15 Dic
Derechos de los Ciudadanos ante la Administración Pública
- Derecho a comunicarse con la Administración a través de un acceso general electrónico.
- Derecho a ser asistidos en el uso de medios electrónicos.
- Derecho a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma.
- Derecho de acceso a la información pública, archivos y registros.
- Derecho a ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, quienes habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
- Derecho a exigir las responsabilidades de las Administraciones y autoridades cuando corresponda legalmente.
- Derecho a la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica.
- Derecho a la protección de datos de carácter personal, seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de la Administración.
- Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las leyes.
Derecho de Acceso a los Archivos y Registros Públicos
Será ejercido por los particulares de forma que no se vea afectada la eficacia del funcionamiento de los servicios públicos. Para ello, se debe formular una petición individualizada de los documentos que se deseen consultar, no se formulará una solicitud genérica sobre una o un conjunto de materias.
Derecho y Obligación de Relacionarse Electrónicamente con la Administración
Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no. Están obligados a relacionarse electrónicamente:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
- Representantes de interesados que estén obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Deberes de los Ciudadanos
Colaboración con la Administración
- Las personas colaborarán con la Administración en los términos previstos en la ley.
- Facilitarán a la Administración informes, inspecciones y otros actos de investigación que requieran para el ejercicio de sus competencias, salvo que dicha información atente contra el honor o la intimidad.
- Los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él, tienen el deber de proporcionarlos a la Administración.
- Cuando las inspecciones requieran la entrada en el domicilio del afectado o la autorización del titular, la Administración debe obtener el consentimiento o la autorización judicial.
Comparecencia de las Personas
La comparecencia ante las oficinas públicas, ya sea presencial o por vía electrónica, sólo será obligatoria cuando esté previsto en una norma con rango de ley. Se debe efectuar una citación que hará constar: lugar, fecha, hora, medios disponibles y objeto de la misma, además de los efectos de no atenderla.
Documentos de los Ciudadanos
- Solicitud: Constituye una o varias peticiones de un ciudadano dirigidas a promover las actuaciones de un órgano administrativo para satisfacer una o varias pretensiones basadas en un derecho o en un interés legítimo.
- Denuncia: Cualquier ciudadano pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que puede tener como resultado la iniciación de un procedimiento administrativo.
- Alegaciones: El interesado en un procedimiento administrativo aporta a los órganos responsables datos o valoraciones para su consideración.
- Recurso Administrativo: Documento en el que se solicita a la Administración la revisión o revocación de una resolución administrativa o de un acto de trámite.
- Otros documentos: Los ciudadanos se dirigen a la Administración por medio de peticiones, quejas, sugerencias, etc.
Documentos de Transmisión
Comunican hechos o actos a las personas físicas o jurídicas u otros órganos.
- Notificación: Comunicación de la resolución o acuerdo al interesado en un procedimiento administrativo.
- Publicación: Inserción de un acto administrativo en un diario oficial, tablón de anuncios o medio de comunicación.
- Comunicación: Se utiliza para transmitir información entre órganos. Puede ser:
- De oficio: Comunicación entre distintas Administraciones.
- Nota Interior: Comunicación entre órganos pertenecientes a una misma Administración.
Documentos de Constancia
Constituyen una declaración de conocimiento de un órgano administrativo con el objetivo de acreditar actos o hechos.
- Acta: Acredita hechos, juicios, circunstancias o acuerdos.
- Certificado: Deja constancia de actos o situaciones de carácter personal.
- Certificado de Actos Presuntos: Acredita la existencia y validez de un acto presunto cuando la Administración no ha dictado resolución en el plazo legalmente establecido.
Documentos de Juicio
Emisión de la valoración o juicio de un órgano administrativo especializado sobre las cuestiones objeto de un procedimiento administrativo. Se denominan informes y proporcionan a los órganos que deben resolver los datos, valoraciones y opiniones para adoptar la decisión correspondiente.
