26 Ene
Existen distintas sustancias o materiales peligrosos que están clasificados oficialmente en la Norma Chilena NCh 2120.Of89, la que establece las siguientes clases:
Clase 1: Sustancias y Objetos Explosivos
Comprende:
- Las sustancias explosivas, excepto las que son demasiado peligrosas para ser transportadas y aquellas cuyo principal riesgo corresponde a otra clase. No se incluyen en la Clase 1 las sustancias que no son explosivas en sí mismas, pero que pueden formar mezclas explosivas de gases, vapores o polvo.
- Los objetos explosivos, excepto los artefactos que contengan sustancias explosivas en cantidad o de naturaleza tales que su ignición o cebado, por inadvertencia o por accidente durante el transporte, o en la manipulación o almacenamiento relativos al transporte, no daría por resultado ninguna manifestación exterior al artefacto que pudiera traducirse en una proyección, en un incendio, en un desprendimiento de humo o de calor o en un ruido fuerte.
- Las sustancias y objetos no mencionados en los párrafos a) y b) que se fabriquen para producir un efecto explosivo o pirotécnico.
En la Clase 1 se distinguen las siguientes divisiones:
- División 1.1 Sustancias y objetos que presentan un riesgo de explosión de la totalidad de la masa.
- División 1.2 Sustancias y objetos explosivos que presentan un riesgo de proyección, pero no un riesgo de explosión de la totalidad de la masa.
- División 1.3 Sustancias y objetos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo que se produzcan pequeños efectos de onda expansiva o de proyección, o ambos efectos, pero no un riesgo de explosión de la totalidad de la masa.
Se incluyen en esta División las sustancias y objetos siguientes:
- Aquellos cuya combustión da lugar a una radiación térmica considerable.
- Los que arden sucesivamente, con pequeños efectos de onda expansiva o de proyección, o ambos efectos.
- División 1.4 Sustancias y objetos que no presentan algún riesgo considerable.
Se incluyen en esta División las sustancias y objetos que sólo presentan un pequeño riesgo en caso de ignición o de cebado durante el transporte. Los efectos se limitan en su mayor parte al bulto o embalaje/envase y normalmente no se proyectan a distancia fragmentos de tamaño apreciable. Los incendios exteriores no deben causar la explosión prácticamente instantánea de casi la totalidad del contenido del bulto.
- División 1.5 Sustancias muy poco sensibles, pero que presentan un riesgo de explosión de la totalidad de la masa.
Nota: Se conocen también como agentes de tronadura (ver NCh 382).
Se incluyen en esta División las sustancias tan insensibles que, en condiciones normales de actividad, presenten muy pocas probabilidades de que puedan cebarse o de que su combustión origine una detonación. Se exige como mínimo que no hagan explosión cuando se las somete a la prueba específica de resistencia al fuego exterior.
Clase 2: Gases Comprimidos, Licuados, Disueltos a Presión o Criogénicos
Para determinar si una sustancia debe ser incluida en esta Clase se utilizan actualmente los sistemas A o B siguientes, que responden a criterios distintos:
Sistema A. Se incluye una sustancia en esta Clase si:
- Tiene una temperatura crítica inferior a 50 ºC; o
- Ejerce a 50 ºC una presión absoluta de vapor superior a 294 kPa (3 kgf/cm²).
Sistema B. Se incluye una sustancia en esta Clase si:
- Ejerce una presión absoluta de vapor superior a:
- 275 kPa (2,8 kgf/cm²) a la temperatura de 21,1 ºC; o
- 716 kPa (7,3 kgf/cm²) a la temperatura de 54,4 ºC; o
- Ejerce una tensión de vapor Reid superior a 275 kPa (2,8 kgf/cm²) a la temperatura de 37,8 ºC.
Pertenecen a esta Clase:
- Los gases permanentes. Gases que no se licúan a temperaturas ambientes.
- Los gases licuados. Gases que pueden licuarse a presión a las temperaturas ambientes.
- Los gases disueltos. Gases disueltos a presión en un disolvente, que puede estar absorbido por una sustancia porosa.
- Los gases criogénicos. Gases que en fase líquida tienen un punto de ebullición inferior a -90 ºC (183,15 ºK), a la presión absoluta de 101,325 kPa (1 atm).
Por ejemplo: argón, nitrógeno, oxígeno, etc. en fase líquida.
Para los efectos de estiba y segregación, la Clase 2 se subdivide en las siguientes divisiones:
- División 2.1 Gases inflamables.
- División 2.2 Gases no inflamables.
- División 2.3 Gases venenosos.
Clase 3: Líquidos Inflamables
Son líquidos inflamables los líquidos, mezclas de líquidos o líquidos que contienen sustancias sólidas en solución o suspensión (pinturas, barnices, lacas, etc., por ejemplo, siempre que no se trate de sustancias incluidas en otras Clases por sus características peligrosas) que desprenden vapores inflamables a una temperatura inferior o igual a 61 ºC en ensayos con crisol cerrado o inferior o igual a 65,6 ºC en ensayos con crisol abierto.
