09 Dic

1. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)

La Sala Superior es la máxima instancia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Está conformada por siete magistrados, los cuales son nombrados por el Senado de la República. Se encarga de resolver los juicios y controversias más relevantes en materia electoral a nivel federal.

2. Artículo 41 Constitucional

En el contexto mexicano, el término artículo constitucional hace referencia a los artículos que componen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). El artículo 41 CPEUM regula la materia electoral, estableciendo las bases para la organización de elecciones, las autoridades electorales y los derechos de los ciudadanos en este ámbito.

3. Pase Constitucional

El pase constitucional no es un término específico utilizado en la legislación electoral, pero podría referirse a la validación o cumplimiento de requisitos constitucionales para que un acto o una resolución tenga validez conforme a lo establecido en la Constitución. Es decir, es el proceso mediante el cual se asegura que una elección, decisión o acto cumple con los principios constitucionales.

4. Medios de Impugnación

Los medios de impugnación son los mecanismos legales a través de los cuales los ciudadanos, partidos políticos y otros actores pueden impugnar (desafiar) actos o resoluciones relacionadas con el proceso electoral. Entre los más importantes se encuentran el juicio de revisión constitucional electoral, el juicio de inconformidad, y el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos.

5. Artículo 169 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

El artículo 169 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación regula las competencias y atribuciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), estableciendo las bases legales para su funcionamiento y las formas en las que resuelve los conflictos electorales.

6. Delitos Electorales

Los delitos electorales son conductas ilícitas que afectan el desarrollo de los procesos electorales y la integridad de la democracia. Están establecidos en el Código Penal Federal y en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

7. Bien Jurídico Tutelado en Materia Electoral

El bien jurídico tutelado en materia electoral es el ejercicio libre y transparente de los derechos políticos de los ciudadanos, el cual se protege a través de la legislación penal electoral. El objetivo es garantizar la autenticidad y legalidad en los procesos electorales.

8. Características de los Delitos Electorales

Las principales características de los delitos electorales incluyen:

  • Son conductas que afectan la equidad de las elecciones.
  • Pueden implicar fraude, coacción, compra de votos, entre otros.
  • Son delitos que deben ser sancionados para asegurar la legitimidad del proceso electoral.
  • Están tipificados específicamente en la legislación electoral.

9. Reforma Constitucional de 2019

La Reforma Constitucional de 2019 modifica diversos artículos de la Constitución en temas como:

  • Derechos humanos y democracia: Expande derechos políticos y promueve la paridad de género.
  • Fortalecimiento de las instituciones electorales.
  • Cambios en la composición del Tribunal Electoral.

10. Delitos Electorales Cometidos por Servidores Públicos

Los servidores públicos que cometen delitos electorales (por ejemplo, la utilización de recursos públicos en campañas o la manipulación de resultados) pueden ser sancionados con penas severas, que incluyen cárcel, inhabilitación para ocupar cargos públicos y multas.

11. Artículo 6 de la Ley de Medios de Impugnación

El artículo 6 de la Ley de Medios de Impugnación establece los procedimientos legales para interponer un medio de impugnación en caso de que una persona o partido considere que un acto electoral es ilegítimo o contrario a la ley.

12. Reforma 3 de 3

La reforma 3 de 3 hace referencia a la ley que exige a las personas que aspiran a un cargo público (particularmente en el ámbito político-electoral) presentar una declaración patrimonial, de intereses y fiscal. Esto tiene como objetivo prevenir los conflictos de interés y promover la transparencia.

13. Violencia de Género en el Contexto Electoral

En el contexto electoral, la violencia de género se refiere a cualquier acto de violencia que afecte a las mujeres en su ejercicio de derechos políticos-electorales, como acoso, intimidación o manipulación durante los procesos electorales.

14. Acciones Afirmativas

Las acciones afirmativas son medidas que buscan garantizar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, o entre grupos históricamente marginados. Son políticas que permiten, por ejemplo, la paridad de género en cargos públicos o el acceso a derechos políticos de grupos indígenas.

15. Procedimiento de Medios de Impugnación

El procedimiento de medios de impugnación es el proceso legal mediante el cual los partidos políticos, candidatos o ciudadanos pueden impugnar actos de las autoridades electorales. Estos procedimientos están regulados por la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

16. Reglas de los Medios de Impugnación

Las reglas para interponer un medio de impugnación están contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Establecen los plazos, requisitos y la competencia de las autoridades encargadas de resolver las impugnaciones.

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