28 Feb
FEDER: Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Creado en 1975, el objetivo de este fondo estructural es suprimir las desigualdades regionales en la UE, financiando actuaciones que contribuyan al desarrollo de las regiones más desfavorecidas, fomentando las infraestructuras y el desarrollo de su potencial endógeno.
FEOGA: Fondo Europeo de Orientación Agraria. Fondo estructural que financia la política agraria común de la UE. Sus objetivos son proteger el mercado agrícola, asegurar los precios estables a los agricultores (FEOGA- sección Garantía) y fomentar la modernización y mejora de las infraestructuras agrícolas (FEOGA-Sección Orientación).
LEADER: Iniciativa comunitaria que tiene por objeto el desarrollo rural y la reconversión agraria. Es uno de los cuatro programas, creados en 1988, destinados a resolver problemas específicos graves que conciernen a la UE. Los gastos son cofinanciados por los fondos estructurales y los estados miembros.
OCM: Organizaciones Comunes de Mercado, creadas por la PAC, para diferentes productos, permitiendo precios más altos que los del mercado internacional. Financiados con apoyo de la Comunidad y protegidos de las importaciones; lo cual sirvió de estímulo a la producción pero provocó la aparición de enormes excedentes, cuyo mantenimiento y compra exigía elevados presupuestos.
Esta situación condujo a una reforma en 1992, que influyó negativamente en muchos productos (cereales, leguminosas, leche, carne de vacuno…), sin embargo, en conjunto, ha contribuido a la modernización del sector agrario.
TRATADO DE Maastricht: firmado por la Europa de los doce el 7 de Febrero de 1992, entró en vigor el 1 de Noviembre del 93. Por él la CE cambiaba su nombre por el de Uníón Europea. El tratado de Maastricht supónía el final del largo periodo de la comunidad, y daba origen a la etapa de la Uníón: “constituye una nueva etapa en el proceso creador de una Uníón cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa”. Sus pilares básicos eran:
– La uníón económica y monetaria
– Cooperación en materia de política interior y justicia
– La política exterior y seguridad común (PESC)
TRATADO DE NIZA: Firmado en el 2001, sustituye a partir de Febrero del 2003 al de Ámsterdam. Sus principales acuerdos han sido:
– La aprobación de algunas reformas institucionales para asegurar el funcionamiento de la Uníón tras la ampliación
– La consolidación de la cooperación reforzada
TRATADO DE Roma: Tratado constitutivo de la CEE y el EURATOM. Firmados en Roma, el 25 de Marzo del año 1957, por la RFA, Italia, Francia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo. La construcción europea iniciaba su rumbo estructurada en tres grandes ejes; CECA, EURATOM y CEE. El Tratado de Roma es una pieza clave en el proceso de construcción de la UE.
UníÓN EUROPEA (UE): Estructura supranacional formada actualmente por veintisiete países europeos cuyo acuerdo base es el Tratado de la Uníón Europea (Maastricht) aprobado en 1992.
La integración europea se inició con fines económicos, pero a partir del tratado de la Uníón tiene un claro objetivo, el de crear una gran potencia europea que pueda competir con el resto. Con este fin la Uníón asume competencias que antes pertenecían en exclusiva a los países miembros, el ejemplo más claro de esto es la uníón monetaria con la adopción del euro por parte de doce países.
En su más remoto origen (CECA y CEE) estaba constituida por seis países
España en el Mundo
GLOBALIZACIÓN: Proceso de integración del conjunto del planeta en un único espacio económico, social y político. Las nuevas tecnologías aplicadas a las comunicaciones y a la producción hacen del mundo un espacio económico y financiero cada vez más integrado, incluso desde el punto de vista de la cultura y de los hábitos de comportamiento.
G-7: Grupo que reúne a las siete economías más fuertes del mundo (EE.UU., Canadá, Japón, Alemania, Francia, Italia y Reino Unido). Rusia asiste como observador (G-8). Su objetivo es orientar la economía y la política a escala mundial a través de las cumbres que se celebran anualmente.
MOVIMIENTOS ANTIGLOBALIZACIÓN: Se denominan así al conjunto de grupos que se declaran activamente en contra de los fenómenos negativos que presenta la mundialización. Entre sus actividades destacan, por su notoriedad, las manifestaciones que realizan en aquellas ciudades donde se reúnen los principales representantes de la economía mundial (OMC, G-8…), con el fin de impedir que se tomen decisiones que perjudiquen a los menos favorecidos. Las ideas comunes a todos estos grupos son:
A) La sociedad ha perdido el control de la globalización
B) Ésta beneficia sólo a unos pocos y acrecienta las desigualdades mundiales entre ricos y pobres
C) La globalización supone una pérdida de identidad cultural
D) Ha causado un grave deterioro medioambiental
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC): La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.
Sus funciones son:
• Administra los acuerdos comerciales de la OMC
• Foro para negociaciones comerciales
• Trata de resolver las diferencias comerciales
• Supervisa las políticas comerciales nacionales
• Asistencia técnica y cursos de formación para los países en desarrollo
• Cooperación con otras organizaciones internacionales
Organización y ordenación territorial de España
ADMINISTRACIÓN LOCAL:
Está formada por el alcalde y los concejales, que son elegidos por los ciudadanos, más una serie de funcionarios que trabajan para dar los servicios que los municipios tienen encomendados. La local es la administración más cercana al ciudadano.
COMUNIDAD AUTÓNOMA:
Cada una de las regiones, en las que se ha estructurado España, en virtud de lo dispuesto en la Constitución de 1978. Todas ellas disponen de unas competencias que las permite un alto grado de libertad de actuación respecto al gobierno nacional de España. Las relaciones entre las autonomías y el conjunto de España vienen dadas por los diferentes Estatutos de Autonomía. Todas las comunidades autónomas tienen capacidad ejecutiva y legislativa en aquellos aspectos sobre los que hayan asumido las competencias.
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