09 Sep

Introducción al Derecho Romano

Utilidad del Derecho Romano

Las costumbres, obligaciones y el derecho romano tienen mucho que ver con el derecho actual. Títulos enteros de nuestro código civil han sido sacados de esta fuente.

Concepto de Derecho Romano

Es el conjunto de los principios de derecho que han regido la sociedad romana en diversas épocas de su existencia desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano.

Derecho Positivo

Conjunto de reglas cuya observancia está prescrita y sancionada en los distintos pueblos.

Derecho Subjetivo

Es la facultad y el poder moral de hacer, omitir o exigir alguna cosa. Es la consecuencia inmediata de las leyes morales y positivas.

Significado del Vocablo «Fas»

Es el derecho sagrado.

Significado del Vocablo «Jus»

Es la obra de la humanidad. Derecho en toda su integridad.

Definición de Jurisprudentia y Justitia

Justitia es la justicia, cualidad del hombre justo; la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo. Jurisprudentia es la ciencia del derecho; es el conocimiento de las cosas divinas, humanas y ciencia de lo justo e injusto, unión de derecho religioso y derecho profano.

Divisiones del Derecho Romano

División Principal

El derecho romano se divide en derecho público y derecho privado.

Jus Publicum

Es el derecho público que comprende el gobierno del estado, la organización de las magistraturas y la parte referente al culto y sacerdocio. Regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos.

Jus Privatum

Es el derecho privado que viene siendo las relaciones entre los particulares y se subdivide en derecho natural, derecho de gentes y derecho civil.

Tres Grandes Preceptos según Ulpiano

Jus naturale, civile y de gentium.

Jus Naturale

Derecho natural es el conjunto de principios emanados de la voluntad divina, apropiados a la misma naturaleza del hombre, e inmutables porque son perfectamente conformes con la idea de lo justo.

Derecho de Gentes

Sirvió como parte especial del derecho público. Regía las relaciones del estado romano con otros estados como los tratados de paz, declaraciones de guerra, etc.

Derecho Natural según Ulpiano

Consiste en las leyes que la naturaleza ha impuesto a todos los seres animados, como por ejemplo la unión de dos sexos, la procreación y la educación.

Derecho Civil en Roma

El jus civile comprende las reglas de derecho especiales de cada pueblo, de cada estado. Instituciones de los romanos donde no participan los extranjeros.

Divisiones del Derecho Romano según Ulpiano

Ulpiano lo divide en derecho escrito y derecho no escrito. El derecho no escrito proviene de la costumbre. El derecho escrito es aquel que tiene un autor, leyes votadas por el pueblo y senadoconsultos.

Periodos de Formación del Derecho Romano

  1. Año 1 a 304 de Roma: comprende de la fundación de Roma a la ley de las XII tablas.
  2. Año 304 a 723 de Roma: de la ley de las XII tablas al fin de la República.
  3. Año 723 a 988 de Roma o 235 era cristiana: del advenimiento del imperio a la muerte de Alejandro Severo.
  4. Año 225 a 565 era cristiana: de la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano.

Origen y Organización Social de Roma

Origen de Roma

Tres poblaciones lo llevaron a su formación: la raza latina llamada ramnenses, la raza sabina llamada titienses, y la raza etrusca llamada luceres.

Rey de la Raza Etrusca

Lucunio.

Rómulo

El jefe de la raza latina, Ramnenses.

Organización Social de Roma

Los patricios, los clientes y los plebeyos.

Curia

Las tribus se dividían en curias que a su vez se dividían en cierto número de gentes. Divisiones administrativas del territorio de la ciudad que cumplían con fines políticos y religiosos defendiendo la ciudad. 10 gens formaban una curia.

Gens

Conjunto de personas que descienden por los varones de un autor común. Equivalían a 10 paterfamilias.

Paterfamilias

Es el jefe de cada familia.

Clientes

Era cierto número de personas agrupadas bajo la protección de su jefe o patrón.

