21 Ene
El Derecho: Concepto y Fuentes
El derecho es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones humanas, y cuyo cumplimiento puede ser impuesto de manera coactiva a los individuos.
Fuentes Generales del Derecho
Las fuentes del derecho se clasifican en materiales y formales. A continuación, se detallan las fuentes materiales:
- Poder Legislativo: Cortes Generales o Parlamento. Dicta las leyes en sentido estricto, que son: la Constitución, Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias.
- Poder Ejecutivo: Gobierno, ministerios y órganos de gobierno de las comunidades autónomas. Dicta normas con rango de ley, que son: Reales Decretos Legislativos y Reales Decretos-Leyes.
- Órganos Administrativos Inferiores: Diputaciones, municipios, direcciones generales, etc. Dictan los reglamentos, que son: Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno, Órdenes Ministeriales y Resoluciones.
Tipos de Normas
- La Constitución: Es la ley fundamental; el resto de las normas deben respetar sus contenidos.
- Ley Orgánica: Relativa al desarrollo de los derechos fundamentales y libertades públicas. Se requiere mayoría absoluta para su aprobación.
- Ley Ordinaria: Regula las materias que no están reservadas para las leyes orgánicas. Se requiere mayoría simple para su aprobación.
- Reales Decretos Legislativos: Normas con rango de ley que emanan del poder ejecutivo (textos articulados y refundidos).
- Reales Decretos-Leyes: Normas con rango de ley dictadas por el ejecutivo en caso de urgente necesidad.
- Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno: Se emiten cuando la materia a regular afecta a varios ministerios.
- Órdenes Ministeriales: Reglamentos aprobados por un ministro.
- Resoluciones: Normas dictadas por las direcciones generales.
El Derecho Laboral
El derecho de trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones individuales y colectivas que se desarrollan en el ámbito profesional.
Fuentes del Derecho Laboral
Las fuentes del derecho laboral se dividen en:
- Internas: Proceden del territorio español.
- Externas: Proceden de fuera del territorio español.
Fuentes Internas
Son aquellas que se originan dentro del territorio nacional por los poderes y grupos profesionales del país.
- Disposiciones legales y reglamentarias del Estado:
- Leyes Orgánicas
- Leyes Ordinarias
- Reales Decretos Legislativos
- Reales Decretos-Leyes
- Reales Decretos
- Reglamentos
- Convenios Colectivos: Acuerdos entre los representantes de los trabajadores y empresarios, donde se establecen las condiciones de trabajo.
- Contrato de Trabajo: Fuente de la relación laboral que afecta a la relación concreta entre un empresario y un trabajador.
- Costumbre Laboral: Usos y costumbres locales y profesionales.
Fuentes Externas
- OIT (Organización Internacional del Trabajo): Nace con el objetivo de armonizar las condiciones de trabajo.
- Reglamentos Comunitarios: Ley comunitaria directamente aplicable en todos los Estados miembros.
- Directivas Comunitarias: Requieren una norma interna de adaptación para su entrada en vigor en los Estados miembros.
- Convenios de la OIT: No son directamente aplicables, solo si el país los ratifica.
- Tratados o Convenios Internacionales: Acuerdos entre dos o más Estados cuya finalidad es la protección laboral de los trabajadores emigrantes.
Principios de Aplicación del Derecho Laboral
- Principio de Norma Mínima: Las normas laborales de jerarquía superior establecen mínimos de derechos necesarios que las normas de rango inferior deben respetar o mejorar.
- Principio Pro Operario o In Dubio Pro Operario: Ante una norma no clara con diferentes interpretaciones, se aplica la más positiva para el trabajador.
- Principio de Norma Más Favorable: Si a una relación laboral se le pueden aplicar varias normas, se tomará la más favorable al trabajador, teniendo en cuenta aspectos como salario, jornada, etc.
- Principio de la Condición Más Beneficiosa: Ante la aparición de una nueva norma laboral que fije condiciones peores, se mantendrán las condiciones más beneficiosas preexistentes.
- Principio de Irrenunciabilidad de Derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que les son reconocidos por las normas laborales.
Órganos Jurisdiccionales
- Juzgado de lo Social: Conoce en primera instancia los procesos en materia socio-laboral, como reclamaciones de cantidades, despidos, etc. Su ámbito de actuación es provincial.
- Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ): Se encarga de los conflictos colectivos y sindicales que exceden de la provincia pero no superan el ámbito de la comunidad autónoma. Su ámbito de actuación es autonómico.
- Sala de lo Social de la Audiencia Nacional: Conoce procesos relativos a la libertad sindical o a los conflictos y convenios colectivos que exceden el ámbito de la comunidad autónoma. Su ámbito de aplicación es nacional.
- Sala de lo Social del Tribunal Supremo: Resuelve los recursos de casación que se interponen contra las sentencias de los TSJ y la Audiencia Nacional. Su ámbito de actuación es nacional.
Administración Laboral
Desarrolla la política laboral mediante:
- El Ministerio de Trabajo e Inmigración: Gestiona las políticas estatales en materias de relaciones laborales, empleo y gestión de la Seguridad Social.
- Las Consejerías de Empleo o Trabajo de las Comunidades Autónomas: Gestionan las competencias que les han sido transferidas.
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