15 Ene

La Corona de Aragón: Evolución Política y Crisis

La Corona de Aragón experimentó un notable crecimiento económico durante la primera mitad del siglo XIV, basado en su expansión política y comercial por el Mediterráneo. Sin embargo, la segunda mitad de ese siglo se caracterizó por una profunda crisis, particularmente acusada en Cataluña debido a la peste, las tensiones sociales y las dificultades económicas. En el siglo XV hubo una recuperación, excepto en Cataluña, donde la crisis se agudizó aún más por las tensiones sociales y la guerra civil.

Las Instituciones Políticas: La Doctrina Pactista

La estructura política de la Corona de Aragón era muy diferente a la castellana. En primer lugar, estaba formada por una confederación de territorios con leyes e instituciones propias. La concepción de la monarquía mantuvo su carácter feudal de pacto: el rey era señor de vasallos (nobles, clero y patriciado urbano). El origen de esta concepción se remonta al siglo XIII, cuando Pedro III tuvo que conceder a las Cortes y a los nobles el Privilegio General (1283), por el que se comprometió a reunir periódicamente a las Cortes y pedir su consentimiento en asuntos importantes. De este modo, las Cortes de los diferentes reinos ejercieron un fuerte control sobre la monarquía y limitaron su poder, frustrando cualquier intento absolutista.

La estructura política de la Corona de Aragón refleja las peculiaridades de esta confederación de territorios (Aragón, Cataluña, Valencia, Baleares):

  1. Virreyes: Representaban el poder real en aquellos territorios en los que no residía el rey.

  2. Las Cortes: Limitaban el poder real. Existían unas Cortes independientes en Aragón, Cataluña y Valencia, que nunca llegaron a unirse. En las Cortes, el rey se comprometía a aceptar las peticiones que se le realizaban a cambio de que fuesen concedidos los nuevos impuestos.

    • Las Cortes de Aragón constaban de cuatro brazos: la alta nobleza, la baja nobleza, el clero y el estado llano. Resolvían los agravios, fiscalizaban las instituciones del reino y el monarca no podía legislar sin su autorización (Privilegio General). Cuando no estaban reunidas, se formaba una Diputación General del Reino.

    • Las Cortes Catalanas se dividieron en tres brazos: eclesiástico, militar y popular. Tuvieron poder legislativo y capacidad para establecer tributos. Pedro III les concedió el derecho de reunión anual y que fueran colegisladoras del monarca. Desde 1300 contaron con inspectores para fiscalizar la actuación de los oficiales reales y se dotaron de un organismo compuesto por nobles, prelados y ciudadanos para interpretar los usatges.

    • Las Cortes Valencianas siguieron el modelo catalán. Contaron con una Diputación General permanente.

  3. Las Diputaciones: En su origen fueron comisiones para organizar y recaudar los subsidios concedidos al rey, pero con el tiempo se volvieron permanentes. La primera en constituirse fue la de Cataluña en 1359 (Generalitat), compuesta por seis miembros, dos de cada estamento, y se renovaba cada tres años. Fue añadiendo funciones como velar por el cumplimiento de las leyes del Principado o mantener el orden público. La Diputación del Reino de Aragón se constituyó en 1412 y, como en el caso catalán, fue añadiendo funciones políticas a las fiscales originarias. La última en constituirse fue la Diputación del Reino de Valencia, pero nunca tuvo funciones políticas importantes.

  4. El Justicia de Aragón: Cargo exclusivo del Reino de Aragón, no existente en los otros territorios. Era un noble designado por las Cortes y su función principal era la interpretación y defensa de los fueros de Aragón frente a cualquier pretensión autoritaria de la monarquía.

  5. Los Municipios: En la Corona de Aragón fueron cayendo en manos de las oligarquías. Estaban formados por unos delegados del poder real, que fueron perdiendo poder, unos magistrados (consellers en el caso catalán) y una asamblea formada por un número limitado de miembros (Consell de Cent en Barcelona).