Plebeyos

Ocupaban el rango inferior. Libres de unión con los patricios. No tienen participación en el gobierno ni acceso a funciones públicas.

Patricios

Constituyen una nobleza de raza y ellos solos participan del gobierno del estado y gozan de todos los privilegios del ciudadano romano.

Sacer

El patrón o cliente que violaba las obligaciones.

Forma de Gobierno en Roma (Primer Periodo)

Es una monarquía que no era absoluta. Es una especie de república aristocrática donde la soberanía pertenece a los patricios. El rey es elegido vitalicio por los comicios que le dan la autoridad suprema.

Leges Curiatae

Eran las decisiones de los comitia curiatae, que era la forma más antigua del poder legislativo.

Funciones de los Comicios Curiados

Elección y a la envestidura del rey, estatuía la paz y guerra, composición de las familias, transmisión de los bienes como adrogación y testamento.

Tarquino el Antiguo

Fue rey asistido por el senado.

Senado

Era la soberanía donde los patricios gobernaban. Fue compuesto por patres o seniores, que eran los mas viejos entre los jefes de familias patricias. Se formaba un consejo y el rey debía consultar sobre todas las cuestiones del estado.

Desigualdad entre Patricios y Plebeyos

Causas de la Desigualdad

Aumentó la cantidad de plebeyos a raíz de las conquistas de Roma, y comenzó desigualdad ya que solo los patricios participaban en la vida política y en la administración. No podían casarse patricios con plebeyos.

Formación de la Plebe

A consecuencias de las conquistas romanas aumentó la cantidad de plebeyos no clientes.

Comicios por Centurias

Eran las nuevas asambleas donde los plebeyos eran llamados al pago del impuesto, servicio militar, y confección de la ley.

Obras de Servio Tulio

Estableció el censo, impuesto a todos en general y servicio militar, dividió al pueblo romano en cinco clases según el patrimonio. Aseguró el reclutamiento en el ejército y sustituye la preponderancia del estado.

Caída de la Monarquía

Año y Causas

En el año 245 de Roma, porque fue sustituido por dos magistrados patricios elegidos por un año y teniendo igualdad llamados cónsules para conquistar igualdad.

Cónsules

Los magistrados patricios.

Mores Majorum

Eran las costumbres de los antepasados, donde el derecho privado era pasado por tradiciones.

Separación de la Autoridad Religiosa

Año 245 de Roma.

Concilia Plebis

Eran las asambleas de los plebes (magistrados), donde deliberaban y votaban resoluciones y los patricios jamás asistieron a estas reuniones.

Decenviros

Fueron magistrados patricios encargados de hacer la ley de las XII tablas.

Ley de las XII Tablas

Reglamentar el derecho público y privado. Fuente propia del derecho romano. Ley válida para patricios y plebeyos. Igualdad.

Ley Decenviral

En la fundación de la ciudad romana y legislar a todos los ciudadanos.

Función del Pretor

Administrar la justicia.

Función del Cuestor

Era a los que se les confiaba la gestión del tesoro público.

Ediles Curules

Eran encargados de la alta policía de la ciudad romana.

Ley Lisinia

Que los plebeyos llegaran al consulado.

Tiberio Curuncanio

Plebeyo elevado a la dignidad de gran pontífice.

Ley Hortensia

Dar fuerza legal a los plebiscitos votados por los plebeyos en los concilia plebis, decidiendo regir lo mismo para patricios y plebeyos.

Forma de Gobierno (Segundo Periodo)

Después de la caída de los decenviros los comicios por centurias prosiguieron. Aparecieron los plebiscitos y gobernado por dos cónsules patricios.

Plebiscitos

Resoluciones y decisiones deliberadas y votadas por la plebe.

Fuentes del Derecho No Escrito

La costumbre y se desarrolla gracias a la interpretación de los jurisconsultos y al edicto de los magistrados.

Ley Publilia

Resolver que las auctoritas patrum fueran concedidas antes del voto. Las leyes centuriadas no tienen que ser ratificadas por el senado.

