29 Jul
1.1.2.-CONCEPTO DE ADMIN PUBLICA:Criterios para su definición:a)Criterio subjetivo: (de los sujetos) sería el conjunto de organismos y entidades que se encuentran dentro del poder ejecutivo.B)Criterio objetivo: cualquier organismo o entidad cuya función principal sea administrar, es decir, el conjunto de actividades dirigidas a cumplir con el interés general o necesidades publicas.C)criterio formal:en la administración publica lo mas característico es el tratamiento jurídico que reciben sus órganos y actividad que es el derecho administrativo. Todo lo que este regulado por Derecho Administrativo estaremos delante de Administración Pública.
Administraciones Territoriales: competencias limitadas a un territorio determinado: Administración del Estado, Administración de las Comunidades Autónomas y Administración Local (provincias y municipios).
: competencias limitadas a una materia determinada: Administración Institucional y Administración Corporativa (esta última, todo y no ser del Poder Ejecutivo, funciona como tal).1)
: consiste en aquel conjunto de actividades que se imponen coactivamente, es decir a la fuerza. La coacción es el instrumento que utiliza la Administración para cumplir con el interés general.
conjunto de actividades dirigidas a promover o ayudar ciertas utilidades públicas porque se piensa que se puede conseguir algún beneficio para la Sociedad; no se pretende proteger sino promover y ayudar (desgravaciones,…)
Consiste en aquel conjunto de actividades dirigidas a realizar una función fundamental o elemental para la sociedad (la administración de una cárcel, correos, el practicaje, taxis…). Esta actividad de servicio público, el Estado la puede desarrollar:
Son los particulares quien realizan la actividad; estos pagan una cantidad (cánon) a la Administración para desarrollarla: taxis Þ taxas, puertos-> concesión administrativa,…
Conjunto de normas de Derecho Público que regula la organización y actividad de las administraciones públicas. Dividimos las normas entre:
El Derecho Público comprende el Derecho Penal, el Derecho Fiscal, el Derecho Político y el Derecho Administrativo.
El Derecho
Privado regula lasrelaciones entre particulares y comprende el Derecho Civil, el Derecho Social o Laboral, el Derecho Mercantil (entre empresarios o comerciantes)…Las administraciones Institucionales, pertenecen al Derecho Privado aunque el Estado es único accionista; al funcionar como S.A. El Estado se ahorra funcionarios y se puede desprender de sus trabajadores con facilidad.
El Derecho Administrativo tiene su propia jurisdicción: Tribunal del Contencioso Administrativo (sala 3). El procedimiento administrativo: en el Contencioso: de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo; en el Administrativo: del Tribunal Superior de Justicia de las CCAA al Tribunal Supremo (en lo civil: del Juzgado de 1ª Instancia a la Audiencia Provincial (BCN) al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional).
Dependiendo de la materia hay juzgados distintos.
Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea: Asuntos Comunitarios.
Fase Administrativa: Administración
Fase Contencioso Administrativo: Juzgados /Tribunales
Procedimiento Administrativo: Se realiza por la propia administración quien va a iniciar un proceso que va a resolver con un particular. (por ej: una multa 1,2,3, responda otra vez): tiene un inicio y tiene una resolución; si el particular no está conforme con la resolución, tiene que acudir a la vía judicial, convirtiéndose en un Procedimiento de Contencioso-Administrativo (Juzgados y Tribunales).
1.1.3.-ESTRUCTURA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS:
Administraciones Territoriales: competencias limitadas a un territorio determinado: Administración del Estado, Administración de las Comunidades Autónomas y Administración Local (provincias y municipios).
Administraciones NO Territoriales
: competencias limitadas a una materia determinada: Administración Institucional y Administración Corporativa (esta última, todo y no ser del Poder Ejecutivo, funciona como tal).1)
Administración Institucional
Organismos creados para administrar un servicio público en concreto (RTVE, RENFE, TMB, FFCC, Sociedad Estatal de Salvamento, ISM…)2)Administración Corporativa:
cumple el criterio objetivo, esto es, buscar el interés general (colegios profesionales, Cámaras de Comercio, Cofradía de Pescadores…).1.1.4-LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN
Técnicas Clásicas de la Actuación Administrativa que son principalmente 3:Técnica Control/Policía
: consiste en aquel conjunto de actividades que se imponen coactivamente, es decir a la fuerza. La coacción es el instrumento que utiliza la Administración para cumplir con el interés general.
Técnica Fomento
conjunto de actividades dirigidas a promover o ayudar ciertas utilidades públicas porque se piensa que se puede conseguir algún beneficio para la Sociedad; no se pretende proteger sino promover y ayudar (desgravaciones,…)
Técnica Servicio Publico
Consiste en aquel conjunto de actividades dirigidas a realizar una función fundamental o elemental para la sociedad (la administración de una cárcel, correos, el practicaje, taxis…). Esta actividad de servicio público, el Estado la puede desarrollar:
Directamente
Es la propia Administración quien realiza la actividad: correos, RENFE, sanidad… Muchas veces la Administración Pública actúa de modo institucional.Indirecta
Son los particulares quien realizan la actividad; estos pagan una cantidad (cánon) a la Administración para desarrollarla: taxis Þ taxas, puertos-> concesión administrativa,…
1.1.5- LA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTTRACIÓN PÚBLICA
Las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad (administrar) pueden lesionar o dañar los derechos e intereses de los particulares (ciudadanos); Cuando esto ocurre, la Administración debe responder intentando indemnizar o reparar el daño causado art. 106.2 de la C.E1.2.2. CONCEPTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO:
Conjunto de normas de Derecho Público que regula la organización y actividad de las administraciones públicas. Dividimos las normas entre:
El Derecho Público comprende el Derecho Penal, el Derecho Fiscal, el Derecho Político y el Derecho Administrativo.
El Derecho
Privado regula lasrelaciones entre particulares y comprende el Derecho Civil, el Derecho Social o Laboral, el Derecho Mercantil (entre empresarios o comerciantes)…Las administraciones Institucionales, pertenecen al Derecho Privado aunque el Estado es único accionista; al funcionar como S.A. El Estado se ahorra funcionarios y se puede desprender de sus trabajadores con facilidad.
El Derecho Administrativo tiene su propia jurisdicción: Tribunal del Contencioso Administrativo (sala 3). El procedimiento administrativo: en el Contencioso: de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo; en el Administrativo: del Tribunal Superior de Justicia de las CCAA al Tribunal Supremo (en lo civil: del Juzgado de 1ª Instancia a la Audiencia Provincial (BCN) al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional).
Dependiendo de la materia hay juzgados distintos.
Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea: Asuntos Comunitarios.
Fase Administrativa: Administración
Fase Contencioso Administrativo: Juzgados /Tribunales
Procedimiento Administrativo: Se realiza por la propia administración quien va a iniciar un proceso que va a resolver con un particular. (por ej: una multa 1,2,3, responda otra vez): tiene un inicio y tiene una resolución; si el particular no está conforme con la resolución, tiene que acudir a la vía judicial, convirtiéndose en un Procedimiento de Contencioso-Administrativo (Juzgados y Tribunales).
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