06 Mar
BOLILLA 9
INTERPRETAR: es tratar de captar el sentido de las palabras, para poder comprender un mensaje determinado.
LENGUAJE: es un sistema de símbolos, es un sistema porque cada uno de los términos están vinculados entre sí para formar un sistema. El lenguaje es creado por el hombre para poder comunicarse y cada término tiene un significado. Además, hay una combinación de términos que se utiliza para expresar una idea. Lo que transmito, ya sea una idea o una palabra, debe ser entendida por el otro, si no, no existiría la posibilidad de interpretar. Es un sistema de símbolos creados artificialmente por los seres humanos con un fin: comunicarse.
SIGNO: es algo que se presenta espontáneamente, se da espontáneamente e independientemente de la voluntad de los individuos y que son interpretados, pero no interviene el hombre en su creación. Creamos artificialmente la interpretación, no el signo. Ej: fiebre – enfermedad.
SÍMBOLO: es algo que crea el ser humano artificialmente con el solo fin de expresar ideas.
USOS DEL LENGUAJE
- INFORMATIVO-EXPLICATIVO: la idea es dar a conocer la idea, de transmitir, de informar. Lo único que busco es que el otro conozca una determinada situación. Decimos que este uso del lenguaje puede ser verdadero o falso, tiene valor veritativo, admite juicio de verdad o falsedad. Lo que se busca es comunicar y nada más.
- LENGUAJE EMOTIVO: lo que se busca es despertar en el otro emociones o manifestarles nuestras propias emociones. El típico ejemplo del lenguaje emotivo es cuando el poeta quiere despertar emociones o sentimientos en los demás y, además, demostrar los propios. No tiene valor veritativo.
- LENGUAJE DIRECTIVO-PRESCRIPTIVO: su finalidad es lograr que el otro haga o no haga algo. Lo que se busca es que el otro lleve a cabo una conducta determinada. En el derecho, ese uso tendría que estar cargado de coactividad para que los individuos cumplan. No siempre tiene que manifestarse bajo la forma de una orden o una prescripción. También se puede expresar a través de un ruego porque lo que se busca es que los otros hagan algo.
- LENGUAJE OPERATIVO: tiene por finalidad constituir un nuevo estado de cosas a partir del momento en que se lo utiliza. Sirve para que a partir de ahora tal situación sea así, distinta a como era antes, por eso constituye un estado de cosas, nuevo, distinto a como se daba con anterioridad. Por lo general, va acompañado de palabras solemnes, que dejan en claro que a partir de un momento determinado, para que no quede ninguna duda, tal situación es de tal manera.
DEFINICIÓN DEL LENGUAJE POR DESIGNACIÓN O DENOTACIÓN
- Cuando trato de proporcionar un concepto, proporcionar conceptos cuando es en forma intensiva.
- No doy conceptos, doy ejemplos. Ejemplifico para que el otro entienda.
TIPOS DE LENGUAJE
- NATURAL
- TÉCNICO
- FORMAL
- Es el lenguaje cotidiano, el que utilizamos diariamente para comunicarnos, lenguaje típico de conversación. No tiene otra finalidad más que la de comunicarnos de manera habitual. Está cargado de imprecisiones significativas.
- Está constituido con términos propios del lenguaje natural. Busca la precisión, busca eliminar las imprecisiones significativas.
- Utiliza una terminología propia, no usa las palabras que pertenecen al lenguaje natural. Ej: matemática, geometría, álgebra.
IMPRECISIONES SIGNIFICATIVAS
- Ambigüedad
- Vaguedad
- Textura abierta del lenguaje
- Debe separarse ambigüedad semántica de sintáctica.
- Semántica: ligada a los distintos sentidos que se le puede dar a una palabra dentro de un contexto, dentro de una oración. Hay palabras que tienen distintos usos y que a veces quieren decir algo y otras veces quieren decir algo distinto. Por ej: banco, radio.
- Sintáctica: Ligada a la ubicación de la palabra, no a los sentidos o significados que tiene. Por lo general, no hay problemas con respecto al sentido que le quise dar al término. Hay problemas con la ubicación de los términos en la oración o a la forma en la cual está construida la oración.
- No hay dudas sobre los sentidos de la palabra, sobre el formato de la oración, sobre la ubicación de la palabra, la imprecisión pasa por la aplicación del término. POR EJ: tibio, alto, bajo.
- Variedad potencial: nos lleva a un término que en la actualidad es preciso, pero que en algún momento puede dejar de serlo.
Sumatoria de ambigüedad semántica: el término tiene tantos sentidos, admite tantas acepciones que tiene cualquier imprecisión absoluta. Por ej: cosa. No tiene ningún tipo de precisión.