La Crisis Política y el Compromiso de Caspe

La muerte sin descendencia de Martín I el Humano (1396-1410) planteó un problema sucesorio que se resolvió en el Compromiso de Caspe (1412), por el que Fernando de Trastámara pasó a ser rey de la Corona de Aragón, reinando así la misma dinastía que en Castilla. Los nobles, el clero y el patriciado urbano catalanes se opusieron al nuevo rey, temiendo su tendencia absolutista y su falta de aceptación de las instituciones catalanas. Otros sectores vieron en el nuevo rey un posible aliado para mejorar sus condiciones económicas y sociales.

El conflicto entre señores y payeses de remensa estalló a finales del siglo XIV, cuando los señores intentaron endurecer tanto el rescate para obtener la libertad (remensa) como el conjunto de prácticas existentes desde el siglo XIII (malos usos). Los reyes fueron cambiando su política hacia este colectivo en función de sus intereses políticos y económicos en cada circunstancia, por lo que el problema subsistirá hasta finales del siglo XV.

La Guerra Civil en Cataluña (1462-1472)

La guerra civil en Cataluña (1462-1472) es el resultado final de conflictos que se arrastraban desde hacía mucho tiempo: el enfrentamiento de la monarquía y su aspiración absolutista con la oligarquía catalana y su defensa del modelo pactista; el conflicto de los payeses de remensa con los señores por la aplicación de los malos usos; el enfrentamiento de artesanos y pequeña burguesía (la Busca) con la oligarquía rentista y los grandes comerciantes (la Biga) en Barcelona. La guerra estalló durante el reinado de Juan II (1458-1479) y concluyó con la Capitulación de Pedralbes (1472), pero el conflicto remensa siguió sin resolver.

La Expansión Mediterránea

Desde finales del siglo XIII hasta el siglo XV, los monarcas aragoneses emprendieron una expansión política por el Mediterráneo, incorporando a la Corona de Aragón Sicilia (1282), Cerdeña (1323) y el Reino de Nápoles (1442). Durante un breve periodo en el siglo XIV también incorporaron los ducados griegos de Atenas y Neopatria, conquistados por los almogávares. Barcelona se convirtió durante el siglo XIV en el gran puerto comercial de estos reinos, pero la crisis bajo medieval hizo que fuera sustituido por el de Valencia. La caída de Constantinopla en manos de los turcos en 1453 hizo decaer el comercio en todo el Mediterráneo, al mismo tiempo que emergían las nuevas rutas atlánticas.

El Reinado de los Reyes Católicos: La Razón de Estado

El matrimonio de Isabel de Castilla y Fernando de Aragón (1469) dio origen a una nueva entidad política: la monarquía hispánica. Esta monarquía debe entenderse como una unión dinástica de dos coronas en las que cada reino siguió rigiéndose por sus propias leyes e instituciones, las cuales darían lugar a un estado plural y no unitario formado por unos territorios: Castilla, Aragón, Cataluña y Valencia, que solo tenían en común la monarquía. Las leyes y las disposiciones reales eran firmadas por representantes de ambos reinos, cuyas instituciones juraron mutua lealtad. La moneda, las instituciones, las cortes de cada reino y su organización territorial permanecerán diferenciadas.

La Entronización de Isabel de Castilla: La Guerra de Sucesión Castellana

En 1461, la nobleza se rebeló contra el rey Enrique IV de Trastámara, hijo de Juan II, y se opuso al ascenso al trono de la hija de este, Juana la Beltraneja, apodada así porque se rumoreaba que era hija de Beltrán de la Cueva. Los nobles depusieron al rey en la Farsa de Ávila (1465) y ofrecieron el trono a su hermana Isabel de Castilla, pero esta se negó a tomarlo mientras Enrique viviera. Finalmente, la nombran sucesora en la Concordia de los Toros de Guisando en 1468, con la condición de que se casara con Alfonso V de Portugal. Pero cuando el rey descubrió que había contraído matrimonio en secreto con Fernando (1469), hijo de Juan II de Aragón, la desheredó y nombró sucesora a su hija Juana la Beltraneja.

