26 Nov

Derecho

La palabra derecho deriva de una palabra del latín directum que significa lo que es recto, y lo que no se desvía; o bien, actuar correctamente.

El derecho es el conjunto de reglamentaciones, leyes y resoluciones, enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta humana dentro de una sociedad, con el objetivo de alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.

Norma

Principio que se impone o se adopta para dirigir la conducta o la correcta realización de una acción o el correcto desarrollo de una actividad.

Carácterísticas de norma y derecho

Norma:

  • Autonomía


    En este supuesto el individuo actúa conforme a su libre albedrío, es decir, la conducta con la que obra el sujeto es de acuerdo con su voluntad.
  • Heteronomía:


    consiste en que la norma es dictada por un sujeto distinto al que debe acatarla.
  • Unilateralidad:


    se refiere a que frente al sujeto que está obligado al cumplimiento de la norma, no existe otro que le exija que acate a ésta
  • Bilateralidad:


    en este caso se imponen deberes y se conceden facultades por lo que existen dos o más partes.
  • Interioridad:


    es la que regula la conducta interior de las personas conforme a la voluntad de ésta, es decir, la intención de la persona.
  • Exterioridad:


    es la que corresponde a la conducta que manifiesta el sujeto de manera exterior.
  • Incoercibilidad:


    en ella no se aplica la fuerza para su cumplimiento.
  • Coercibilidad:


    se caracteriza por tener la posibilidad de aplicar la fuerza para su cumplimiento.

Derecho:

  • Normatividad:


    Se traduce en que el Derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social, en el marco cultural
  • Bilateralidad:


    El Derecho es bilateral porque requiere de interactividad de dos o más personas
  • Coercibilidad:


    La coercibilidad es la exigencia de amparar el Derecho en la fuerza para obtener la ejecución de la conducta prescrita, constituyendo la carácterística propia del Derecho
  • Pretensión de inviolabilidad:


    Ya que la norma es susceptible de ser violada constantemente, el Derecho requiere indefectiblemente revestirse de inviolabilidad, incluso frente al Estado, a través de una sanción
  • Sistema:


    El Derecho es un sistema de normas, ya que ellas no están inconexas, caprichosa mente y esta puesta de manera arbitraria o caótica.
  • Justicia:


    Es inherente a toda norma jurídica una proyección hacia la efectividad de la justicia en las relaciones humanas, como algo esencial y definitorio de ella.

Algunos significados de la palabra derecho

  1. Como facultad o atribución que tiene el propietario de una cosa para usarla y disponer de ella (derecho subjetivo).
  2. Como una ciencia; se designa a una rama del conocimiento por ejemplo la escuela de derecho
  3. Como un ideal ético o ideal de justicia. – Cuando en una comunidad se cumple con las normas que rigen a esa sociedad, se afirma que esta en un estado de derecho
  4. Derecho como un sistema de normas que regulan la conducta de los miembros en una determinada sociedad (derecho objetivo); las normas que fueron legisladas.

Derecho público, privado

  • Derecho público:


    conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre particulares y el estado, en los cuales el estado actúa como autoridad.
  • Derecho privado:


    conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre particulares; o bien, entre particulares y el estado, cuando el estado actúa como un particular.

Coercitividad de la norma

El derecho objetivo es un derecho escrito vigente y coercitivo significa la posibilidad de que la autoridad te imponga la norma; que exija su cumplimiento aun en contra de la voluntad del obligado; y esa obligatoriedad se traduce en sanciones o castigos cuando no se cumple con la norma.

Conceptos básicos de la constitución y los apartados

La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (La Constitución federal), es un conjunto de normas de derecho básico y supremo que dan origen y sustancia a la persona moral llamado estado.

El texto constitucional actual data del año 1917 y cuenta con 9 títulos que contienen 136 artículos y 19 transitorios.