DEFINICIONES VERBALES Y OSTENSIVAS
- Son las que se expresan a través de la utilización de términos, es decir, uso palabras. Si efectúo una definición tanto por designación o por denotación es una definición verbal porque utilizo términos, palabras.
- Definiciones informativas: tienen por finalidad dar a conocer, son informaciones descriptivas, porque la finalidad que persiguen es dar a conocer e informar, poner en conocimiento algo a alguien. Es una definición de tipo neutra, no se persigue otra cosa que informar, no hay una segunda intención.
- Definiciones estipulativas: su finalidad es reglar, pautar para futuro. Utiliza una terminología que dice a partir de ahora, tal cosa será así. Por ej: ley antitabaco. Como característica tiene que tener un acuerdo previo por los demás.
- Definiciones persuasivas: aparentemente sigue la finalidad de dar a conocer, informas pero es solo una apariencia, justamente son persuasivas porque la finalidad verdadera es persuadir, convencer a los demás, tratar de que los otros hagan algo. No tiene contenido prescriptivo. Por ej: discurso político. Estos términos están acompañados de una fuerza emotiva favorable o desfavorable. La persuasión está en la carga emotiva de las palabras.
- No son verbales, no necesitan utilizar términos o palabras para definir. La finalidad que tienen también es informar, mostrar, señalar. Tiene 2 condiciones: la primera, necesito la presencia del objeto; la segunda, además debe haber un acto de señalamiento porque precisamente es un lenguaje gestual.
LENGUAJE NATURAL Y LENGUAJE JURÍDICO
LENGUAJE JURÍDICO: es un lenguaje científico porque debe tratar de eliminar en todo momento las imprecisiones significativas.
POLÉMICA CARRIO – SOLER
Década del 60, siglo 20. Carrió (juez), Soler (jurista más importante de Argentina), llevado a cabo en la Corte Suprema.
CARRIÓ: entendía que el lenguaje jurídico debe ser un lenguaje preciso, pero debe utilizar también lenguajes propios al lenguaje natural, debe ser un lenguaje que esté al alcance de cualquiera porque es al ciudadano a quien va dirigida la norma, y por lo tanto el ciudadano debe entender este lenguaje. El hecho que el lenguaje esté al alcance del hombre medio y no solo de los especialistas, esto no quiere decir que no haya que tratar de alcanzar precisión.
SOLER: el lenguaje jurídico no podía utilizar términos propios del lenguaje natural, sino que tenía que buscar términos absolutamente precisos porque en realidad el destinatario es el especialista del derecho. El que tiene que realizar la tarea de interpretación son los jueces cuando dictan las leyes y los juristas cuando estudian al derecho, por lo tanto, son ellos los que van a recibir el lenguaje, van a ser los receptores del lenguaje jurídico. Por lo tanto, el lenguaje jurídico debe tener una absoluta precisión, no debe ser solo técnico, debe ser técnico formal.
Triunfo Carrió porque entendía que esto, que las normas jurídicas tienen que estar al alcance de todos los ciudadanos, no es un capricho sino que surge de legislación, surge del art 20 del Código Civil argentino, en donde no podemos excusar el desconocimiento de las leyes, no podemos excusar el error del derecho porque el derecho se presume conocido por todos.
FORMALISMOS Y REALISMOS
- Nace con posterioridad a la sanción del Código Civil alemán de 1900, vendría a ser una variante, una corriente de interpretación que de alguna manera mejora o actualiza la famosa jurisprudencia de conceptos alemana. Formalismo jurídico: es posterior al Código Civil alemán, es un fenómeno del siglo XX, obviamente una versión actualizada y mejorada porque ahora tiene un código para interpretar la jurisprudencia de conceptos. Dentro de ellos ubicamos las corrientes normativistas: teoría de Tarsky, TPDD, entre otras. Todos los casos son claros, porque no hay oscuridad en las leyes, no hay insuficiencia normativa, no hay lagunas, siempre hay una norma para aplicar. O se aplica una norma o se aplica otra.
- Como el derecho se encuentra en la realidad social y apunta a conocer el hecho social y además adquiere una gran importancia en la personalidad del juez, cuando analiza el hecho social, es imposible alcanzar claridad ya sea porque hay vacíos legislativos, porque hay oscuridad, porque hay insuficiencia en las normas y por lo tanto los jueces constantemente tienen que estar interpretando, no pueden dejar de interpretar. No es cierto que aplican una norma o aplican otra, todo lo contrario, tienen que interpretar constantemente porque todos los casos son oscuros.
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