04 Sep
La palabra DERECHO, proviene del Latín DIRECTUM y significa conforme a la regla.
El derecho entonces es el conjunto de reglas o normas de obligado cumplimiento, para lograr el bien común. El derecho no es ni será una ciencia exacta, el derecho es una Cs. Social, y en consecuencia es lo que es la comunidad en cada lugar y rincón del mundo y así, el derecho es un ser vivo.
El derecho en la historia se ha entendido en un transitar desde el Derecho Natura al Derecho Positivo, como: Una justicia superior natural; una virtud por excelencia; el arte de lo bueno y lo justo; es la justicia; (Justiniano) ser honesto no dañar al otro y dar a cada uno lo que le corresponde.
También, se le considera o define con sesgos ideológicos como un instrumento de control, como un contrato de sumisión o de dominación de clases.
“la justicia es el habito constante y perpetuo de dar a cada uno su derecho” (Sto. Tomas de Aquino).
“Es el ajuste exterior de las personas en relación a las exigencias de otra”.
“El conjunto de normas y reglas de carácter obligatorio que regulan los actos de los hombres que viven en sociedad y a cuya observancia pueden ser estos constreñidos” (Ordenamiento Jurídico).
CARACTERES DE LA NORMA JURIDICA
- Prescripción de una conducta (un deber ser) .
- Son generales y abstractas.
- Imperativas. (ordenan una conducta).
- Representan o tienden hacia fines-valores (bien jurídico protegido).
- Son coercibles.
- Es permanente.
- Es cierta (art. 8 C. Civil).
CLASIFICACION DEL DERECHO:
1.-DERECHO NATURAL: Conjunto de principios y valores, de equidad y buen sentido
DERECHO POSITIVO: Conjunto de normas jurídicas, es lo que esta en los códigos y leyes especiales.
2.- DERECHO OBJETIVO: Es el escrito
DERECHO SUBJETIVO: Es la facultad concedida por el Ord. Jurídico que otorga a su titular la potestad de hacer, exigir o no hacer algo.
3.- DERECHO PUBLICO: Para la organización y actividad del Estado y sus Órganos políticos menores o para las relaciones entre los órganos políticos y administrados.
DERECHO PRIVADO: Normas que regulan las relaciones entre particulares y entre estos y el Estado o sus órganos cuando actúan como simple particular.
…El derecho público se divide en Nacional e Internacional para las relaciones internas y exteriores (entre Estados) respectivamente.
RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO NACIONAL:
- Derecho constitucional: ( establece y regula: estado, organos, poderes, derechos)
- Derecho administrativo: regulan la actividad del estado y sus órganos.
Derecho penal
- Derecho procesal.
RAMAS DEL DERECHO PRIVADO NACIONAL:
- D° civil
- D° comercial
- D° de mineria
- D° del trabajo o laboral.
FUENTES DEL DERECHO. ¿De donde viene el derecho?
Viene de dos tipos de fuentes: LAS FORMALES Y LAS REALES O MATERIALES.
LAS FORMALES: Son las formas obligadas predeterminadas que deben revestir los preceptos de conducta para imponerse socialmente. Son: la Ley, la costumbre, la doctrina y la jurisprudencia.
LAS REALES O MATERIALES: Son los factores o elementos que determinan el contenido de la norma, como por ejemplo, las circunstancias históricas, factores religiosos, sociológicos, políticos, etc., en fin, son las que permiten deducir normas de derecho.
La palabra DERECHO, proviene del Latín DIRECTUM y significa conforme a la regla.
El derecho entonces es el conjunto de reglas o normas de obligado cumplimiento, para lograr el bien común. El derecho no es ni será una ciencia exacta, el derecho es una Cs. Social, y en consecuencia es lo que es la comunidad en cada lugar y rincón del mundo y así, el derecho es un ser vivo.
El derecho en la historia se ha entendido en un transitar desde el Derecho Natura al Derecho Positivo, como: Una justicia superior natural; una virtud por excelencia; el arte de lo bueno y lo justo; es la justicia; (Justiniano) ser honesto no dañar al otro y dar a cada uno lo que le corresponde.
También, se le considera o define con sesgos ideológicos como un instrumento de control, como un contrato de sumisión o de dominación de clases.
“la justicia es el habito constante y perpetuo de dar a cada uno su derecho” (Sto. Tomas de Aquino).
“Es el ajuste exterior de las personas en relación a las exigencias de otra”.
“El conjunto de normas y reglas de carácter obligatorio que regulan los actos de los hombres que viven en sociedad y a cuya observancia pueden ser estos constreñidos” (Ordenamiento Jurídico).
CARACTERES DE LA NORMA JURIDICA
- Prescripción de una conducta (un deber ser) .
- Son generales y abstractas.
- Imperativas. (ordenan una conducta).
- Representan o tienden hacia fines-valores (bien jurídico protegido).
- Son coercibles.
- Es permanente.
- Es cierta (art. 8 C. Civil).
CLASIFICACION DEL DERECHO:
1.-DERECHO NATURAL: Conjunto de principios y valores, de equidad y buen sentido
DERECHO POSITIVO: Conjunto de normas jurídicas, es lo que esta en los códigos y leyes especiales.
2.- DERECHO OBJETIVO: Es el escrito
DERECHO SUBJETIVO: Es la facultad concedida por el Ord. Jurídico que otorga a su titular la potestad de hacer, exigir o no hacer algo.
3.- DERECHO PUBLICO: Para la organización y actividad del Estado y sus Órganos políticos menores o para las relaciones entre los órganos políticos y administrados.
DERECHO PRIVADO: Normas que regulan las relaciones entre particulares y entre estos y el Estado o sus órganos cuando actúan como simple particular.
…El derecho público se divide en Nacional e Internacional para las relaciones internas y exteriores (entre Estados) respectivamente.
RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO NACIONAL:
- Derecho constitucional: ( establece y regula: estado, organos, poderes, derechos)
- Derecho administrativo: regulan la actividad del estado y sus órganos.
- Derecho penal.
- Derecho procesal.
RAMAS DEL DERECHO PRIVADO NACIONAL:
- D° civil
- D° comercial
- D° de mineria
- D° del trabajo o laboral.
FUENTES DEL DERECHO. ¿De donde viene el derecho?
Viene de dos tipos de fuentes: LAS FORMALES Y LAS REALES O MATERIALES.
LAS FORMALES: Son las formas obligadas predeterminadas que deben revestir los preceptos de conducta para imponerse socialmente. Son: la Ley, la costumbre, la doctrina y la jurisprudencia.
LAS REALES O MATERIALES: Son los factores o elementos que determinan el contenido de la norma, como por ejemplo, las circunstancias históricas, factores religiosos, sociológicos, políticos, etc., en fin, son las que permiten deducir normas de derecho.
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