La Clase 3 se divide de acuerdo con el ensayo en crisol cerrado, en las divisiones siguientes:
- División 3.1 Líquido inflamable con temperatura de inflamación, ti, baja, en que ti < -18 ºC.
- División 3.2 Líquido inflamable con temperatura de inflamación, ti, media, en que -18 ºC <= ti < 23 ºC.
- División 3.3 Líquido inflamable con temperatura de inflamación, ti, alta, en que 23 ºC <= ti <= 61 ºC.
Clase 4: Sólidos Inflamables – Sustancias que Presentan Riesgos de Combustión Espontánea, Sustancias que en Contacto con el Agua Desprenden Gases Inflamables
Esta Clase comprende sustancias no clasificadas como explosivos que, en las condiciones normales de transporte, entran en combustión o pueden iniciar incendios por impacto o frotamiento.
La Clase 4 se divide en las divisiones siguientes:
- División 4.1 Sólidos inflamables. Sustancias que, por sus propiedades, son susceptibles de ser encendidas fácilmente por fuentes exteriores de ignición, como chispas y llamas, y de entrar fácilmente en combustión o de iniciar incendios por impacto o frotamiento.
- División 4.2 Sustancias que presentan riesgos de combustión espontánea en las condiciones normales de actividad o al entrar en contacto con el aire y que entonces pueden inflamarse.
- División 4.3 Sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables. Sustancias que por reacción con el agua pueden hacerse espontáneamente inflamables o desprender gases inflamables en cantidades peligrosas.
Clase 5: Sustancias Comburentes, Peróxidos Orgánicos
La Clase 5 comprende las siguientes divisiones:
- División 5.1 Sustancias comburentes. Sustancias o mezclas de ellas, que pueden proporcionar el oxígeno u otro elemento químico necesario para una combustión, acrecentando el riesgo de incendio de otras materias con las que entran en contacto o aumentando la intensidad con que éstas arden.
- División 5.2 Peróxidos orgánicos. Sustancias orgánicas térmicamente inestables que pueden sufrir una descomposición exotérmica autoacelerada. Además, pueden tener una o varias de las propiedades siguientes:
- Ser susceptible de una descomposición explosiva.
- Arder rápidamente.
- Ser sensibles al impacto o al frotamiento.
- Reaccionar peligrosamente al entrar en contacto con otras sustancias.
Clase 6: Sustancias Venenosas (Tóxicas) y Sustancias Infecciosas
Esta Clase comprende las divisiones siguientes:
- División 6.1 Sustancias venenosas (tóxicas). Sustancias que pueden causar la muerte o lesiones graves o que pueden ser nocivas para la salud humana y/o animal si se ingieren o inhalan o si entran en contacto con la piel.
- División 6.2 Sustancias infecciosas. Sustancias que contienen microorganismos viables o toxinas de microorganismos de los que se sabe, o se sospecha, que pueden causar enfermedades en los animales o en el hombre.
Clase 7: Sustancias Radiactivas
Toda sustancia cuya actividad específica es superior a 74 Bq/g.
Clase 8: Sustancias Corrosivas
Sustancias que por su acción química, pueden causar lesiones graves a los tejidos vivos con que entran en contacto o que, si se produce un escape del recipiente que las contienen, pueden causar daños de consideración a otras sustancias o mercaderías o a los medios de transporte, o incluso destruirlos, y pueden asimismo provocar otros riesgos.
A los efectos de embalaje/envase de las sustancias corrosivas se consideran tres grupos de embalaje/envase, con arreglo al grado de peligrosidad que ellas entrañan:
- Grupo I, Sustancias de peligrosidad alta.
- Aquellas que causan necrosis dérmica visible en el punto de contacto, cuando se aplican sobre la piel intacta de un animal por un tiempo inferior o igual a 3 min.
- También aquellas que, además de cumplir con el grupo II, tienen un grado de toxicidad, por inhalación de sus vapores, correspondiente al Grupo de embalaje/envase II de la Clase 6, División 6.1.
- Grupo II, Sustancias de peligrosidad media. Aquellas que causan necrosis dérmica visible en el punto de contacto, cuando se aplican sobre la piel intacta de un animal por un lapso mayor que 3 min., pero inferior a 60 min.
- Grupo III, Sustancias de peligrosidad baja.
- Aquellas que causan necrosis dérmica visible en el punto de contacto, cuando se aplican sobre la piel intacta de un animal por un tiempo mayor que 60 min., pero inferior o igual a 4 horas.
- También, aquellas que causan una corrosión en el acero o aluminio, con una velocidad superior a 6,35 mm/año, cuando se aplican sobre la superficie de metal a la temperatura de ensayo de 55 ºC.
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