25 Jul

Características de las Relaciones Laborales

1. Voluntariedad: Ha de ser realizado de forma voluntaria. Eres libre de tomarlo y dejarlo.

2. Retribución: Te tienen que abonar un salario por tu trabajo.

3. Por cuenta ajena: No asumes, ni respondes por los riesgos de la actividad. Si la empresa tiene malos resultados, responderá la persona para quien trabajas.

4. Bajo la organización y dirección del empresario: Tiene que cumplirse las órdenes bajo las cuales estás, sometiéndote, en caso contrario, a la posibilidad de sanción (siendo la más grande el despido).

5. Personal o intransferible: Tiene que realizarlo tú mismo, de forma personal, y nadie te puede sustituir.

La Jurisdicción Social

Es la encargada de velar por los derechos laborales; la componen todos los tribunales que permiten tutelar dichos derechos reconocidos en la normativa legal vigente en cada momento y que, en ocasiones, se pueden ver vulnerados.

Juzgado de lo Social: Extienden su actividad al ámbito de una provincia.

Tribunales Superiores de Justicia: Ejercen su jurisdicción en el ámbito de la comunidad autónoma.

Audiencia Nacional: Su ámbito territorial abarca todo el territorio nacional. Su sede está en Madrid, y se presentan casos, en materia sindical y de negociación colectiva de ámbito superior al de la comunidad autónoma.

Tribunal Supremo: Su jurisdicción es idéntica a la anterior, pero su función es más de casación de la doctrina.

Fuentes del Derecho Laboral en España

2.1. Constitución Española

Es la norma jurídica de mayor rango en el Estado español. Su articulado recoge derechos fundamentales en materia laboral:

  • Derecho a la libertad sindical y a la huelga.
  • Derecho al trabajo y a un salario suficiente.
  • Derecho a la negociación colectiva y a la adopción de medidas.
  • Derecho a la libertad de empresa.

2.2. Leyes y Normas con Rango de Ley

Las leyes son normas jurídicas aprobadas por las Cortes Generales según el procedimiento establecido en la Constitución.

  • Ley Ordinaria: Es la aprobada por la mayoría simple de las cámaras que constituyen las Cortes Generales.
  • Ley Orgánica: Que debe ser aprobada por un procedimiento especial que requiere la mayoría absoluta del Congreso en votación final.

Ejemplos:

  • Estatuto de los Trabajadores, que regula los derechos y deberes de los trabajadores y empresarios.
  • Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Ley Orgánica de Libertad Sindical.
  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

2.3. Reglamentos

Son normas elaboradas por el gobierno en virtud de su potestad reglamentaria.

  • Reglamentos Ejecutivos: Que han de desarrollar una ley y atenerse al principio de jerarquía normativa.
  • Reglamentos Independientes: Que no ejecutan ni desarrollan una ley si no que regulan materias no reservadas a las mismas.

2.4. Convenios Colectivos

Se trata de acuerdos entre organizaciones sindicales de trabajadores, por un lado, y empresarios o asociaciones de estos, por otro.

2.5. Contrato de Trabajo

Acuerdo entre el empresario y el trabajador por el que se crea una relación jurídica laboral consistente en que una persona, el trabajador, presta sus servicios por cuenta ajena.

2.6. Usos y Costumbres

Son la repetición de conductas que generan obligaciones.

Aplicación del Derecho Laboral: Principios

3.1. Principio de Jerarquía Normativa

La importancia de una norma, según este principio, no radica en su contenido, sino en su rango, en su aspecto formal.

3.2. Principio de Norma Más Favorable

En el caso de que entre dos o más normas se discuta cuál debe aplicarse, se ha de elegir la que sea más favorable.

3.3. Principio de Condición Más Beneficiosa

El empleado está obligado a respetar y a mantener las condiciones de trabajo que, se incorporen a la relación existente entre trabajador y empresario.

3.4. Principio de Irrenunciabilidad de Derechos

Los trabajadores no pueden, aunque quieran, renunciar a los derechos laborales que les reconozcan las leyes o cualquier norma aplicable.

Ámbito de Aplicación del Derecho Laboral

  • Aplicación Subsidiaria: Relaciones laborales de carácter especial.
  • Se Aplica: Relaciones laborales incluidas (ET).
  • No se Aplica: Relaciones excluidas.

Fuentes del Derecho Laboral

Serán aquellas normas que regulan las conductas de trabajadores y empresarios.

Tipos de Fuentes

  • Internas: Nacen dentro del Estado.
  • Externas: Aplicables en España, con origen en organismos internacionales
    • Normativa internacional (convenios de la OIT, tratados internacionales, etc.)
    • Normativa comunitaria (reglamentos de la Unión Europea, etc.)

Jerarquía de las Fuentes del Derecho Laboral

Fuentes Externas

  1. Reglamentos Comunitarios.
  2. Normas Internacionales.

Fuentes Internas

  1. Constitución Española.
  2. Leyes (Orgánicas y Ordinarias).
  3. Reglamentos.
  4. Convenios Colectivos.
  5. Contratos de Trabajo.
  6. Usos y Costumbres.

Nota: Los principios generales del derecho también juegan un papel importante en la aplicación e interpretación del derecho laboral.

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