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LA CLASIFICACIÓN DE LOS TIPOS O FORMAS DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
I.- CRITERIOS CLASIFICATORIOS Y TIPOS O MODALIDADES RESULTANTES SEGÚN LOS DISTINTOS CRITERIOS
A) El basado en la materia sobre la que
Recae dicha actuación. -Sobre este criterio gira la primera gran clasificación,
Aceptada por autores como LORENZ von STEIN, que distingue entre -asuntos
Exteriores -defensa nacional –hacienda –justicia -policía;
-Tiene Su precedente en la clasificación general de los derechos de soberanía del príncipe Por razón de su objeto ,realizada por la literatura del Estado Policía, Aunque más racionalizada
B) El que gira sobre el modus
Operandi o técnica utilizada y el efecto sobre la libertad y los derechos de
Los particulares. Tal criterio ha dado lugar a dos clasificaciones:
A) La distinción dual, predominante en El Derecho de Estados extranjeros de nuestro entorno, que diferencia entre:
Α)
Administración de
Ordenación, limitación o policía
Β)
Administración de prestación o de
Servicio público
B) La distinción tripartita, creada en España por L. JORDANA DE POZAS, que diferencia entre:
Α)
Actividad
De policía, que -tiene por objeto el mantenimiento
Del orden público mediante la limitación de actividades privadas -y se caracteriza por el uso de la fuerza o
Coacción
Β)
Actividad de servicio
Público, que
-consiste En la satisfacción de necesidades públicas, mediante
-órganos Propios de la Administración
-o En concurrencia con los particulares
-y Se caracteriza por la prestación
Γ)
Actividad de fomento,
Que
-reside En la promoción de actividades privadas que satisfacen necesidades públicas o Son de utilidad pública,
-sin Utilizar medios de coacción o de servicio público
-y Se caracteriza por la persuasión
1. Esta clasificación está recogida por
El Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales (RSCL), de 17 de Junio
De 1955, en regulación amparada hoy en día por los arts. 84 y 85 LBRL.
-El Título I tiene como rúbrica “Intervención Administrativa en la actividad privada”, dentro de la cual incluye la “función De policía” para conservar y restablecer la tranquilidad, la seguridad, la Salubridad y la moralidad ciudadanas.
-El
Título II se denomina la “Acción de
Fomento”.
-El
Título III tiene como rótulo “Servicios
De las corporaciones locales”.
2. J.A. SANTAMARÍA PASTOR nos ofrece la
Siguiente explicación de la citada clasificación tripartita, desde
El prisma de la incidencia de los diversos tipos de actividades en el interés
General:
-Las actividades calificadas como servicios
Públicos son aquellas que tienen una incidencia especialmente intensa en
La consecución de los intereses generales, tanto en sentido positivo como en
Sentido negativo.
Y la Administración Tiende a colocarlas bajo su directa responsabilidad, asumíéndolas como propias, Para desempeñarlas por sí o para que sean desempeñadas por otros bajo su Control; sin que necesariamente se tengan que prestarse en régimen de Exclusividad.
-Las actividades de fomento son
Aquellas que tienen una incidencia positiva en el interés general pero que la Administración
no
Asume su responsabilidad, sino que las deja a los sujetos privados,
Pero las
Estimula y previene desviaciones en su realización.
-Las actividades objeto de la actividad de
Ordenación, limitación o policía son aquellas que tienen una potencialidad
Lesiva para el interés general y, por eso, la Administración las
Condiciona, para evitar que produzcan perjuicios a ese interés general. Y la
Somete a ordenación, limitación, control, orientación o planificación.
3. Se destaca por algunos autores el “principio
De intercambiabilidad de las técnicas de intervención administrativas”,
Por considerar que el mismo fin puede lograrse tanto con medidas de fomento o
Con prestaciones públicas propias del servicio público o incluso con medidas
Propias que la actividad de ordenación, etc.
4. A partir de L. JORDANA DE POZAS
Aparecen como formas de actividad sobre el criterio del modus operandi, pero también
Se ha manifestado como la finalidad de toda la actividad administrativa en
Grandes etapas históricas.
-La Policía representa toda la actividad administrativa presidida por la idea del bien General, la salud pública, en el Estado del Antiguo Régimen.
-El
Fomento se explica como toda la actividad administrativa presidida por la idea de impulso
De la riqueza del país por medios indirectos.
Esto Es propio de la mentalidad del liberalismo, al menos en la España del siglo XIX, como herencia del despotismo ilustrado.
Por Eso se crea el Ministerio de Fomento, en 1832, por Javier DE Burgos, animado Por esta idea y se le califica como “taller de la prosperidad nacional”.
-El
Servicio público ha sido utilizado para explicar toda la actividad
Administrativa animada por la finalidad de satisfacción de las necesidades públicas de
Modo eficaz, dejando en segundo término la idea de poder público.
5. La clasificación tripartita reséñada
Es la que tiene mayor predicamento en la doctrina española, pero
A la misma se han introducido adiciones y se han propuesto añadir al
Listado de formas de actividad administrativa las siguientes:
-La
Actividad industrial o de producción de bienes o de dación de bienes al mercado
O de gestión económica del Estado, que opera cuando los poderes
Públicos producen bienes y no prestan servicios y se caracteriza por
Inexistencia de monopolio y concurrencia de su realización por las Administraciones
Públicas y los particulares; distinguíéndose así de la actividad de servicio
Público, caracterizada por la prestación de servicios en sentido propio y no por
Producción de bienes y presidida por la idea de monopolio de la actividad
Establecido por las Administraciones públicas.
–
La
Actividad de planificación y programación, que consiste en la
Conformación de modo conjunto y sistemático de la acción del Estado y la acción
De la iniciativa privada.
-La actividad
Arbitral de la Administración, que se produce cuando órganos administrativos
Resuelven controversias entre los administrados
-La
Actividad administrativa sancionadora, que se considera por determinados
Autores que debe ser deslindada de la actividad de policía.
-La
Actividad expropiatoria, que también se entiende como separable de la
Actividad de policía porque posee importancia y volumen temático suficiente
Para un examen separado de ésta.
II.- SENTIDO Y UTILIDAD DEL ESTUDIO DE LAS FORMAS DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
1. Constituye un intento de sistematizar la
Exposición del ingente número de normas reguladoras de los distintos sectores
De actividad administrativa.
Y
Hace hincapié en aquellos conceptos que están presentes en todos esos sectores y
Permiten reconducir ese enorme material normativo a orden sistemático.
2. Están relacionadas las citadas formas de Actividad administrativa con
-la evolución De las funciones asumidas por el Estado a lo largo de su evolución.
-y El mayor O menor intervencionismo de los poderes públicos en la vida social y Económica.
-lo
Cual está
En función a su vez de las ideologías imperantes en cada momento.
Así
Tradicionalmente las ideologías socialistas o socialdemócratas postulan un
Mayor intervencionismo en los ámbitos social y económico que las ideologías
Liberales; lo que redunda en una mayor o menor presencia de formas
Prestacionales directas de los poderes públicos, calificadas como formas de
Gestión directa de servicios públicos o de gestión económica directa pública que
De meras formas de promoción de actividad privada o de una actividad
Administrativa de control y ordenación de la actividad privada, con mayor o
Menor intensidad o de manifestaciones de gestión indirecta de servicios
Públicos
3. Permite detectar y valorar el grado de
Intensidad de la intervención de los poderes públicos, según la forma de
Actividad administrativa escogida.
-tanto De su punto de vista global
-como En cada uno de los sectores de la vida social y económica.
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