10 Mar
El sistema legal argentino, en consonancia con los principios fundamentales de un Estado de Derecho, establece una serie de garantías y derechos para proteger a los individuos durante el proceso penal. Estos principios se encuentran consagrados en la Constitución Nacional y en diversos tratados internacionales de derechos humanos.
Principio de Legalidad y Juicio Previo
«Ningún habitante puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso». Este principio fundamental, conocido como el principio de legalidad, establece que toda persona solo puede ser sancionada si existe una ley previa que tipifique la conducta como delito y establezca la pena correspondiente. Además, implica la necesidad de un juicio previo, donde el acusado tenga la oportunidad de ejercer su derecho a la defensa, asistido por un abogado. El juez, basándose en las leyes vigentes al momento del hecho (salvo que leyes posteriores sean más favorables al reo, en cuyo caso se aplicaría la ley más benigna, principio de retroactividad de la ley penal más favorable), determinará la pena. Es crucial destacar que una persona no puede ser detenida sin una sentencia firme de la Cámara de Apelaciones.
Sentencia firme: Hasta que la sentencia quede firme, pueden transcurrir años en detención preventiva. Esta medida cautelar busca evitar la comisión de nuevos delitos y asegurar la comparecencia del acusado al juicio, previniendo posibles fugas. Si la persona detenida preventivamente es finalmente declarada culpable, el tiempo cumplido en detención preventiva se computa a la pena impuesta. Si es declarada inocente, queda en libertad.
Prohibición de Comisiones Especiales y Juez Natural
«Ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa». Este principio garantiza la imparcialidad judicial. Se prohíbe la creación de tribunales *ad hoc* (comisiones especiales) para juzgar un caso específico, asegurando que el juez sea competente y preexistente al hecho. La creación de comisiones posteriores al hecho está expresamente prohibida.
Derecho a la No Autoincriminación
«Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo». Este derecho fundamental protege al imputado, permitiéndole abstenerse de declarar tanto ante la policía como ante el juez. Además, busca evitar que se obtengan confesiones mediante torturas, coacciones, uso de drogas u otros métodos ilegítimos.
Inviolabilidad de la Defensa en Juicio y Detención Legal
«Ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente». La privación de la libertad solo puede realizarse mediante una orden judicial, salvo en las siguientes excepciones:
- Durante el estado de sitio, donde la autoridad competente es el Presidente.
- En casos de flagrancia o cuando la demora en obtener la orden judicial ponga en peligro la investigación o la seguridad, las fuerzas de seguridad (policía o gendarmería) pueden realizar la detención, debiendo poner al arrestado inmediatamente a disposición del juez.
«Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos». Se garantiza a toda persona la posibilidad de defenderse adecuadamente en un juicio, presentando pruebas y argumentos para demostrar su inocencia o la validez de sus derechos.
Inviolabilidad del Domicilio y Correspondencia
«El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados». La privacidad de los individuos está protegida. Solo mediante una orden judicial se pueden vulnerar estos derechos, a través de:
- Allanamiento de domicilio.
- Incautación y apertura de correspondencia o papeles privados.
Abolición de la Pena de Muerte y Tratos Crueles
«Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes». En Argentina, la pena de muerte está prohibida. Se prohíbe la aplicación de torturas, azotes y cualquier otro tipo de trato cruel, inhumano o degradante a los detenidos.
Condiciones Carcelarias
«Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos». El objetivo de la privación de libertad es la protección de la sociedad y la resocialización del reo, no el castigo en sí mismo. Se busca la readaptación del individuo para su reinserción en la sociedad.
Teorías de la Pena
- Teoría Absoluta: Concibe la pena como un castigo retributivo al imputado, buscando disuadir a otros de cometer delitos.
- Teoría Relativa (Preventiva): Se enfoca en prevenir la comisión de futuros delitos.
- Teoría Mixta o de la Unión: Combina elementos de las teorías absoluta y preventiva, buscando tanto la retribución como la prevención.
- Teoría Especial: (Utilizada en Argentina) Se centra en la reeducación y resocialización del reo, buscando su reinserción en la sociedad.
Etapas del Proceso Penal
Expositiva
- Demanda: Acto inicial que pone en marcha el proceso. Es crucial que la demanda se presente antes de que opere la prescripción (plazo legal para reclamar).
- Contestación de demanda: Respuesta del demandado a la demanda. También tiene un plazo de prescripción.
Probatoria
Se presentan las pruebas para demostrar los hechos alegados. Las pruebas pueden ser:
- Testimoniales
- Periciales
- Documentales
Alegatos
Resumen de las pruebas presentadas por cada parte, buscando persuadir al juez para obtener una decisión favorable.
Decisoria
El juez emite su decisión. Si es en primera instancia, la decisión es apelable. Si es en segunda instancia (Cámara de Apelaciones), la decisión es definitiva (hace cosa juzgada). Una vez que se decide algo y se cumple la condena, no se puede volver a juzgar a la persona por el mismo hecho (principio *non bis in idem*).
Herramientas de Protección de Derechos: Habeas Corpus, Habeas Data y Amparo
Habeas Corpus
Mecanismo de protección de la libertad física y ambulatoria. Procede cuando el Estado restringe, suspende, lesiona o amenaza ilegalmente la libertad de una persona. No se suspende durante el estado de sitio (en este caso, permite al afectado optar por salir del país).
Tipos de Habeas Corpus:
- Clásico o Reparador: Para detener una detención ilegal (sin orden judicial).
- Preventivo: Ante una amenaza real y actual a la libertad.
- Correctivo: Para corregir condiciones de detención ilegales.
- Restringido: Contra actos de hostigamiento o abuso por parte del Estado.
Habeas Data
Acción judicial para acceder, rectificar, actualizar o suprimir información personal en bases de datos públicas o privadas. Protege el derecho a la intimidad y privacidad. Sus fines principales son:
- Acceder al registro de datos.
- Actualizar datos atrasados.
- Corregir información inexacta.
- Preservar información obtenida legalmente, pero que no debe ser expuesta.
- Cancelar datos sensibles que puedan generar discriminación.
Ejemplo: El Veraz, que recopila información financiera, puede ser objeto de un Habeas Data si la información perjudica al individuo.
Amparo
Mecanismo de protección de derechos constitucionales, *excepto* la libertad física (protegida por el Habeas Corpus). Es un proceso rápido y expedito (sumarísimo) que se utiliza cuando la demora causa un perjuicio irreparable. Protege tanto de abusos del Estado como de particulares. Las medidas cautelares son decisiones provisionales del juez para evitar que la demora perjudique a una de las partes.
Deja un comentario