28 Oct
Elaboración del Presupuesto Anual
Una vez analizado el proceso de delimitación del marco económico-presupuestario, se describe el proceso formal de elaboración del presupuesto, que comienza con la publicación de la orden de elaboración.
Orden de Elaboración
La Orden de elaboración se publica habitualmente en el primer cuatrimestre del año y regula los siguientes aspectos:
- Criterios generales para la asignación de recursos públicos.
- Ámbito institucional de los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
- Composición y funciones de los órganos participantes en el proceso.
- Plazos de tramitación.
- Documentación presupuestaria para la elaboración, incluyendo el procedimiento y los plazos para la remisión de la documentación de los centros gestores al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
- Estructuras presupuestarias.
Además del articulado, la Orden incluye los siguientes anexos:
- Clasificación por programas de gasto.
- Clasificación económica de gastos.
- Clasificación económica de ingresos.
La Dirección General de Presupuestos publica periódicamente una Resolución que establece los códigos presupuestarios que desarrollan dichas clasificaciones y describe el contenido a imputar en cada partida de gasto.
Órganos Participantes en el Proceso de Elaboración
Además del Consejo de Ministros y los departamentos ministeriales, se constituyen las siguientes Comisiones para la elaboración de los PGE:
- Comisión de Políticas de Gasto
- Comisiones de Análisis de Programas (al menos una por cada departamento ministerial).
El procedimiento de elaboración del Proyecto de Ley de PGE se divide en tres etapas:
- Propuesta de anteproyectos parciales
- Formación del anteproyecto de ley
- Aprobación del proyecto de ley
Propuesta de Anteproyectos Parciales
Los ministerios y otros órganos del Estado con dotaciones diferenciadas en los PGE remiten al Ministerio de Hacienda sus propuestas de presupuesto, ajustadas a las directrices de distribución de gasto.
Estas directrices las determina el Ministerio de Hacienda a través de la Comisión de Políticas de Gasto, que concreta las prioridades, límites y objetivos de la política presupuestaria.
Los ministerios también remiten al Ministerio de Hacienda:
- Las propuestas de presupuestos de ingresos y gastos de los organismos autónomos y otras entidades adscritas.
- Las propuestas de presupuestos de operaciones (corrientes, de capital y financieras) de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales y fundaciones del sector público estatal que dependan de cada ministerio.
Estas propuestas y la documentación necesaria para elaborar los PGE se remiten al Ministerio de Hacienda, generalmente antes del 1 de mayo.
Formación del Anteproyecto de Ley de PGE
a. Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
La Dirección General de Presupuestos elabora los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Ley de PGE, considerando las orientaciones de política económica, las prioridades de la Comisión de Políticas de Gasto, los estudios de las Comisiones de Análisis de Programas y las propuestas de los centros gestores.
Para los ingresos, se tienen en cuenta las propuestas de los centros directivos responsables de las previsiones y estimaciones de ingresos.
Los estados de gastos e ingresos se elevan al Ministro de Hacienda, quien somete el anteproyecto de Ley de PGE al acuerdo del Gobierno.
b. Anteproyecto de Presupuesto de la Seguridad Social
Con los mismos criterios, la Dirección General de Presupuestos elabora los anteproyectos de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
Aprobación del Proyecto de Ley de PGE
El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley de PGE, incluyendo el articulado, los anexos y los estados de ingresos y gastos. Se remite a las Cortes Generales antes del 1 de octubre del año anterior al que se refiere, junto con la documentación complementaria del artículo 37 de la Ley General Presupuestaria.
Deja un comentario