Tras morir Enrique IV (1474), estalló la guerra civil en Castilla. Isabel de Castilla, que contaba con el apoyo de Aragón, y Juana, apoyada por Portugal, se enfrentaron en un conflicto que culminó con la victoria de los partidarios de Isabel, que fue reconocida por Alfonso V en el Tratado de Alcaçovas como reina de Castilla en 1479. Ese mismo año, Fernando I fue coronado rey de Aragón. Culmina la unión entre los dos reinos más poderosos de la península y los nuevos reyes se aprestaron a conseguir la unión peninsular bajo su corona.

La Concordia de Segovia de 1475

La Concordia de Segovia de 1475 fue un acuerdo entre Isabel y Fernando para regular la administración de sus reinos, estableciendo las bases de un gobierno conjunto, pero manteniendo la independencia de Castilla y Aragón. Según este pacto, Isabel tendría prioridad en las decisiones de Castilla y Fernando en Aragón, respetando la autonomía institucional de cada reino. No obstante, ambos monarcas compartían la autoridad en cuestiones militares, diplomáticas y religiosas, lo que reforzó su capacidad para unificar y coordinar la política de ambos territorios. Este acuerdo fue fundamental para evitar conflictos de poder y permitió a los Reyes Católicos actuar como un gobierno cohesionado, con un modelo de monarquía compartida que inspiraría las futuras uniones dinásticas en Europa. Además, la estabilidad interna les permitió afrontar proyectos de expansión y consolidación de su autoridad, como la Guerra de Granada y la expansión hacia el norte de África y el Atlántico. La Concordia de Segovia también fue fundamental para establecer la imagen de un reino unido bajo una monarquía autoritaria y sentó precedentes para las futuras políticas dinásticas que asegurarían el poder de los Reyes Católicos en el escenario europeo.

Las Cortes de Toledo de 1480: Bases Políticas de la Monarquía Autoritaria Castellana

Pese al deseo de incorporar a la corona todos los reinos peninsulares, los Reyes Católicos en las Cortes de Toledo en 1480 sentaron las bases para imponer su autoridad a la nobleza y el clero. Primero, vencieron por las armas a la nobleza y a los grandes señores eclesiásticos e impusieron su autoridad recuperando parte del patrimonio en manos de los señores, sometiéndolos a cambio de darles participación política. Para facilitar la administración central, los reyes crearon las Leyes del Toro (1505). Estas contenían 83 leyes sobre los derechos, y su finalidad era la institución del mayorazgo, que vinculaba las tierras a los grandes títulos nobiliarios. Asimismo, su administración central se basó en la reorganización del Consejo Real de Castilla, apartando a la gran nobleza e introduciendo letrados y secretarios procedentes de la baja nobleza y la burguesía. Existían otros consejos (de Aragón, de Navarra, de las Indias, de la Inquisición, de Hacienda y de las Órdenes Militares). Todos estos consejos conformaban el llamado Sistema Polisinodial. Los consejos adquirieron importancia ya que ampliaron sus funciones, encargándose de asuntos judiciales y administrativos. Las Cortes, que representaban a los grupos sociales privilegiados, fueron perdiendo protagonismo, ya que los reyes prácticamente no las convocaban. Sin embargo, tanto las de Castilla como las de Aragón tomarán el juramento del rey y aceptaran los nuevos impuestos. Además, en Aragón, Cataluña y Valencia aprobaron nuevas leyes. Por último, también se reorganizó el sistema judicial. Los corregidores a nivel local, las Audiencias de Valladolid y se crearon otras nuevas en Sevilla y Galicia para la administración de justicia. Para reforzar su política exterior, también crearon un cuerpo de embajadores permanentes, una práctica hasta entonces usada por alguna república italiana, que atendía los asuntos diplomáticos. La política de las Cortes de Toledo también apuntó a reforzar la autoridad sobre la Iglesia y reducir el poder de los nobles. Los Reyes Católicos obtuvieron del Papa el Patronato Regio, que les daba el derecho a nombrar a los cargos eclesiásticos en sus dominios, consolidando su control sobre la Iglesia castellana. Estas reformas limitaron a la nobleza, sus privilegios y abusos sobre los campesinos, así como poder formar ejércitos privados, obligando a muchos nobles a residir en la corte.

