02 Jun
Organización de la Prevención
Existen diferentes formas de organizar la prevención en una empresa:
1. Asumiendo el empresario la actividad:
- Empresas de menos de 10 trabajadores o 25 en un solo centro de trabajo.
- La actividad de la empresa no está incluida en el anexo 1 del RSP.
- El empresario desarrolla su actividad físicamente en la empresa y tiene la capacidad para desarrollar las funciones preventivas.
2. Trabajador designado:
- Pueden ser 1 o varios (dependerá del tamaño de la empresa y los riesgos de la actividad).
- Debe reflejarse esas condiciones por escrito.
- Los trabajadores designados deben tener la capacidad para desarrollar las funciones preventivas.
3. Servicio de Prevención Propio (SPP):
- Obligatorio para empresas de más de 500 trabajadores o de más de 250 si la empresa pertenece al anexo 1 RSP.
- Cuando así lo decida la Autoridad Laboral.
- Deberá incluir como mínimo 2 especialidades.
- Los integrantes del SPP deben tener dedicación exclusiva.
4. Servicio de Prevención Ajeno (SPA):
- Modalidad más utilizada.
- Se puede concertar con un SPA o varios.
- Los SPA deben ser acreditados por la autoridad laboral.
- Los SPA deberán poder ofrecer las 4 especialidades preventivas.
5. Servicio de Prevención Mancomunado:
- SPP en el que varias empresas aportan los recursos necesarios para la actividad preventiva.
- Debe contar como mínimo con 3 especialidades preventivas.
Prevencion10.es
Es un servicio público de asesoramiento en materia de PRL para empresas de hasta 25 trabajadores y autónomos.
Auditoría del Sistema de Gestión de Prevención
Busca comprobar que se está cumpliendo con lo establecido en la normativa.
- Tienen obligación de someterse a una auditoría cada 4 años (2 empresas anexo 1) todas las empresas que asumen la gestión preventiva con recursos propios.
- Las empresas de hasta 49 trabajadores y que no estén en el anexo 1 estarán exentas.
- También cualquier empresa en el momento en que lo solicite la autoridad laboral.
Delegados de Prevención
- Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de PRL.
- Designados por y entre los representantes de los trabajadores.
Comité de Seguridad y Salud
Órgano de participación para la consulta de las actuaciones en PRL.
- Se constituirá en empresas o centros de 50 o más trabajadores.
- Se reunirá como mínimo cada 3 meses.
- El técnico de prevención puede participar con voz pero sin voto.
Evaluación de Riesgos
- Es la actividad de donde parten todas las acciones preventivas.
- Herramienta que va a valorar los riesgos que hay y a partir de ahí iniciar las acciones para minimizar esos riesgos.
- Las empresas de hasta 49 trabajadores podrán incluir en un único documento la Evaluación y la Planificación Preventiva.
1. Probabilidad (alta, media, baja)
2. Severidad (ligeramente dañino, dañino, extremadamente dañino)
- A) Trivial: no se requiere planificar acción específica.
- B) Tolerable: No se necesita mejorar la acción preventiva. Puede ser necesario hacer comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control disponibles.
- C) Moderado: el nivel de riesgo que se observa establece la necesidad de adoptar las medidas propuestas indicadas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un periodo determinado.
- D) Importante: el nivel de riesgo que se observa establece la necesidad de adoptar las medidas propuestas indicadas con la máxima prioridad.
- E) Intolerable: se pueden prever consecuencias extremadamente dañinas con una elevada probabilidad de que ocurra. Se puede llegar a paralizar la actividad.
Contenido de la Planificación de la Prevención
- Definición de objetivos.
- Listado de actividades.
- Cronograma de ejecución.
- Asignación de responsabilidades.
- Asignación de recursos.
- Verificaciones de control.
Vigilancia de la Salud
Consiste en la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud, su análisis, interpretación y utilización en la planificación, implementación y evaluación de programas de salud.
- Se ejerce mediante la observación continuada de las condiciones de trabajo (factores de riesgo) y los efectos de los mismos sobre el trabajador (riesgos).
1. Vigilancia de la Salud Individual:
Actuaciones sanitarias aplicadas personalmente a cada trabajador.
1.1. Reconocimiento médico:
- Debe ser específico en función de los riesgos, se deben evitar pruebas que excedan los objetivos preventivos.
- Voluntario para el trabajador.
- ¿Cuándo?:
- Inicial (entre la firma y la incorporación).
- Periódico.
- Tras ausencia prolongada por motivos de seguridad.
- Previo (para puestos en los que hay riesgo de enfermedad profesional).
- Resultados: Apto, no apto, apto con restricciones.
2. Vigilancia de la Salud Colectiva:
Actuaciones sanitarias que persiguen una visión de conjunto de la salud de colectivos o grupos de trabajadores.
3. Objetivos:
- Detección precoz de las repercusiones de las condiciones de trabajo sobre la salud del trabajador.
- Identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos.
- Colaborar en la adaptación de la tarea al trabajador.
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