Otros Documentos Administrativos
- Certificado: Documento que tiene por finalidad dejar constancia de actos o situaciones de carácter personal, con el objetivo de que surtan efecto en el ámbito público o privado.
- Resolución: Documento que recoge la decisión expresa del órgano competente para tramitar un procedimiento administrativo, poniendo fin al procedimiento y resolviendo todas las cuestiones que se habían planteado.
- Certificación de Silencio: El certificado acreditativo del silencio administrativo debe ser emitido por el órgano que debió resolver expresamente el procedimiento. El plazo de emisión es de 15 días.
- Citación de Comparecencia: Notificación a través de la cual se comunica a uno o varios interesados que han de comparecer ante las oficinas públicas. Debe indicar el lugar, fecha, hora, objeto de la comparecencia y las consecuencias de no personarse.
- Formalización por Delegación: Si la formalización de un documento administrativo se realiza por delegación, deberá hacerse constar este extremo, expresando la disposición de delegación y la denominación del cargo o puesto de trabajo de quien formaliza.
- Metadatos: Cualquier tipo de información en forma electrónica asociada a los documentos electrónicos destinada al conocimiento inmediato y automatizable de alguna de sus características. Tiene la finalidad de garantizar la disponibilidad, el acceso, la conservación y la interoperabilidad del propio documento.
- Acuerdo: A través de este documento, los instructores de los procedimientos administrativos emiten decisiones que van adoptando durante la tramitación de estos procedimientos.
- Acuerdo de Apertura del Procedimiento:
- Datos identificativos del procedimiento y del órgano responsable.
- Enumeración de los hechos.
- Referencia a la norma que atribuye la competencia.
- Indicación del tipo de procedimiento de que se trate.
- Notificación al interesado de la decisión.
- Lugar, fecha y firma.
- Acreditación de la Notificación: Diligencia a través de la cual consta que se ha practicado la notificación al o los interesados. Incluye el medio de notificación, las circunstancias concurrentes en la práctica de la notificación, si se aceptó o rechazó y el lugar de la notificación.
Representación y Defensa de las Partes en el Procedimiento Contencioso-Administrativo
- Si el recurso se interpone ante un juzgado, las partes podrán conferir su representación a un procurador y serán asistidas por un abogado.
- Si el recurso se interpone ante un tribunal, las partes deberán conferir su representación a un procurador y ser asistidas por un abogado.
Capacidad, Prohibiciones y Solvencia para Contratar con la Administración
Capacidad
Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, del objeto o del ámbito de actividad que les sean propios.
Prohibiciones para Contratar
No podrán contratar con la Administración quienes hayan sido condenados mediante sentencia firme por determinados delitos, hayan sido declarados en concurso o insolventes, o no se hallen al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social.
Solvencia
Se debe acreditar estar en posesión de condiciones mínimas de solvencia.
- Económica y financiera: Demostrando el volumen anual de negocios o el ratio entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico.
- Profesional o técnica: Presentando la relación de las obras ejecutadas o suministros prestados, títulos académicos, o el personal técnico del que se disponga para realizar la obra, etc. Este requisito será sustituido por el de la clasificación cuando esta sea exigible conforme a lo dispuesto en la ley.
Clasificación de Empresas
Para contratar con las Administraciones públicas la ejecución de contratos de obras de importe igual o superior a 500.000 euros, es requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado. La clasificación se determinará en función de su solvencia y determinará los contratos a cuya adjudicación puedan optar por razón de su objeto y su cuantía.
Pliegos
Existen tres tipos de pliegos que sirven de guía al contratista para la elaboración de la oferta:
- De cláusulas administrativas generales: Condiciones generales aplicables.
- De cláusulas administrativas particulares: Aspectos relativos a elementos o ejecución del contrato, y prerrogativas de la Administración.