Dos apartados:

  • La parte dogmática:


    se integra con los primeros 38 artículos y en ella encontramos la regulación de los derechos fundamentales del soberano., los básicos que se conocen con el nombre de garantías individuales, las que derivan de los derechos humanos.
  • La parte orgánica:


    organiza al estado., establece la existencia de 3 poderes: poder ejecutivo (presidente), poder legislativo (congreso de la uníón) y poder judicial (suprema corte de justicia, magistrados y jueces), en este apartado se regulan las facultades y atribuciones de cada uno de estos poderes., además, cuales son los requisitos que deben cumplirse para acceder a ellos., o bien, cuales son las relaciones que tienen entre si y entre dichos poderes y los gobernados.

Artículos de la constitución que regulan:


  • El derecho a la información

    1. Artículo 8:


      Regula el derecho o la información que tiene el ciudadano con sus relaciones con la autoridad.
  • El derecho de protección de datos personales

  1. Artículo 16:


    Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.
  2. Artículo 33:


    el congreso tiene facultad: XXIX-O para legislación en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.

Concepto y diferencia entre derecho de la informática e informática jurídica

  • Derecho de la informática:


    un conjunto de leyes, normas y principios aplicables a los hechos y a los actos derivados de la informática, es decir, son todas aquellas leyes y ordenamientos jurídicos, nacionales e internacionales, con alusión especifica al fenómeno informático.
  • Informática jurídica:


    es el conjunto de aplicaciones de la informática en el ámbito del derecho.
  • Diferencia:


    Mientras que el derecho de la informática se trata de la regulación en última instancia de las computadoras y su regulación, la informática jurídica es una herramienta que se utiliza en un número importante de trámites ante la administración pública o los juzgados.

Conceptos de cibernética, informática e Internet

Cibernética:


La nueva ciencia de la comunicación y control entre el hombre y la máquina. Etimológicamente tiene su origen en las voces griegas “Kybernetes” que significa piloto y “Kybernes” que es un concepto que refiere al arte de gobernar

Informática:


Es un conjunto de técnicas destinadas al tratamiento lógico y automatizado de la información, con miras a una adecuada toma de decesiones

Internet:


conjunto de redes de computadoras interconectadas, para el acceso de información, usan plataformas de software, protocolos de comunicación estándar, ejemplo: el software de navegación de red.

Conjunto de elementos tecnológicos que permiten enlazar masivamente, redes de diferentes tipos para que los datos puedan ser transportados de una a otra red. Una red de redes.


Necesidad de regular Internet (TODO)


Es difícil reglamentar jurídicamente el Internet y esto se debe a:

  1. La falta de un control único de Internet
  2. Falta de fronteras del ciberespacio
  3. Presencia de múltiples autores activos en el ciberespacio, cada uno con su rol e intereses propios
  4. Existencia de una gran multiplicidad de normas o regulaciones aplicadas, creadas por personas o entidades distintas a los estados y gobiernos

La información jurídica se encamina al estudio de valores y se pretende crear un conjunto de reglas jurídicas de carácter preventivo y correctivo, derivadas del uso inadecuado de la informática y relacionadas con:

  1. Determinar las reglas para la aplicación análoga para problemas similares, esperar la evolución de la jurisprudencia en materia de la informática jurídica
  2. Otros autores opinas que se debe crear un cuerpo de nuevas reglas o ramas integrándolas a ordenamientos ya existentes o legislar una nueva ley de carácter especifico, ya que se ha visto la existencia de nuevos rubros y la necesidad de regularles, como:
  • Regulación de la información como un bien que requiere un tratamiento jurídico en función de su carácter económico
  • Protección de datos personales:


    combatir el atentado al derecho fundamental de las personas provocado por un manejo inapropiado de informaciones nominativas
  • La regulación jurídica del Internet:


    para favorecer o restringir los portales de Internet
  • Propiedad intelectual e informático:


    con los temas referentes a la protección de los programas de cómputo y regulación de nombres de dominio; ambos derivados de las acciones en contra de la piratería o ciberocupación
  • Delitos informáticos:


    es decir, cuando aquí la comisión de actos ilícitos derivados del uso de la información; o bien en los que se tengan a las computadoras como instrumentos o fin del delito
  • Contratos informáticos:


    en función de esta categoría contractual, que particularmente tiene repercusiones económicas evidentes
  • Comercio electrónico:


    una nueva forma de comercialización automatizado de bienes y servicios de todo tipo, a través de Internet. Aquí se debe de incluir como subtema firma electrónica
  • Los spam:


    el contenido como él envió de correo no deseado o no solicitado
  • Los aspectos laborales de la informática

