17 Abr
Comprobantes
Concepto:
Formularios impresos que
Una vez llenados posibilitan la reiteración de la operación que representan,
Así como dar prueba de la misma. Funciones: Tres aspectos a destacar.
Posibilitan la registración. Nos referimos a los hechos económicos que son el
Motivo de la registraron contable. Representan las operaciones, por lo que
Registrándolos, estamos registrando las operaciones. Dan prueba de la
Operación. La anotaciones en los libros tienen validez en función de la
Existencia y veracidad de los comprobantes. De lo anterior debemos efectuar dos
Aclaraciones: Los comprobantes también cumplen una función jurídica ta que
Establecen relaciones jurídicas entre las partes intervinentes en las
Operaciones. También cumplen la función fiscal dado a que son un elemento
Fundamental en los procedimientos que aplica el Estado par ala precipicio y
Fiscalización de impuestos. No todos los comprobantes dan origen a una
Registracion.
Clasificación:
Documentos
Probatorios y títulos valores. Los documentos probatorios constituyen una base
De prueba de operaciones comerciales y de operaciones internas de la empresa.
Los títulos de valores son los documentos necesarios para ejercer el derecho
Literal y autónomo que en ellos se consigna representando un valor económico en
Si mismo. Estos nacen de una operación comercial, generalmente se deja
Constancia en documentos probatorios y se desvinculan de ella pudiendo circular
Como dinero. El con registro y sin registro esta referido a lo anticipado que
No todos los comprobantes son objeto de registracion, lo que significa que
Algunos no son objeto de la contabilidad en cuanto a asentarlos en los libros.
Los termino interno y externos están referidos a la circulación del comprobante
Por lo que interno corresponden a su circulación exclusivamente dentro de la
Empresa y externos que se trasladan al exterior de ella. Normativa: La
Documentación comercial debe cumplir con disposiciones dispuestas por el
Decreto N 388-992 de 17 de Agosto de 1992 y la resolución N 688-92 de 16 de
Diciembre de 1992.
Requisitos para imprimir documentación:
En las mismas se establece que están obligados a documentar sus operaciones
Todos los sujetos pasivos de los tributos administrativos por la DGI. En cada
Oportunidad en que requieran imprimir facturas, boletas, nota de debito o
Credit, o comprobantes equivalentes y remito deberán solicitar ante de
Dependencia de la Dgi que corresponda al domicilio constituido del solicitante,
Una constancia para impresión, por cada uno de los domicilios fiscales donde
Dichos documentos serán utilizados. Obligatoriamente en forma previa deberán
Solicitar el numero
RUT en la dependencia de la DGI que corresponda su
Domicilio. Esta constancia deberán conformarla con sus datos de identidad
Dentro de su plazo de validez, a una imprenta autorizada. Requisitos formales
De la documentación: La documentación deberá reunir las siguientes formalidades:
En el ángulo superior izquierdo y en su orden: nombre o razón social, nombre
Comercial, domicilio fiscal donde será utilizada. En el ángulo superior derecho
Y en su orden: numero de Rut, tipo de comprobante, numeración correlativa. En
El ángulo inferior izquierdo y su orden: constancia de estar al día con el IVA,
Pie de imprenta. En el ángulo inferior derecho: la identificación de original o
Copia, el destino de cada vía. Asimismo y sin ubicación predeterminada deberá
Haber espacio para los siguientes datos: fecha de emisión, nombre y domicilio,
Detalle de mercaderías o servicios con indicación de cantidades físicas, precio
Unitarios y final, impuesto discriminado. Facturación por maquina registradora
De caja: quienes no están comprendidos en las actividades anteriores pueden
Solicitar autorización a la Dgi para hacerlo. Los tickets deberán tener sus
Caracteres impresos claramente visibles y legibles y contendrán los siguientes
Datos; nombre o razón social, domicilio, numero de RUT, fecha, numero correlativo
De operación, importes parciales y totales. Cuando el adquirente solicita
Factura o boleta, deberá obligatoriamente acceder a ellos. Las maquinas
Registradoras de caja deben cumplir también con determinados requisitos: que
Expida tickets en condiciones reglamentarias, que posea cinta de control, que
Cuente con contador blindando de reposiciones a cero, que posea contador de
Operaciones, que en la cinta de control se imprima como mínimo el numero
Correlativo de operación y el importe total de cada una de ellas. Las empresa
Que utilicen maquinas,quedan obligadas a guardar: cont de control, anotar en la
Cinta de control numero de RUT, nombre, domicilio fiscal, fecha y el numero de
Contador blinadado con reposiciones a cero. Que la impresión del numero correlativo
De operaciones en la cinta de control sea consecutivo: en consecuencia, bajo
Ninguna concepto dicho numerado puede llevarse a cero, experto por limitacoines
Propias del mismo. Para utilizar maquinas se necita autorización. Facturación
Por sistema computacionales: dos casos. Si se opta por utilizar formularios q
Tengan el mismo numero : deberá hallarse premiers la identificaron de original
O copia y el destino de cada vida. Si se opta por utilizar formularios que
Tenga preimpresa una numeración progesiva: se deberá sustituit la preimprsion
Del destino e identificación de cada vida y tipo de documento, Se podrá emitir
Cada tipo de documento en diferentes ejemplares. En ambos caso: Queda prohibida
La repetición de una misma serie y numero, aun cuando se reate de tipo de
Documento o se utilice domicilio fiscales. La numeración que propocioina el
Sistema deberá ser similar a la exigida para los instrumento manuales. Se
Deberá llevar una tabla de control que correlacione la cantidad y la numeración
De los formularios emitidos. Vías de emisión: la documentación deberá emitirse
Como mínimo en dos vías. En todos los casos el original será entregado al
Adquirente de los bienes y servicios. El emisor deberá conservar la segunda
Vía, ordenada correlativamente. Discirminacion del IVA: los sujetos pasivos de
IVA deberán obligatoriamente discriminar el impuesto cuando efectúen
Operaciones gravedad con otros sujetos pasivos que se identifiquen como tales,
Mediante su numero de RUT y nombre, Esta descriminacin es condición
Indispensable para el computo de credit fiscal. Cundo en un mismo documento se
Incluyen bienes o servicios gravados a difterias tasa, extentos o no alcanzadas
Por el iva se deberá indicar en forma separada los totales de cada concepto y
El impuesto resultante según cada tasa. Consecuencia de la falta de cumplimento
De los requisitos establecidos: La transgresión de cualqiuiera de las
Disposiciones del régimen de docuementacion determinara con carácter general
Que el emisor sea posible de las sanciones previstas en el código tributario,
Sin orejudos de lo cual, la DGI podrá promuevor la clausura del establecimiento
Ante los organismos jurisdiccionales competetnes. Por su parte el comprador no
Tendrá derecho a computar el credit fiscal respectivo, si en la documentación
Faltara cualquiera de los requisitos.
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