- De prescripciones técnicas: Definen detalladamente las características técnicas y mejoras que se pueden introducir para valorar la oferta.
Elementos de los Contratos Administrativos
Elementos Personales
En todos los contratos intervienen dos partes: la Administración y el contratista privado.
- Órgano de contratación: Puede ser unipersonal o colegiado y tener atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. Puede designar un responsable de contrato (persona física o jurídica) vinculada al organismo o a la entidad contratante, o ajena a ellos.
- Contratista: Personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los empresarios deben contar con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
- Uniones Temporales de Empresarios (UTEs): Podrán contratar en el sector público.
Elementos Reales
Son el objeto o la prestación a la que se obliga el contratista y el precio que debe pagar la Administración por la prestación.
- Objeto: Deberá ser determinado. No puede fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.
- Precio: La retribución consistirá en un precio cierto a expresarse en euros, sin perjuicio de que su pago pueda hacerse mediante la entrega de otras contraprestaciones. Se indicará el IVA que debe soportar la Administración.
Elementos Formales
Los contratos que celebren las Administraciones públicas deberán formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. Dicho documento constituye título suficiente para acceder a cualquier registro público.
Tipos de Contratos Administrativos
- Contrato de Obras: Tiene por objeto la realización de una obra o la ejecución de un trabajo que responda a las necesidades especificadas por la entidad pública contratante. También la redacción correspondiente al proyecto que tenga por objeto un bien inmueble.
- Contrato de Concesión de Obras: Su objeto es la realización por el concesionario de obras o trabajos, incluidos los de restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y el mantenimiento de construcciones. La contraprestación consiste en el derecho a explotar la obra o bien en dicho derecho acompañado del de percibir un precio.
- Contrato de Concesión de Servicios: Un poder adjudicador encomienda a un concesionario la gestión de un servicio susceptible de explotación económica de su titularidad o compraventa.
- Contrato de Suministro: Tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes inmuebles.
- Contrato de Servicios: Su objeto son prestaciones consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro.
- Contrato Mixto: Comprende prestaciones propias de dos o más contratos de obras, suministros o servicios. Se atenderá al carácter de la prestación principal.
Tipos de Tramitación de Expedientes
- Ordinaria: Cumplen los trámites expresos con carácter general.
- Urgente: Se aplica a expedientes relativos a los contratos cuya necesidad sea inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público.
- Emergencia: Se utiliza cuando la Administración deba actuar por sucesos catastróficos, de grave peligro o necesidades relativas a la defensa nacional.
Selección del Contratista y Adjudicación del Contrato
Según el objeto del contrato, existen distintos tipos de procedimientos para la selección del contratista y la adjudicación del contrato.
- Procedimiento Abierto: Puede presentar una proposición cualquier empresario interesado.
- Procedimiento Abierto Simplificado: De aplicación a contratos de obras, suministros y servicios que no superen determinados umbrales. Se simplifican y acortan los plazos.
Constitución de Garantía Provisional
Cuando en el anuncio se exija, para tomar parte de una licitación, la previa constitución de una garantía provisional, esta se podrá depositar en la Caja General del Depósito o en sus sucursales, o ante el órgano de contratación si se trata de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
Formalización del Contrato
No más tarde de 15 días hábiles. Causas de no formalización:
- Por causas imputables al contratista: La Administración puede acordar su resolución o la incautación de la garantía provisional.
- Por causas imputables a la Administración: Se indemnizará al contratista por los daños y perjuicios ocasionados y se puede solicitar la resolución del contrato.
Subasta Electrónica
Clasificación de propuestas a través de métodos de evaluación automáticos.
Prórroga del Contrato
Se aplicará en caso de que el contratista incurra en demora por causas imputables a este.
Cesión del Contrato
Si está prevista en los pliegos, se podrá ceder el contrato. Se establece el carácter reglado de la autorización de cesión y el silencio positivo en caso de no resolverse la solicitud de cesión en dos meses.
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