3. Pueden existir otros tópicos interesantes que a diferencia de los anteriores no han sido motivo de mayores análisis; entre otros destacan:

  • la democracia electrónica (voto electrónico)
  • régimen jurídico de la video vigilancia (cámaras de control y foto multas)
  • regulación jurídica de los identificadores de radiofrecuencia
  • implicaciones legales de la bioinformática

Relación del derecho informático con otras ramas del derecho

  • Con el derecho público tiene que ver con los problemas de la regulación del flujo internacional de datos informatizados, que interesan al derecho internacional público.
  • La libertad informática o defensa de las libertades frente a eventuales agresiones de la tecnología de la información y la comunicación corresponden al derecho constitucional y al derecho administrativo.
  • Los delitos informáticos que pueden afectar al hardware o al software, darán lugar a la creación de “tipos penales” y a la relación con el derecho penal.
  • A los distintos sistemas para la protección jurídica de los programas de ordenador (software) y una gran variedad de temas que invocan los objetos tradicionales de los derechos civil y mercantil también interesa al derecho informático.
  • En el derecho laboral, se pueden regular las relaciones laborales que existen entre un patrón y un trabajador que labora en aspectos informáticos.

Fuentes del derecho (3 fuentes)


  • Fuentes formales. –


    son todos aquellos procesos con procedimientos legales que se deben de cumplir o existen, con los cuales se crean las normas jurídicas., entre otros: la costumbre, jurisprudencia, doctrina, tratados internacionales y la legislación. Son los ordenamientos que existen en materia constitucional, civil, penal, laboral, fiscal, administrativo, procesal, internacional.
  • Fuentes materiales o reales. –


    son circunstancias, elementos o hechos sociales que dan origen a las normas que constituyen el porqué se legisla una norma y además determinar el contenido de las normas jurídica.
  • Fuentes históricas. –


    son las evidencias históricas o documentos que conservan el texto de una ley que fue vigente y ya no lo es y que permite conocer la regulación normativa del pasado y que en ocasiones puede ser útil para fundamentar planteamientos o cuestiones jurídicas para resolver una situación en el presente.

Resolución del consejo de ministro del consejo de Europa

  • Que recomiendan

  1. La de 1973, resolución que trata sobre la protección de la vida privada de las personas físicas, frente a los bancos de datos electrónicos existentes en el sector privado.
  2. La de 1974, sobre la protección de los datos de las personas, respeto a los bancos de datos existentes en el sector público.
  3. La resolución de Septiembre de 1980, firmada por los estados miembros a partir de Enero de 1981, que es el texto internacional más importante a la fecha conocido como “Convenio para la protección de las personas”, documento que refiere al tratamiento automatizado de datos de carácter personal., recalcando la finalidad recibida por la norma: que es tratar de garantizar a cualquier persona física el respeto a sus derechos y libertades fundamentales

Principios que rigen los derechos de las personas

  1. El reconocimiento de derecho del interesado a conocer y a ceder o negar las informaciones que le conciernen.
  2. La obligación de los bancos de datos públicos o privados, de corregir la información errónea y cancelar la que es obsoleta o inapropiada, la que es irrelevante y principalmente, suprimir la obtenida por procedimientos ilegales.
  3. La adopción de garantías para impedir que la difusión de datos estadísticos permitiera la identificación de sujetos individuales., y para evitar la transmisión de datos a personas físicas o morales, no autorizadas para tener.

Concepto de contrato

Acuerdo, generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones.

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