27 Jul
Derecho y la fuerza
Es el poder que detenta la fuerza es
Quien crea el Derecho.
El derecho es así el primer rasgo del poder de quién
Pretende monopolizar el uso de la fuerza. Por lo tanto, es el poder que posee
La fuerza quien crea el Derecho. (Fuerza crea derecho).Otra perspectiva es la que enfoca las relaciones entre Derecho y fuerza en
Términos instrumentales. Una norma es jurídica no porque haya sido producida
Por el poder, sino porquecuenta
Con su respaldo en forma de uso de la fuerza. Lo que distingue a las normas
Jurídicas delas otras es el
Poder del uso de la coacción. (Derecho cuenta respaldo fuerza)La perspectiva
Más depurada es la de Kelsen y otros realistas. La fuerza no es el fundamento
Ni el instrumento del Derecho, sino su objeto. El derecho y sus normas no es
Que estén garantizadas por la fuerza, es que directamente regulan la fuerza,
Regulan los supuestos y condiciones en los que la fuerza puede ser usada.La
Palabra derecho esta ligada a la fuerza. El derecho es una técnica social de
Motivación ycontrol de la
Conducta. Este como tal tiene mecanismos que son de carácter positivo
(lassubvenciones) y de carácter negativo (sanciones). La fuerza es necesaria en
El derecho.La violencia sin embargo es contagiosa. Antiguamente la violencia se
Respondía con venganza, lo que hacia que los filósofos pensaran que la
Violencia debía ser domesticada. Debido a esto se paso de un estado natural a
Un estado social. Para este ultimo, el estado es el único legitimado para usar
La violencia.El derecho obliga mediante diferentes mecanismos. La fuerza tiene
Capacidad de desactivar laviolencia o venganza. La fuerza se concentra en un
Sujeto o un órgano, cuya función es identificar el conflicto, aplicar la fuerza
Sobre el infractor y siempre intentar de evitar estos conflictos, a través de
La prevención.Los 3 tipos de relación entre derecho y fuerza- Relaciones
Genéticas:Es la relación de que el poder tiene el monopolio de la coacción
Física. El poder condiciona lasconductas. Por lo tanto es el poder el que crea
Derecho.- Relaciones instrumentales:Las normas tienen carácter regulatorio, por
Lo tanto dirigen a conductas. Por lo tanto el poder o la fuerza son
Instrumentos que refuerzan al derecho, a través de por ejemplo la amenaza o
Lasanción.- Relaciones sustanciales: En esta relación la fuerza tiene carácter
Sustancial. La fuerza es en su sustancia el contenido de las normas.Rasgos
Definitorios del derecho respecto a la fuerzaEstos rasgos son la
Institucionalización y la justicia sobre el uso de la fuerza respecto al derecho.La
Institucionalización la componen las normas, los procedimientos y los órganos.
Estosadministran el poder político dentro de un grupo. Existe poder que tiene
Capacidad de influir en las conductas.El
Poder está ligado al ejercicio de la fuerza. En casos extremos, el poder podrá
Recurrir a la misma para urgir determinadas acciones creando así un grado de
Aflicción (dolor) en los individuos y para ello debe estar legitimado o
Justificado.
Toda privación tiene que venir justificada por normas jurídicas
à razones del
Ejercicio del poder.Por tanto, el poder puede exigir la obediencia de los
Ciudadanos a través de las normas que le facultan a hacerlo. Cuando las normas
No se ven como requisitos arbitrarios consiguen el respeto y la obediencia.
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Teoría de la separación conceptual del derecho y la Moral
El derecho que es y el
Derecho que debe ser tienen relaciones entre sí de manera obvia porque
Existen ciertos valores presentes en el contenido de las normas.Las
Normas jurídicas reflejan principios sociales básicos que son compartidos por
La mayoría à consensos morales.Esta valoración entre el derecho y la moral es
Empírica e importante porque si se separan, el derecho sería inestable e
Incluso ilegítimo.Por tanto, la relación empírica entre derecho y moral está
Relacionada con la estabilidad y la legitimidad de manera que la relación
Se da entre el contenido de las normas jurídicas y las morales.Los positivistas
Afirman la separación conceptual entre derecho y moral:Una cosa es la existencia
E identificación de las normas y los sistemas jurídicos.Otra cosa es la
Cuestión relativa a si el contenido de esas normas es justo o moralmente
Legítimo.Se plante la separación entre VALIDEZ (formal, material y
Moral) y JUSTICIA.
Los positivistas no niegan la
Relación derecho-moral sino que afirman que esta relación no es conceptual o
Necesaria: se puede entender qué es el derecho independientemente de si es
Justo o no, conceptualmente hablando. Para un positivista se puede decir
Que una norma es válida pero injusta; para un iusnaturalista esto no es
Posible.Identificar qué es el derecho y cuándo estamos ante normas jurídicas es
Independiente de juicios moralesDistinción entre dos vertientes positivistas:
Positivismo Ideológico
No existen principios y valores morales de carácter
Universal y racional, es decir, los positivistas ideológicos son
Irracionales. Creen que toda moral es un acto arbitrario que depende de
Preferencias e intereses de los sujetos o relativas a las distintas comunidades
Humanas: la moral es subjetiva y dependiente de los sujetos.Esto lleva a
Los positivistas a la siguiente afirmación paradójica:
El
Derecho constituye el único criterio moral admisible, es decir, ante el
Caos y la confusión de valores el positivista ideológico dice que
Existe un punto de apoyo como valor moral que es la obediencia al derecho.
Las normas válidas del derecho conllevan una obediencia incondicional por parte
De las autoridades y de los ciudadanos. Si se puede constatar la existencia de
Un ordenamiento jurídico válido la respuesta es positiva: SÍ HAY QUE OBEDER AL
DERECHO.El derecho, cuando vale, genera una obligación absoluta de obediencia.
Por eso se les llama ideológicos porque se trata de un pseudopositivismo
O una simple ideología positivista pues viola la separación
Conceptual que afirma el positivismo.Esta vertiente se considera isunaturalista
Porque se afirma que si se identifica una norma jurídica ésta se debe cumplir y
El cumplimiento es una obligación moral, se encubre la moral en la
Obligación.
Positivismo metodológico o conceptual
Parte de las Tesis centrales del positivismo y comparte con los iusnaturalistas la Postulación de que existen principios de justicia que son universales y Racionales: OBJETIVISMO ÉTICO.El positivista metodológico mantiene la tesis de La separación entre moral y el derecho. Los positivistas conceptuales, Frente a los ideológicos, dicen que si bien no podemos negar el carácter Del derecho a las normas jurídicas que contradigan esos principios de justicia, Si quE podríamos determinar la obediencia o desobediencia de acuerdo a éstos.Es Decir, podría llegar a afirmarse que una norma valida es, o puede ser, Simultáneamente una norma inmoral hasta el mismo límite de postular o Plantearse su desobediencia.El positivista metodológico/conceptual Mantiene la tesis de las fuentes sociales del derecho pues considera que todo Derecho deriva de una voluntad humana y la tesis de la separación conceptual Entre derecho y moral ya que existe derecho con independencia de su contenido Moral aunque esto no significa que no exista relación.
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