 con autorización de padres o tutor legal, menores de 16 solo pueden trabajar en espectáculos públicos y con autorización administrativa.
-Necesita titulación para depende de que puesto de trabajo(médico, abogado…)
-Si es incapacitado legal necesita autorización del tutor legal
-Nacionalidad:Cualquier trabajador de la Uníón Europea puede trabajar, y los que no necesitan un permiso de trabajo
Contenido del contrato:
-Identidad del trabajador y empresa
-Dia y tiempo del contrato
-Categoría
-Salario base
-Vacaciones
-Nulidad
-Periodo de prueba
Contrato indefinido:
-Sin limite de tiempo
-Jornada entera, parcial o prestación de servicios
-Puede ser escrito y verbal(solo si es jornada completa)
Contrato temporal dos tipos
-Forma completa o parcial
Contrato por obra o servicio: este contrato se acabará cuando la obra o servicio acabe, es de forma escrita
Contrato eventual por circunstancias de la producción: Hacer frente a acumulación de tareas, acaba en un día concreto puede ser escrito y oral si es hasta 4 semanas
Contrato de tiempo determinado dos tipos:
-Contrato indeterminado:sustituir trabajadores cubriéndolos temporalmente, es por escrito, durará hasta que dure la ausencia del trabajador que está cubriendo
-Contrato de relevo: cuando un trabajador reduce la jornada de trabajo de un jubilado, es por escrito
Contrato formativo , contrato por la formación y aprendizaje
-Formación de personas jóvenes relacionado con la actividad laboral,por escrito, tiene que tener un título FP o certificado profesional, hay bonificaciones, de 16-25 años,
Contrato formativo, contrato en prácticas
-Experiencia laboral relacionada con la formación del título académico universitario, FP o certificado profesional, por escrito
Contrato a tiempo parcial
-Se aplica a cualquiera menos a formación y aprendizaje, por escrito
Sala de lo social del tribunal supremo (TS):Conoce recursos contra resoluciones
Sala de lo social de la audiencia nacional(AN):conflictos colectivos
Sala de lo social de los tribunales superior de justicia(TSJ):recursos contra sentencias de los jueces y conflictos colectivos
Juzgados de los social: conflictos laborales
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