Ejemplos de Plebiscitos

Un plebeyo fue nombrado jefe de una curia, la ley cincia, aquilia, falcidia, etc.

Costumbre

Es el derecho no escrito y que toma su autoridad por influencia de los jurisconsultos.

Diferencia entre Jus Civile y Jus Honorarium

El jus honorarium es el conjunto de reglas contenidos en los edictos y el jus civile eran obras de los jurisconsultos.

Auctoritas Patrum

Eran las decisiones ratificadas por los senadoconsultos para aprobar las leyes.

Forma de Gobierno (Tercer Periodo)

Estaba constituida por una monarquía absoluta.

Lex Regia

En que los sucesores reciben los mismos poderes.

Cambios en el Poder Legislativo

En éste período se remplazó la república por una monarquía absoluta. Del senado consulto le siguieron las constituciones imperiales, es decir, que el emperador tomaba todas las decisiones, lex regia.

Constituciones Imperiales

Son las decisiones emanadas del emperador.

Clases de Constituciones Imperiales

Los edicta, los decreta y los rescripta.

Dictámenes de los Jurisconsultos

Eran la consideración que gozaban los jurisconsultos. Llegan a constituir una fuente importante del derecho escrito.

Decadencia del Derecho (Cuarto Periodo)

El cristianismo llegó a ser la religión oficial y la sede del gobierno es trasladada de Roma a Constantinopla y el Imperio no podía subsistir y con esto se dividió en Imperio de Occidente y de Oriente. Y el primero desaparece por invasiones.

Trabajos de Codificación Anteriores a Justiniano

Legislaciones llamadas leges. Nuevos códigos como el Gregoriano y Hermogeniano, código Teodosiano.

Código Gregoriano

Serie de constituciones desde Séptimo Severo hasta Diocleciano.

Código Hermogeniano

Es el complemento del código Gregoriano. Sólo está dividido en títulos reuniendo constituciones desde Diocleciano hasta Valentiano I.

Código Teodosiano

Concibió el proyecto de un trabajo oficial legislativo. Una comisión de ocho miembros fue encargada de reunir y clasificar todas las constituciones imperiales y reunir una colección de contenidos de trabajos de jurisconsultos.

Leyes Romanas de los Bárbaros

Edicto teodórico, ley romana de los visigodos y ley romana de los borgoñeses.

Justiniano

Ascenso al Trono

En el año 527.

Diferencia entre Jus y Leges

Jus es todo el derecho escrito y leges es cuando se habla de un tema en especial dentro del derecho.

Trabajos Legislativos de Justiniano

El código, el digesto, las instituciones, las novelas y el nuevo código.

Código de Justiniano

Comisión de diez miembros encargada de reunir los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano añadiendo constituciones posteriores y tachando contradicciones en el año 529.

Digesto o Pandectas

Se encargó a Triboniano, que era el cuestor del palacio, que redactara una colección compuesta de extractos de escritos de los jurisconsultos que hubiesen obtenido la concesión del jus respondenti. Se hizo asistir por los 16 miembros. En 3 años quedó terminada en el año de 533.

Instituciones de Justiniano

Redactar una obra elemental destinada a la enseñanza de derecho en el año 533.

Nuevo Código de Justiniano

Ordenar una segunda edición del código, ya que no veía figurar varias constituciones en el año 534.

Novelas

Las constituciones que se publicaran después del nuevo código. Hizo aparecer nuevas constituciones importantes en el año 545.

Basílicas

Obra escrita en griego reunidas en una sola compilación las cuatro colecciones de Justiniano combinadas con la legislación anterior.

Derecho Antes de la Codificación de Justiniano

Obra de los jurisconsultos, colecciones publicadas por jurisconsultos, colecciones de los emperadores y de leyes bárbaras.

Instituciones de Gayo

Donde se estudiaba el derecho. Decía que el estudio del derecho tienen un objeto triple: las personas, cosas y acciones.

Objeto del Derecho según Gayo y Justiniano

Personas, cosas y acciones.

