07 Ago
El Finiquito
Se paga siempre que se termina un contrato.
Conceptos
- Días trabajados del mes.
- Pagas extraordinarias.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Indemnizaciones.
- Preaviso.
Retenciones
- Cotización S.S.
- IRPF.
El finiquito hace saldar las cuentas con la empresa si las hay.
Extinción del Contrato por Causas Objetivas
Se puede producir cuando concurren una serie de circunstancias ajenas a la voluntad del trabajador y del empresario.
Estas causas son:
- Ineptitud del trabajador.
- Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas.
- Amortizaciones de puestos de trabajo. Tu puesto de trabajo no es necesario ni rentable.
- Faltas de asistencia, aun justificadas, cuando alcancen el 20% de las jornadas hábiles en 2 meses consecutivos, o el 25% en 4 meses discontinuos.
- Insuficiencia de consignación presupuestaria. Se termina el presupuesto ofrecido.
La Sentencia
El juez debe dictar sentencia declarando el despido nulo, procedente o improcedente.
Procedente
- Han sido probadas las causas alegadas por el empresario.
- No se tiene derecho a indemnización (excepto si se trata de un despido por causas objetivas o colectivo).
Improcedente
- No han sido probadas las causas alegadas por el empresario.
- No se han cumplido las exigencias formales para la tramitación del despido disciplinario y del despido por causas objetivas.
- El empresario puede optar entre la readmisión del trabajador o una indemnización.
Nulo
- Violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
- Despido de trabajadores durante el periodo de lactancia, enfermedades causadas por el embarazo, maternidad y paternidad.
- Despido de mujeres víctimas de violencia de género.
- Readmisión del trabajador inmediata.
Movilidad Funcional
Se puede producir dentro del mismo grupo profesional (no se exige ninguna causa alguna al empresario ni existe límite temporal) o bien fuera del grupo profesional (Exige justificación, por causas económicas).
Movilidad Geográfica
Consiste en el traslado del trabajador de forma definitiva.
A.- Traslado Definitivo
Se produce cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa y ello exige su cambio de residencia de forma definitiva.
Traslado Individual
Debe ser notificado con antelación mínima de 30 días.
Opciones:
- Aceptar el traslado.
- Extinguir el contrato.
- Acudir al Juzgado de lo Social.
Traslado Colectivo
Cuando afecta a toda la plantilla o como mínimo al 10% de los trabajadores, en este caso interviene la autoridad laboral.
B.- Desplazamiento Temporal
Consiste en el cambio temporal de centro de trabajo a una población distinta a la residencia habitual del trabajador.
Modificaciones Sustanciales
Las que afectan a la jornada de trabajo, horario, régimen de trabajos a turnos, sistemas de remuneración, sistema de trabajo, rendimiento y funciones, cuando el cambio exceda los límites de la movilidad funcional.
A.- Modificaciones Individuales
- 30 días de preaviso.
- Aceptar la modificación.
- Impugnar la decisión ante el Juzgado de lo Social.
- Extinguir el contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.
Suspensión de Contrato
Interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la empresa y el trabajador.
Causas
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Las consignadas válidamente en el contrato.
- Incapacidad temporal de los trabajadores.
- Ejercicio de cargo público representativo.
- Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias.
- Excedencia forzosa.
- Cierre legal de la empresa…
Excedencia
Es una causa de suspensión del contrato de trabajo.
Clases
- Voluntaria (Necesidad del trabajador, desde 4 meses a 5 años. Requiere 1 año de antigüedad, no computa a efectos de antigüedad, no hay reserva del puesto de trabajo, podrá volver tras 4 años).
- Forzosa (Para ocupar cargo público, durante el ejercicio, computa a efectos de antigüedad, hay reserva del puesto de trabajo).
- Cuidado de hijos (nacimiento, adopción y acogimiento de un hijo menor de 6 años, hasta 3 años, reserva del puesto de trabajo durante 1 año).
- Cuidado de un familiar (Familiar hasta 2º grado, hasta 2 años, computa a efectos de antigüedad, durante el 1er año se reserva el puesto de trabajo.
Causas de la Extinción del Contrato
Por voluntad conjunta del empresario y trabajador
- Mutuo acuerdo de las partes.
- Causas consignadas válidamente en el contrato.
- Expiración del tiempo convenido.
Por voluntad del trabajador
- Dimisión: no tiene derecho a indemnización ni a percibir la prestación por desempleo, preaviso de 15 días.
- Abandono: en este caso el empresario puede reclamarle daños y perjuicios.
- Resolución por causa justificada.
Despido Disciplinario
- Incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Causas
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad del trabajador.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario.
- Abuso de confianza.
- Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo.
- La embriaguez habitual o toxicomanía, si repercute negativamente en el trabajo.
Procedimientos
La notificación del despido debe realizarse por escrito mediante la carta de despido.
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