De esta manera, las Cortes de Toledo sentaron las bases del centralismo y la consolidación de un poder monárquico fuerte, esenciales para la expansión territorial posterior y la política exterior, y permitieron fortalecer la figura del monarca frente a los poderes locales.

La Reorganización de la Hacienda Real

A pesar de las reformas, dado que la Iglesia y la nobleza no estaban obligadas a contribuir en los gastos de la hacienda, era difícil la articulación de una administración moderna, por lo que los Reyes Católicos emprendieron la reorganización de la hacienda, mejorando la gestión de sus propiedades y recuperando las tierras y señoríos sustraídos por los nobles a la Corona. Con el fin de obtener más ingresos y hacerse con las rentas de las órdenes militares, los reyes crearon nuevos impuestos (la alcabala) y dos nuevos organismos: la Contaduría Mayor de Hacienda, que recaudaba impuestos a los ciudadanos no nobles, y la Contaduría General de Cuentas y Resultas, que controlaba los ingresos y los gastos.

La Administración Local

Para consolidar su poder, la administración local estuvo caracterizada por la presencia de los Concejos municipales, los cuales eran elegidos por los reyes. Los RR. CC. impulsaron su independencia mediante el nombramiento directo de altos cargos y la expansión del señorío, limitando así el poder municipal. Por su parte, los corregidores, además de presidir estos ayuntamientos, representaban el poder real en villas y ciudades, ejerciendo funciones judiciales y de orden público. En Aragón continuó presente el Justicia Mayor, que ejercía de árbitro entre el rey y sus súbditos, y los virreyes, que seguirán representando el poder real donde no residan los reyes.

Tanto el deseo de expansión territorial como la necesidad de contar con una fuerza que les permitiese imponerse a otras fuerzas políticas llevaron a los Reyes Católicos a la creación de un ejército permanente. Este ejército profesional estaba formado por soldados de infantería, que recibían una paga por luchar y tenían un gran manejo de las armas de fuego. Dentro del ejército se fortalece la Santa Hermandad (1476), creada para luchar contra la delincuencia que arrasaba Castilla durante la guerra sucesoria. Esta se convirtió en un ejército real privado, pagado por las ciudades, y su objetivo era perseguir y acabar con los asaltos en los caminos, robos y homicidios.

La Guerra de Granada (1482-1492)

La campaña se preparó como una cruzada contra los infieles. En 1482, el Papa Sixto IV emitió una bula que otorgaba privilegios especiales a cuantos contribuyeran a financiar o participaran en dicha campaña. La guerra fue larga, se prolongó durante diez años, en los que la capacidad de coordinación de la Corona gracias a las reformas de las Cortes de Toledo y la estabilidad lograda por la Concordia de Segovia (1475), además de un esfuerzo militar y económico sin precedentes, tanto propio como de la Iglesia y la nobleza, que aportó la mayor parte de las tropas, lograron vencer la resistencia musulmana. Los cristianos sitiaron la capital y el 2 de enero, el rey Boabdil se rindió, entregando las llaves de La Alhambra. En las Capitulaciones se estipula que los habitantes de Granada pueden conservar su religión, su idioma, sus propiedades, sus costumbres y sus leyes.