Teoría de Personas

Examinaban los individuos en el punto de vista de su estado, capacidad y el papel que juegan en la familia y sociedad.

Teoría de las Cosas

Comprende el estudio de los bienes que componen el patrimonio de las personas, los efectos y transmisión de los derechos que pueden tener sobre estos medios.

Teoría de las Acciones

Los medios para asegurar a cada uno el respeto y la consideración de sus derechos, dirigiéndose a la autoridad judicial.

Concepto de Persona

Todo ser susceptible de derechos y obligaciones.

Divisiones de las Personas

  • Esclavos y personas libres que se subdividen en ciudadanos y no ciudadanos.
  • Alieni juris y sui juris

Esclavitud

Definición

Es la condición de las personas que están bajo la propiedad de un dueño.

Origen

Nació de la guerra.

Causas de la Esclavitud

  • Hijos de mujer esclava nacen esclavos, lo son según el derecho de gentes o el derecho civil.
  • Por cautividad nacen o llegan a serlo.
Cautividad

Era cuando los romanos ejercían este derecho sobre los ciudadanos de otras naciones en consideración de enemigos hostiles (guerras) o sobre pueblos donde no se haya hecho ningún tratado de amistad.

Jus Postliminii

Es cuando el esclavo o prisionero se escapa y vuelve a su hogar o lugar de origen.

Causas de Esclavitud en el Imperio Antiguo
  • Condenación a las minas o bestias feroces
  • Esclavitud a toda mujer libre que ejercitaba un comercio con el esclavo de otro
  • Hombre libre que se hacía vender por esclavo por un cómplice, repartir precio con el y reclamar libertad (fraude).
  • Liberto ingrato
Causas de Esclavitud en el Derecho Romano
  • Delito o robo
  • Los que no estaban escritos en el censo.
Dominus

Esclavo sometido a la autoridad de un dueño.

Condición de los Esclavos

Potestad del dueño sobre el esclavo, derechos sobre la persona, sobre sus bienes, condición del esclavo en sociedad.

Personas Libres

Definición

Toda persona que no sea esclava.

Clases de Personas Libres

  • Ciudadanos y no ciudadanos
  • Ingenuos y libertinos
Ciudadanos Romanos

Ciudadano romano que no haya sido incapacitado por una causa en particular.

Ventajas del Ciudadano Romano
  • Connubium (Matrimonio)
  • Commercium (testamento)
  • Jus suffragii (votar)
No Ciudadanos

Los extranjeros.

Hostes

A los extranjeros que participaban de las instituciones derivadas del jus gentium.

Peregrinos

Habitantes de los países en los que han hecho tratados de alianza con Roma o que se han sometido a la dominación romana.

Latini

Peregrinos tratados con más favor y con ventajas.

Adquisición de la Ciudadanía

Por nacimiento o causas posteriores.

Nacimiento: determina por la condición del padre y la madre y no por el lugar de nacimiento y hay reglas: a) hijo nacido ex justis nuptiis sigue la condición del padre en el momento de la concepción. b) fuera de las justae nuptiae el hijo sigue la condición de la madre el día de parto.

Causas posteriores al nacimiento: varian según se trate de un esclavo, peregrino o latino. a) el esclavo se hacía ciudadano por una manumisión. b) el peregrino obtenía el derecho de ciudadanía en virtud de una concesión expresa, acordada por una decisión de los comicios, por un senadoconsulto o el emperador.

Ingenuos

El que nace libre y no ha sido nunca esclavo en derecho.

Libertinos

El que ha sido libertado de una esclavitud legal conforme al derecho.

Manumisión

Adquirir la libertad.

Mandata

Instrucciones dirigidas por el príncipe a los funcionarios, gobernadores de provincia, sobre cuestiones de administración, que contenían reglas del derecho privado.

Reposición de la Esclavitud al Liberto Ingrato

Cómodo.

Personas Alieni Juris y Sui Juris

Diferencia

Los sui juris eran los paterfamilias y los alieni juris eran las personas sometidas a la autoridad de otro.

