25 Mar

5º Texto sobre la Desamortización

a) Se trata de un texto histórico, de una exposición que realiza Mendizábal a la Regente, María Cristina, y que forma parte del conjunto de leyes liberales desamortizadoras. La exposición de 1836 se verá completada con otras leyes dispositivas que ordenaron el proceso desamortizador. Su autor es Juan Álvarez Mendizábal (1790-1853). Había nacido en el seno de una familia de comerciantes de Cádiz, trabajó como empleado de un banco y como funcionario de la administración militar de Cádiz. En 1819-20, contribuyó a preparar el levantamiento de Riego. Entre 1823 y 1833 vivió exiliado en Inglaterra, donde logró hacer una regular fortuna a través del comercio. Volvió a España en 1834 y fue elegido procurador (en el estamento de procuradores, dentro del Estatuto Real). Entre septiembre de 1835 y mayo de 1836 fue jefe de gobierno e inició la famosa desamortización eclesiástica (momento en que se da el texto que comentamos). Entre agosto de 1836 y agosto de 1837 sirvió como ministro de Hacienda en el gobierno Calatrava, completando la obra desamortizadora. Acabó convirtiéndose en una de las figuras más notables del progresismo español.

b) Mendizábal justifica en el texto la necesidad de realizar una desamortización sobre los bienes “que han venido a ser propiedad del Estado”, refiriéndose a los patrimonios de las órdenes regulares, que fueron nacionalizados por el Estado en octubre de 1835. En dicha ley se decía de los conventos que “eran inútiles y perjudiciales”, atendiendo al concepto de “manos muertas” de la ilustración, ya anticipada en autores como Olavide o Jovellanos. Mendizábal aplicaba a la nueva ley el concepto utilitarista de la riqueza que había hecho el liberalismo, por cuanto la puesta en el mercado español de una parte importante de tierras -que se habían mantenido amortizadas en el A.R.- debía permitir una mayor riqueza en su producción que se traduciría de manera inmediata en el trasvase de dicha riqueza a otras formas productivas “desobstruir los canales de la industria”. La realidad no fue tan optimista, una parte significativa de las ventas se siguió cultivando para la obtención de rentas de los nuevos propietarios, que a su vez las invertían en negocios especulativos, lo que no repercutió directamente en el sector secundario, más aún el gran desembolso de capitales en la desamortización imposibilitó que estos fueran a parar a la industria. Otro objetivo económico era “minorar la fuerte suma de la deuda pública”, que a la postre acabó siendo la finalidad más clara del proceso desamortizador. Se trataba, así pues, de rebajar de manera significativa la abundante deuda estatal, estimada en más de 5000 millones de reales, ampliada por los gastos de las guerras carlistas, manteniendo un pequeño déficit que se cubriría con empréstitos (préstamos al Estado). La larga continuación de la guerra carlista y la imposibilidad de realizar una reforma hacendística hizo que la disminución de la deuda fuera mucho más modesta que las pretensiones iniciales.

Junto a estos objetivos económicos se vislumbra uno político como es el de “crear nuevos y fuertes vínculos “con el sistema liberal de una nueva capa de propietarios que ligaban sus nuevas adquisiciones al resultado final de la guerra. En los numerosos estudios realizados en los niveles locales sobre el conjunto de compradores en la desamortización cabe generalizar que en el norte y en algunos casos del centro peninsular abundan compradores, encuadrados en la mediana propiedad, que fortalecerán su condición de burguesía rural, mientras que en el sur predominan hacendados que fortalecen el latifundio. En todo caso son numerosos los compradores urbanos: burguesía de negocios, profesionales que ven en la adquisición de tierras un negocio sugerente (máxime si eran depositarios de deuda pública). Algunos coetáneos como Florez Estrada criticaron la no utilización de la desamortización para favorecer más claramente a la pequeña propiedad.


C) : carácter, principios y desarrollo.

La desamortización de Mendizábal son cambios de propiedad de la tierra en el siglo XIX que tienen que ver con aspectos como la desvinculación de señoríos, la abolición del mayorazgo, herencias, cesiones o compraventas. Es verdad que la desamortización es la más importante transformación de la propiedad rural española.

Los ilustrados primero y después los liberales criticaron la explotación poco racional de la tierra en el A.R.. Estas explotaciones se consideraban “manos muertas”, desarrollándose un proceso por el que pasara la tierra a otros propietarios dispuestos a obtener más beneficios. Salvo la nobleza, el resto de propietarios de tierras vinculadas sufrió a lo largo del siglo XIX la nacionalización de parte de sus tierras y la venta a nuevos propietarios.

La realidad es que no sólo desapareció la Deuda sino que aumentó.

El proceso desamortizador supuso el definitivo triunfo de la propiedad liberal y capitalista. Un aspecto complementario de la desamortización fue que, no se desamortizó sólo la propiedad, sino también las rentas. Igualmente fue decisiva la desamortización en el terreno urbanístico, en las ciudades los edificios de los conventos se convirtieron en cuarteles o edificios públicos.

La desamortización debe ser entendida como todo un proceso histórico desde el reinado de Carlos IV hasta la segunda mitad del siglo XIX. En el reinado de José I, en las Cortes de Cádiz y en el Trienio se ponen en marcha distintos mecanismos para liberalizar y vender en pública subasta bienes pertenecientes a instituciones civiles o eclesiásticas. Sin embargo, hay que atribuir una especial importancia a la etapa de Mendizábal no sólo por su volumen y por la rapidez con que se llevo a cabo, sino porque a partir de este momento la desamortización fue irreversible.

La desamortización de Mendizábal 1836-37

Antes de que Mendizábal adoptara sus medidas desamortizadoras concretas hubo ya ciertas disposiciones que las anunciaban. Estas disposiciones fueron la venta de bienes de la Inquisición, así como la devolución a los particulares de los bienes obtenidos en el Trienio.

La desamortización eclesiástica propiamente dicha se plasmó en dos disposiciones, la primera consistió en la supresión de las órdenes religiosas y la nacionalización de sus patrimonios y la segunda en febrero de 1836 en el sistema de venta de los bienes nacionalizados. De los conventos se decía en la ley que “eran inútiles y perjudiciales” de acuerdo con la mentalidad utilitarista del liberalismo. Aunque en la ley se señala como objetivo “crear una copiosa familia de propietarios, la causa fundamental acabó siendo la creación del crédito público y la eliminación de la deuda. El clero secular, su legislación fue más tortuosa, aunque en 1837 se declararon bienes nacionales, su venta no comenzó hasta 1851. La vigencia de las leyes desamortizadoras fue hasta 1844, con el decreto elaborado por el moderado Alejandro Món.

La venta de los bienes desamortizados (tierras y censos) se hizo en pública subasta, previa tasación oficial. Todos los adjudicatarios debían pagar una parte de la cantidad que les correspondía en efectivo, si lo hacían en su totalidad disponían de un plazo de 16 años, mientras que quienes lo hacían en deuda pública le debían hacer en tan solo 8 años.

Gran parte de las compras las realizaron labradores acomodados o hacendados terratenientes y la burguesía de negocios o los funcionarios civiles. En el caso de los pequeños labradores tan sólo adquieren pequeñas cantidades de tierra para completar su patrimonio.

Así pues, la desamortización no fue una reforma agraria, es posible que aumentara el número de latifundistas.

Las disposiciones de Pascual Madoz se refieren a la nacionalización y puesta en venta de los bienes de propiedad La desamortización de Madoz duplicó en volumen a la de Mendizábal y se sacaron a la venta bienes más parcelados.

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