02 Jul

Aprovisionamiento:


El ciclo de la explotación de la empresa comienza con la compra de producto y termina con la venta y cobro de los mismos. Su función es adquirir de forma adecuada los productos necesarios para el desarrollo de la actividad de la empresa. El encargado es el dpto. De compras. Deberá tener aspectos: La calidad-requisitos del producto. El plazo de entrega-tiempo desde pedido hasta que llega. El precio, la cantidad, el servicio-conjunto de prestaciones de proveedores. Sus objetivos son racionalizar los recursos empleados, dar un servicio eficaz.

Dpto. De compras:


es el encargado de realizar las adquisiciones y de seleccionar a los proveedores consiguiendo condiciones óptimas en calidad y precio, comprobaran los dpto. De: producto-realiza la solicitud de compra, calidad, inspección del pedido-aceptación del pedido, stock-nivel de existencias, pago a proveedores-pacta plazo de entrega.

Presupuesto de compras:


el presupuesto anual es alcanzar un equilibrio satisfactorio entre producto y las compras. Tiene: previsión de la cantidad de producto necesario para la producción y la fecha de recepción, coste previsto, nivel de existencias, programación temporal de las compras.

Mercado:


conjunto de oferentes y demandantes, diferencias: por el bien o servicio, por  las carácterísticas de compradores, por el ámbito geográfico.

Proveedores:


Personas que abastecen a la empresa de los productos necesarios para su desarrollo, establecen acuerdos claros y concretos. Estudian el mercado de proveedores, realizar un fichero de proveed. Analizar la situación.

Contrato de compraventa Mercantil:



Carácterísticas

Que exista intención de reventa, animo de lucrarse, que se de entre empresarios.

Validez:

requisitos: consentimiento de contratantes, conjuntos de cosas objeto, la causa del contrato.

Forma:


puede formalizarse de palabra, escrito o escritura pública.

Efectos:

Obligación vendedor: entregar la cosa vendida, sanear el objeto de venta. Oblig. Comprador: pagar el precio, recibir el objeto.

Estructura contr.Compraventa:


Encabezamiento:

lugar y fecha.

Cuerpo:

recoge datos identificativos: razón, domicilio, fecha, datos, nombre… exponen: motivo. Clausulas: condiciones.

Pie:

firma de ambos.

INCONTERMS:


carecen de fuerza normativa legal, uso habitual a nivel mundial versión e 1990. Dividida: Categorías: E-vendedor pone mercancías. F-vendedor encargado de entregar mercancía. C- vendedor contrata transporte. D-vendedor paga todos los gastos.

Cont. Compraventa inmueble:


vendedor se compromete a entregar el inmueble objeto al comprador a cambio de un precio, se lleva a escritura pública y al Registro de la Propiedad, se firma ante notario. No es susceptible de traslado. Hay: bienes inmuebles por naturaleza, pro incorporación, por destino, por analogía.

Elementos:

vendedor, comprador, el registrador de la propiedad, el notario y el gestor administrativo.

Compraventa a plazos:


el vendedor entrega al comprador una cosa mueble corporal a cambio de un precio fraccionado. El precio tiene que estar aplazado más de 3 meses, la cantidad nunca inferior al total, venta a plazos.

Exclusiones:

los bienes muebles que se destinen a la reventa, las ventas que se realicen sin ánimo de lucro, préstamos con hipotecas sin desplazamientos, nunca inferior a los 1.800 €.

Forma:

deberá formalizarse por escrito, con tantos ejemplares como personas y obligatorio: fecha, lugar, identificación, descripción del bien, precio, desembolso inicial, numero de plazos, tipo de interés, tasa anual equivalente, relación de elementos, posibilidad de cesión, prohibición de enajenar, domicilio, tasación del bien.

Contrato suministro o adhesión:


el suministrador se obliga a realizar prestaciones continuadas a cambio de un precio.

Clases:

contratos públicos de suministro: titulo oneroso, celebrados por escrito. Contratos privados de suministro: titulo oneroso celebrados por escrito.

Forma:

se harán por escrito, contemplar el precio de adquisición, el periodo temporal del suministro así como el sistema de liquidación.

Leasing:


regulado por la Ley 28/88, es un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra la cual se ejercerá por el valor residual del bien.

Ventajas:

financiar sus activos, mayor liquidez, renovación frecuente, cuotas con gasto deducible.

Inconvenientes:

problemas legales uso profesional, no se puede cancelar, se financia la inversión inicial. El arrendatario puede: comprar, no comprar, renovar el contrato.

Clases:

Leasing financiero: contrato irrevocable. Leasing operativo: contrato revocable. Leasing back: venta de un bien con intención de arrendarlo.

Renting:


Es el arrendamiento de un bien sin opción a compra, no es un producto financiero, incluye los gastos.

Franquicia:


contrato mediante el cual la empresa franquiciadora suministra bienes. El franquiciador debe inscribirse en el Registro de franquiciadores.

Elementos:

el franquiciador, el franquiciado, marca o logotipo, know-how.

Clasificación Franquicias:

Distribución, fabricación, servicio.

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