30 Jul
“Referenda” Consultivos Nacionales
Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.
“Referenda” Revocatorios
Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.
“Referenda” Aprobatorios de Leyes
Serán sometidos a referendo aquellos proyectos de ley en discusión por la Asamblea Nacional, cuando así lo decidan por lo menos las dos terceras partes de los las integrantes de la Asamblea.
“Referenda” Aprobatorios de Tratados
Los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a órganos supranacionales, podrán ser sometidos a referendo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por el voto de las dos terceras partes los y las integrantes de la Asamblea o por el quince por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.
“Referenda” Abrogatorios
Serán sometidas a referendo, para ser abrogadas total o parcialmente, las leyes cuya abrogación fuere solicitada por iniciativa de un número no menor del diez por ciento de los electores inscritos en el registro civil y electoral o por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.
La Federación Descentralizada Hoy
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promueve la descentralización política y administrativa hacia los estados y hacia los municipios; al atribuirle a éstos, determinadas materias que antes eran de competencia nacional.
Del Poder Público Municipal
“ Los municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de la Constitución y de la Ley. La autonomía Municipal comprende:
1.- La elección de sus autoridades
2.- La gestión de las materias de su competencia
3.- La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.”
Del Poder Público Estadal
“Los estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional y a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes de la República.”
El Poder Público Nacional:
A) Poder Legislativo
B) Poder Ejecutivo
C) Poder Judicial
D) Poder Ciudadano
-El Consejo Moral Republicano:
-Defensoría del Pueblo.
-Fiscalía General de la República.
-Contraloría General de la República.
E) Poder Electoral
A) COMPETENCIAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Corresponde a la Asamblea Nacional:
1.- Legislar en las materias de la competencia y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.
2.- Proponer enmiendas y reformas a la Constitución..
3.- Ejercer funciones de Control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional..
4.- Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia
5.- Decretar amnistías
6.- Discutir y aprobar el Presupuesto Nacional y todo Proyecto de Ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.
7.- Autorizar los Créditos adicionales del Presupuesto
B)DE LAS ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA REPUBLICA
Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República:
1.- Cumplir y hacer cumplir esta Constitución y la Ley
2.- Dirigir la acción del Gobierno
3.- Nombrar y Remover al Vicepresidente Ejecutivo o Vice Presidenta Ejecutiva; nombrar y remover los Ministros o Ministras.
4.- Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los Tratados, Convenios o Acuerdos Internacionales.
DE LA LEY HABILITANTE
El Artículo 236, numeral 8 de la vigente Constitución de la República faculta al Presidente o Presidenta de la República a dictar, previa autorización por una ley habilitante, Decretos con Fuerza de Ley.
C)DEL PODER JUDICIAL Y DEL SISTEMA DE JUSTICIA
“La potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos y ciudadanas y se imparte en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
E) DEL PODER ELECTORAL
“El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector; y son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva”.
EL ESTADO
El Estado es un ente jurídico filosófico que comprende el territorio, la población y el gobierno.
Elementos Fundamentales del Estado
el territorio, la población y el gobierno.
NACION
Conjunto de personas que pertenecen a un territorio de un determinado Estado y permanecen vinculados a una misma tradición histórica y a un mismo destino político.
PUEBLO
Está compuesto por generaciones, las cuales son pasadas, presentes y futuras.
POBLACION
Conjunto de personas que se encuentran en un determinado territorio y que pueden ser diferenciadas y contadas; por ejemplo, mediante el censo.
TERRITORIO
El territorio y demás espacios geográficos del Estado son:
-SUPERFICIE DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL
-ESPACIO AEREO
-SUPERFICIE CONTINENTAL
-MAR TERRITORIAL
El Poder Público
Es la facultad del Estado que le permite dictar normas obligatorias y ejecutar las mismas para regular la convivencia social dentro de su territorio.
PRINCIPIOS GENERALES DEL PODER PUBLICO
1.- Principio de Legalidad:
“Son las atribuciones de los órganos que ejercen el poder público y cuyas actividades deben sujetarse a la Constitución y a las Leyes”.
2.- Principio de Nulidad de los actos emanado de una autoridad usurpada:
“Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos.”
-Usurpación de autoridad
-Usurpación de funciones
3.- Principio de responsabilidad de los funcionarios:
“El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de la Constitución o de la Ley”.
El Poder Público y su Distribución:
-Poder público Municipal
-Poder público Estadal
-Poder público Nacional
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