09 Ago

Derecho Mercantil: Conceptos Esenciales

Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad sirve para inscribir y dar publicidad de los bienes inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos.

Registro Mercantil

El Registro Mercantil sirve para dar seguridad al tráfico mercantil publicando los datos jurídicos y económicos de las sociedades y demás personas que se inscriben.

Registro de Bienes Inmuebles

El Registro de Bienes Inmuebles, llevado por los registradores de la propiedad y mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, tiene por objeto la publicidad de la propiedad, cargas y gravámenes sobre bienes inmuebles.

Objeto del Derecho Mercantil

El objeto del Derecho Mercantil abarca la inscripción de los actos, contratos y documentos relativos a los empresarios y demás sujetos que actúan en el tráfico mercantil. Entre sus funciones destacan:

  • La legalización de los libros de los comerciantes.
  • El depósito de los contratos anuales.
  • La tramitación de los expedientes para designar expertos y auditores.

La designación de expertos garantiza la realidad del patrimonio social, evitando una infracapitalización de la sociedad. El nombramiento de expertos interesa a:

  • Acreedores: que contaban con una garantía mayor y solidaria.
  • Sociedad: Realidad e integridad de su patrimonio.
  • Socios: Interesa el mismo trato en sus aportaciones.

Se nombrarán expertos:

  • En caso de aportaciones no dinerarias que tengan lugar en la constitución, aumento de capital, fusión, transmisión, etc.
  • En caso de adquisición de bienes a título oneroso por una S.A. dentro de los 2 primeros años cuando el importe exceda de la décima parte del capital social.

Capacidad Jurídica

La capacidad jurídica es la aptitud o idoneidad para ser titular de derechos y obligaciones. La identificación de personas jurídicas corresponde a todas las personas y no es susceptible de limitaciones. Son:

  • Corporaciones
  • Asociaciones
  • Fundaciones de interés público reconocidas por Ley.

Competencia Desleal Engañosa

Cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aún siendo veraz, pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico, siempre que incida sobre alguno de los siguientes aspectos, se considera competencia desleal engañosa:

  • La existencia de un bien o servicio
  • Disponibilidad de accesorios

Cuando el empresario o profesional está vinculado a un código, el incumplimiento del mismo se considera desleal. Actos de competencia desleal:

  • Comparación pública
  • Imitación

Acciones Derivadas de la Competencia Desleal

Las acciones derivadas de la competencia desleal se tramitan a través de la vía jurídica ordinaria y prescriben en 1 año desde que se tiene conocimiento de ello.

Comunidad de Bienes

La comunidad de bienes es un conjunto de derechos o de cosas perteneciente a un conjunto de personas (comuneras). Existen dos formas de origen:

  • Origen Contractual (voluntario)
  • Origen Incidental (herencia)

Se necesita escritura pública cuando haya bienes inmuebles o derechos reales. La comunidad de bienes carece de personalidad jurídica, no tiene Registro Mercantil ni NIF, IAE. Responde frente a la comunidad de los daños y frente a terceros.

Transmisión y Extinción de la Empresa: La Transmisión del Negocio Empresarial

Obligación de Entrega

El contrato de compraventa en España, es aquel que hace surgir obligaciones recíprocas para las partes contratantes (vendedor/comprador) Art. 1445 CC.

  • Art. 1462 CC: la escritura pública equivaldrá a la entrega de la cosa.
  • Art. 1463 CC: permite la puesta a disposición por la entrega de las llaves del lugar donde se encuentren guardados.
  • Art. 1464: Bienes incorporados permite la entrega de títulos.

El Pago del Precio como Contraprestación

Los elementos del contrato de compraventa son 3: el consentimiento (elemento general, no voluntad, no contrato), el bien (elemento material compraventa) y precio (contraprestación-comprador). El comprador se obliga al pago del precio: suma de dinero, contado, plazos, pagado por un tercero, interés, precio remate (acto de subasta pública).

El Embargo del Negocio Empresarial

Art. 592 LEC: Si acreedor y deudor no hubieren pactado otra cosa en la ejecución, el Juez embargará los bienes del ejecutado. Si resultase imposible o difícil, los bienes se embargarán por el siguiente orden:

  1. Dinero
  2. Créditos y Derechos
  3. Joyas
  4. Rentas en dinero
  5. Intereses
  6. Bienes muebles
  7. Inmuebles
  8. Sueldos
  9. Créditos

En caso de embargo de la empresa, procede el nombramiento de un Administrador Judicial (grupo de empresas, acciones Art. 630 LEC).

La Extinción del Negocio Empresarial

El Derecho Mercantil no posee prueba, teoría o normativa específica para determinar la extinción del negocio empresarial. Lo previsto es la habitualidad, actuación en nombre propio, o según el Art. 3, desarrollo de actividad mercantil, rótulos, carteles, etc. Hay otros elementos como la factura, documentos, etc.

La pérdida de la condición de empresario se produce si deja de ejercer la actividad, cese, fallecimiento, traspaso, concurso de acreedores, etc.

Procedimiento Concursal

:

Procedimiento judicial tendente al tratamiento de insolvencia. Para solicitar C. de Acreed hay que cumplir las formalidades legalmente establecidas. 1-presentandolas en el juzgado una serie de docum. 2-Se nombra al Adm. Concusal. 3- Transcurridos dos meses se presena al Juzgado Inf. de situación (la empresa podrá solicitar un aplazo de 5años y la reducción de hasta el 50% deuda y deberá ser aceptado por la mayoría de los acreedores. Si no se aceptará esta propuesta la Adm. Concursal precederá a la liquidación de la compañía. Durante el concurso de acreedores la empresa puede continuar con su Act. Mercantil.

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