02 Jun
MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD
Equipos de Protección Individual (EPI)
Introducción
– Se entiende por EPI, equipo de protección individual, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujeto por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad y salud.
– El objetivo de los EPI es proteger al trabajador de agresiones químicas o biológicas durante el desempeño de la actividad laboral.
– El EPI no elimina el riesgo, solo lo reduce.
Condiciones que deben cumplir
– Responder a las condiciones en el lugar de trabajo.
– Ser cómodo y adaptable a la anatomía del operario.
– No molestar ni suponer un riesgo extra.
– Deben ser compatibles entre ellos.
Elección de los EPI’s
– Analizar y evaluar los riesgos existentes.
– Definir las características que deberán reunir los equipos de protección individual para garantizar su función.
– Estudio de la parte del cuerpo que puedan resultar afectadas.
– Evaluación de las características de los EPI’s disponibles en el mercado.
– Conocimiento.
Clasificación de los EPI’s
- Protección vías respiratorias
- Protección de ojos y cara
- Protección de la cabeza
- Protección oídos
- Protección Anticaídas
- Protección pies y piernas
- Ropa de protección
- Protección manos y brazos
Protección vías respiratorias
Su misión es proporcionar a los trabajadores que se encuentren en un ambiente contaminado con una seria deficiencia de oxígeno, la capacidad de poder respirar con normalidad.
Equipos filtrantes
– El aire inhalado pasa a través de un filtro que retiene las impurezas del oxígeno.
– Tipos:
- Mascarillas: Puede ser sencilla o con filtro químico.
- Máscara: Toda la cara.
Protección de ojos y cara
– Protegen al trabajador frente a aquellos riesgos existentes en el medio laboral que puedan afectar la misma y/o la cara.
– Los principales agentes agresores que pueden causar accidentes o enfermedades son: impactos físicos y químicos a veces.
– Proteger proyección de partículas.
Tipos
- Solo ojos
- Montura + cristal
- Panorámicos
Pantallas
– Ojos y parte de la cara.
– Llevado o sujetado.
Protección de la cabeza
Funciones básicas
– Proteger golpes en la cabeza.
Materiales y composición
– No pesar más de 300 gramos.
– Polietileno, polipropileno, poliéster o nylon.
– Partes (apuntes Atenea)
Riesgos a evitar
– Lesiones craneales.
– Evitar proyección de partículas en la cabeza.
Protección oídos
– Riesgos por ruido.
– Riesgos térmicos.
– Riesgos derivados del uso:
- Mala adaptación.
- Identificación insuficiente de las señales vitales.
Tipos
– Internos: tapones, válvulas…
– Externos: orejeras, cascos antirruido…
Protección Anticaídas
Destinados a sujetar al trabajador mientras realiza un trabajo de altura.
Sistemas anticaída
– Arneses, elementos de amarre.
– Elementos de conexión.
Sistema de bloqueo automático
– Deslizante: (conjunto inseparable con anclaje).
– Retráctil: Se enrolla automáticamente, para la velocidad a una velocidad determinada.
(Han de llevar la fecha de caducidad).
Protección pies y piernas
Composición
– Calzado de seguridad.
– Marcado C.E.
– Puntero de acero.
– Plataforma antideslizante.
– Refuerzo acero plantilla.
– Anatómicos.
– Fecha de caducidad.
Riesgos que deben proteger
– Térmicos.
– Biológicos.
– Mecánicos.
– Eléctricos.
Ropa de protección
– Ropa que constituye o protege.
– Protección contra riesgos mecánicos.
– Protección contra riesgos químicos.
– Protección contra la intemperie.
Ropa de alta visibilidad
Puede ser o no considerado un EPI.
– Chaleco reflectante.
– Mono reflectante.
Protección manos y brazos
Guantes de protección
– Contra riesgos mecánicos.
– Contra riesgos térmicos.
– Contra productos químicos.
– Contra riesgos eléctricos (caucho).
Riesgos a proteger
– Químicos.
– Físicos.
– Enfermedades.
PRIMEROS AUXILIOS
Art. 20 LPRL. Obligación del empresario de aportar las medidas necesarias de primeros auxilios.
Organización primeros auxilios
– Designación personal encargado.
– Comprobación periódica.
– Organización con servicios externos.
– Formación de personal y material adecuado.
Cadena de socorro
– Testigos:
- Proteger.
- Avisar.
- Socorrer.
– Telefonista.
– Socorrista.
– Material primeros auxilios.
Enfermedad profesional
– Artículo 116 LGSS.
– La contraída a consecuencia del trabajador por cuenta ajena, en las actividades que se especifiquen en el cuadro legal y producida por elementos o sustancias marcados en el cuadro.
Requisitos
– Trabajador por cuenta ajena.
– Agente productor elementos o sustancias determinados.
Enfermedades profesionales de la construcción
– Dermatitis.
– Hipoacusia.
– Disfunción extremidad superior.
– Bronconeumopatías (por la inhalación de sustancias químicas).
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