Política Religiosa: Judíos y Mudéjares. La Inquisición

La convivencia entre judíos, musulmanes y cristianos era difícil. El empeño de preservar y difundir el catolicismo llevó a los reyes a imponer la fe católica y, por tanto, obligar a todos a la conversión al catolicismo. Para hacer firme esta conversión, implantaron el Tribunal de la Inquisición (1478). Este será el encargado de frenar la herejía y expulsar a los que se nieguen a la conversión y a los falsos conversos. Excluidos de la vida pública y obligados a vivir en guetos, el 31 de marzo de 1492 se firmó el decreto de expulsión de los judíos que no aceptaron convertirse. Debido a su expulsión, estos tuvieron que vender sus propiedades a precio miseria, ya que abandonarían la península sin nada. Por otro lado, tras la conquista de Granada se les permitió a los mudéjares mantener sus costumbres y religión, pero en 1499 el cardenal Cisneros se convirtió en inquisidor general en la zona de las Alpujarras y el Albaicín, e impulsó los bautizos obligatorios. En 1502 forzó a los mudéjares a elegir entre bautizo (moriscos) o exilio y, en 1518, prohibió el uso de su lengua y cultura.

La Sentencia de Guadalupe (1486)

La Sentencia de Guadalupe (1486) fue un acuerdo promulgado en 1486 por Fernando el Católico que puso fin a los abusos señoriales sobre los campesinos catalanes, conocidos como “remensas”. Estos agricultores estaban sometidos a una serie de cargas y servidumbres muy gravosas que limitaban su libertad. La sentencia eliminó las peores de estas cargas, como la “remensa”, a cambio de un pago único, permitiendo la emancipación de los campesinos, liberándolos de la servidumbre y eliminando los derechos feudales de los nobles sobre ellos, lo que permitió ganar el apoyo de los campesinos, asegurando la estabilidad en Cataluña, lo que a su vez consolidaba su poder en el territorio aragonés. La Sentencia de Guadalupe es un ejemplo de cómo los Reyes Católicos aplicaron reformas orientadas a consolidar la monarquía autoritaria y reducir la influencia de la nobleza.

Expansión Territorial: Canarias, Navarra y el Magreb

Unidas las dos coronas, los Reyes Católicos coincidían en la necesidad de incorporar a la nueva monarquía todos los reinos peninsulares, ya fuese mediante la conquista militar o a través de la habilidad diplomática.

  • Ocupación del Rosellón y la Cerdaña (1493): La habilidad diplomática del rey Fernando consiguió la recuperación para la Corona de Aragón en el Tratado de Barcelona (1493) de los territorios del Rosellón y la Cerdaña, que su padre, Juan II, había cedido al rey de Francia.

  • Ocupación de las Canarias (1496): Desde el siglo XIV, expediciones de navegantes europeos (castellanos, aragoneses, genoveses, portugueses) recorrieron el archipiélago canario con el objetivo de apresar guanches para venderlos como esclavos en Europa. El apoyo de los comerciantes andaluces permitió la ocupación definitiva de las Canarias en 1496, al conquistar Tenerife. Canarias desempeñó un papel decisivo en el descubrimiento, conquista y colonización de América por su estratégica posición geográfica.

  • Ocupación del Reino de Navarra (1512): Se hallaba en manos de una dinastía francesa y sus habitantes divididos entre los partidarios de la monarquía y los defensores de una aproximación a Castilla. Tras el fracaso de algunas tentativas diplomáticas, Fernando, siendo ya regente de Castilla tras la muerte de Isabel, aprovechó la declaración de guerra al rey de Francia para ocupar militarmente Navarra. La excusa fue que Navarra impidió pasar por sus tierras al rey Fernando para atacar Francia y que los reyes de Francia y sus aliados habían sido excomulgados por el Papa. En 1512 se anexiona Navarra, pero mantuvo sus propias instituciones y leyes.

  • En el Magreb, Fernando impulsó campañas en Melilla (1497) y Orán para asegurar posiciones en el norte de África, lo que protegía el comercio y la influencia española en el Mediterráneo. Estas conquistas fortalecieron la presencia hispánica en la región y fueron parte de la estrategia expansiva.

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