Poderes en el Derecho Clásico

Los jurisconsultos romanos han llevado la ciencia del derecho a su apogeo y han demostrado en sus escritos esa unión perfecta entre la teoría y la práctica.

Concepto de Domus

Se entiende por familia, reunión colocada bajo la autoridad o la manus de un jefe único. Constituido por el paterfamilia, la mujer y los descendientes. Constitución del régimen patriarcal.

Tipos de Parentesco

  • Cognación
  • Agnación
  • Parentesco civil
  • Parentesco consanguíneo

Potestad Paterna

Definición

Pertenece al jefe de familia sobre los descendientes que forman parte de la familia civil. Derecho civil que no puede ejercerse más que por un ciudadano romano sobre un hijo también ciudadano.

Fuentes de la Potestad Paterna

  • El matrimonio o justae nuptiae
  • Adopción
  • Legitimación
Justae Nuptiae

Matrimonio legítimo conforme a las reglas del derecho civil de Roma.

Condiciones de Validez del Matrimonio Romano
  • La pubertad de los esposos
  • Consentimiento
  • Consentimiento del jefe de familia
  • Connubium
Connubium

Aptitud legal para contraer justae nuptiae.

Causas de Disolución del Matrimonio Romano
  • Muerte de uno de los esposos: el marido podía volver a casarse inmediatamente mientras que la viuda tenía que esperar diez meses.
  • Pérdida del connubium: si alguno de los esposos ha sido hecho prisionero por el enemigo, éste se disuelve.
  • El divorcio: fue admitido desde el origen de Roma.
Uniones Ilícitas
  • Concubinato: unión de orden inferior mas duradera y se distinguía así de las relaciones pasajeras consideradas ilícitas.
  • Sineconnubio: matrimonio entre dos personas que no tienen, o una de ellas no tiene el connubium.
  • Contubernio: unión entre esclavos o entre una persona libre y un esclavo.

Adopción Romana

Definición

Institución de derecho civil cuyo efecto es establecer entre dos personas relaciones análogas a las que crean las justae nuptiae entre el hijo y el jefe de familia.

Clases de Adopción

  • De una persona sui juris, que es la adrogación.
  • La adopción de una persona alieni juris, que es la adopción propiamente dicha.

La adrogación: género más antiguo. Sólo podía tener lugar después de una información hecha por pontífices y en decisión de los comicios por curias. Se opera por autoridad de un magistrado.

Causas de Disolución de la Autoridad Paterna

  • Acontecimientos fortuitos como la muerte del jefe, del niño, etc.
  • Actos solemnes como adopción o emancipación.
Mancipium

Autoridad de derecho civil que puede pertenecer a un hombre libre sobre una persona libre y que depende a su vez de la autoridad paterna y del señor.

Causas de Incapacidad

  • Falta de edad
  • El sexo
  • Alteración de las facultades intelectuales
  • La prodigalidad

Tutela

Definición

Poder dado y permitido por el derecho civil sobre una cabeza libre para proteger a quien no puede defenderse por sí mismo a causa de su edad.

Causas que Ponen Fin a la Tutela

Provienen del pupilo o bien del tutor. Por edad del pupilo, muerte del pupilo o tutor, por el término de funciones.

Curatela

Definición

Cuidar que el incapaz recobre su capacidad. Organizaba la curatela para remediar a los incapacitados accidentales y a incapacidad de otro orden. El curador administra y no da auctoritas. Representa a la gente incapaz de obrar.

Diferencia entre Furiosi y Mente Capti

Los furiosi eran por incapacidad accidental o privados de razón y los mente capti de otro orden y eran de poca inteligencia.

Pródigos

Eran los que disipaban sus bienes procedentes de la sucesión del padre o del abuelo paterno, es decir que no sabe cuidar sus bienes.

Capitis Deminutio

Definición

Estudio de las personas. Personalidad de las personas en la sociedad romana y comprende tres elementos: libertad, derecho de ciudadanía y los derechos de familia o de agnación.

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