04 Ene
Ejecución DEL CONTRATO DE OBRA:0previo al inicio1ejecucion
Del contrato2 modificación del contrato3 pagos anticipados4abonos de la obra en
Curso5 certificacion6 recepción de la obra7 certificación final de obra8 plazo
De garantía.
Las incidencias que pueden surgir durante la Ejecución del contrato entre la Administración y el contratista se tramitarán Mediante expediente contradictorio.Modificacion del contrato:
La Administración Puede modificar un contrato Por causas técnicas imprevistas o Por necesidades Nuevas.Justificándolo debidamente en el expediente.Las modificaciones pueden Ser:
A) Variaciones cuantitativas: Expediente Contradictorio. Modificado.Variaciones En el nº de unidades si representan un gasto superior al 10% del presupuesto Primitivo, en contratos cuyo importe de adjudicación sea > 6 M. De euros. Aumento, Reducción o supresión de unidades de obra, son obligatorias para el contratista.
B)Variaciones cualitativas:Cuando se introducen Unidades de obra nuevas, o unidades de Proyecto cuyas carácterísticas difieran Sustancialmente.Se debe acordar su precio entre la administración y el Contratista(precios contradictorios).No Se pueden introducir o ejecutar modificaciones en la obra sin la debida Aprobación de las mismas y del presupuesto correspondiente.
Contrato adjudicado. Previo al inicio:
a)Comprobación del Replanteo, verificando:+Disponibilidad de los terrenos.+Realidad Geométrica de La obra.B) Programa de trabajos:+PCAP o PPTP y mas de una anualidad.Plazo de Entrega: 30 días.C)Planificación de la seguridad:Elaborar el Plan de Seguridad Y salud.D) Libro de incidencias.E) Libro de subcontratistas.F) Libro de Ordenes.Prerrogativas de la Administración
La ejecución del contrato se Realiza bajo la dirección, inspección y control del órgano de contratación.El Principio de riesgo y ventura
“La ejecución del contrato se realiza a Riesgo y ventura del contratista”.Esto supone que el contratista debe soportar:+ Los riesgos que inciden en la ejecución del contrato.+ Los beneficios cuando el Resultado de la ejecución del contrato resulte ventajosoExcepciones:+Casos de fuerza Mayor:- Incendios causados por la electricidad atmosférica- Fenómenos naturales De efectos catastróficos.- Destrozos ocasionados violentamente en tiempo de Guerra, robos tumultuosos o alteraciones graves del orden público.+Mayor Onerosidad en la ejecución del contrato: cuando sea provocada por la Administración al contravenir el contrato o por actos extracontractuales+Revisión De precios.Revisión de precios:Los precios fijados en el contrato podrán Ser revisados o actualizados, cuando deban ser ajustados al alza o a la baja, Para tener en cuenta las variaciones económicas.La revisión de precios tendrá Lugar cuando éste se hubiese Ejecutado, al menos, en el 20% de su importe y hubiese transcurrido un año Desde su adjudicación. No tendrá lugar en los contratos menores (< 50.000 euros).Sistema de revisión de precios
La revisión de Precios se llevará a cabo mediante la aplicación de índices oficiales o de Fórmulas aprobadas por el Consejo de Ministros,para cada tipo de contratos.El órgano de contratación determinará el que deba aplicarse. Ejecucion del contrato:Las incidencias que pueden surgir durante la Ejecución del contrato entre la Administración y el contratista se tramitarán Mediante expediente contradictorio.Modificacion del contrato:
La Administración Puede modificar un contrato Por causas técnicas imprevistas o Por necesidades Nuevas.Justificándolo debidamente en el expediente.Las modificaciones pueden Ser:
A) Variaciones cuantitativas: Expediente Contradictorio. Modificado.Variaciones En el nº de unidades si representan un gasto superior al 10% del presupuesto Primitivo, en contratos cuyo importe de adjudicación sea > 6 M. De euros. Aumento, Reducción o supresión de unidades de obra, son obligatorias para el contratista.
B)Variaciones cualitativas:Cuando se introducen Unidades de obra nuevas, o unidades de Proyecto cuyas carácterísticas difieran Sustancialmente.Se debe acordar su precio entre la administración y el Contratista(precios contradictorios).No Se pueden introducir o ejecutar modificaciones en la obra sin la debida Aprobación de las mismas y del presupuesto correspondiente.
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