02 Jun

Organización de la Prevención

Existen diferentes formas de organizar la prevención en una empresa:

1. Asumiendo el empresario la actividad:

  • Empresas de menos de 10 trabajadores o 25 en un solo centro de trabajo.
  • La actividad de la empresa no está incluida en el anexo 1 del RSP.
  • El empresario desarrolla su actividad físicamente en la empresa y tiene la capacidad para desarrollar las funciones preventivas.

2. Trabajador designado:

  • Pueden ser 1 o varios (dependerá del tamaño de la empresa y los riesgos de la actividad).
  • Debe reflejarse esas condiciones por escrito.
  • Los trabajadores designados deben tener la capacidad para desarrollar las funciones preventivas.

3. Servicio de Prevención Propio (SPP):

  • Obligatorio para empresas de más de 500 trabajadores o de más de 250 si la empresa pertenece al anexo 1 RSP.
  • Cuando así lo decida la Autoridad Laboral.
  • Deberá incluir como mínimo 2 especialidades.
  • Los integrantes del SPP deben tener dedicación exclusiva.

4. Servicio de Prevención Ajeno (SPA):

  • Modalidad más utilizada.
  • Se puede concertar con un SPA o varios.
  • Los SPA deben ser acreditados por la autoridad laboral.
  • Los SPA deberán poder ofrecer las 4 especialidades preventivas.

5. Servicio de Prevención Mancomunado:

  • SPP en el que varias empresas aportan los recursos necesarios para la actividad preventiva.
  • Debe contar como mínimo con 3 especialidades preventivas.

Prevencion10.es

Es un servicio público de asesoramiento en materia de PRL para empresas de hasta 25 trabajadores y autónomos.

Auditoría del Sistema de Gestión de Prevención

Busca comprobar que se está cumpliendo con lo establecido en la normativa.

  • Tienen obligación de someterse a una auditoría cada 4 años (2 empresas anexo 1) todas las empresas que asumen la gestión preventiva con recursos propios.
  • Las empresas de hasta 49 trabajadores y que no estén en el anexo 1 estarán exentas.
  • También cualquier empresa en el momento en que lo solicite la autoridad laboral.

Delegados de Prevención

  • Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de PRL.
  • Designados por y entre los representantes de los trabajadores.

Comité de Seguridad y Salud

Órgano de participación para la consulta de las actuaciones en PRL.

  • Se constituirá en empresas o centros de 50 o más trabajadores.
  • Se reunirá como mínimo cada 3 meses.
  • El técnico de prevención puede participar con voz pero sin voto.

Evaluación de Riesgos

  • Es la actividad de donde parten todas las acciones preventivas.
  • Herramienta que va a valorar los riesgos que hay y a partir de ahí iniciar las acciones para minimizar esos riesgos.
  • Las empresas de hasta 49 trabajadores podrán incluir en un único documento la Evaluación y la Planificación Preventiva.

1. Probabilidad (alta, media, baja)

2. Severidad (ligeramente dañino, dañino, extremadamente dañino)

  • A) Trivial: no se requiere planificar acción específica.
  • B) Tolerable: No se necesita mejorar la acción preventiva. Puede ser necesario hacer comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control disponibles.
  • C) Moderado: el nivel de riesgo que se observa establece la necesidad de adoptar las medidas propuestas indicadas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un periodo determinado.
  • D) Importante: el nivel de riesgo que se observa establece la necesidad de adoptar las medidas propuestas indicadas con la máxima prioridad.
  • E) Intolerable: se pueden prever consecuencias extremadamente dañinas con una elevada probabilidad de que ocurra. Se puede llegar a paralizar la actividad.

Contenido de la Planificación de la Prevención

  • Definición de objetivos.
  • Listado de actividades.
  • Cronograma de ejecución.
  • Asignación de responsabilidades.
  • Asignación de recursos.
  • Verificaciones de control.

Vigilancia de la Salud

Consiste en la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud, su análisis, interpretación y utilización en la planificación, implementación y evaluación de programas de salud.

  • Se ejerce mediante la observación continuada de las condiciones de trabajo (factores de riesgo) y los efectos de los mismos sobre el trabajador (riesgos).

1. Vigilancia de la Salud Individual:

Actuaciones sanitarias aplicadas personalmente a cada trabajador.

1.1. Reconocimiento médico:

  • Debe ser específico en función de los riesgos, se deben evitar pruebas que excedan los objetivos preventivos.
  • Voluntario para el trabajador.
  • ¿Cuándo?:
    • Inicial (entre la firma y la incorporación).
    • Periódico.
    • Tras ausencia prolongada por motivos de seguridad.
    • Previo (para puestos en los que hay riesgo de enfermedad profesional).
  • Resultados: Apto, no apto, apto con restricciones.

2. Vigilancia de la Salud Colectiva:

Actuaciones sanitarias que persiguen una visión de conjunto de la salud de colectivos o grupos de trabajadores.

3. Objetivos:

  • Detección precoz de las repercusiones de las condiciones de trabajo sobre la salud del trabajador.
  • Identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos.
  • Colaborar en la adaptación de la tarea al trabajador.

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