12 May
Sistema deportivo
Rodríguez y Barrio pedro (2003), definen por sistema deportivo al conjunto de instituciones, organizaciones, recursos y formas de ejercicio de la deportiva que identifican una sociedad territorialmente delimitada. Este sistema tiene a su vez dos subsistemas esenciales:
-El modelo deportivo competitivo
– La actividad deportiva de carácter espontáneo y no organizada.
Elementos del sistema deportivo:
– El ordenamiento jurídico del sistema deportivo. Determina el orden, relaciones y contiene la normativa que se desarrolla en su conjunto y cada uno de sus elementos.
– La estructura deportiva. Compuesta por un sector público y un sector privado sin ánimo de lucro representado por el tejido asociativo y un sector privado mercantil.
-Infraestructura deportiva. Constituye el equipamiento necesario para el desarrollo de las actividades deportivas. Puede ser pública o privada.
– Recursos económicos. Subvención, patrocinio y la propia aportación del usuario.
-Recursos humanos. Dirigentes, técnicos, voluntarios y personal auxiliar.
Competencias del CSD
– Autorizar o denegar, previa conformidad del ministerio de asuntos exteriores, la celebración en territorio Español de competiciones deportivas oficiales de carácter internacional, así como la participación de las selecciones españolas en las competiciones internacionales.
– Reconocer, a los efectos de esta Ley la existencia de una modalidad deportiva.
– Clasificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.
– Actualizar permanentemente el censo de instalaciones deportivas con colaboración con la C.A.
– Coordinar con la comunidad autónoma el deporte escolar y universitario cuanto exista proyección nacional e internacional.
Consejo Superior de Deportes
Está definido en la Ley 10/1990, del 15 de octubre del Deportes, como un
organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la presidencia del
Gobierno, a través del cual se ejerce la actuación de la Administración del Estado
en el ámbito del deporte. Tiene rango administrativo de secretaría de estado.
El estado ejerce sus competencias en matera deportiva a través del CSD.
Organigrama de CSD
El deporte en la constitución 1978
La constitución española de 1978 incorpora los preceptos de gran trascendencia en relación con el deporte. Art. 43.3 y 148.1.19. LA consideración o no de la actividad deportiva como derecho indiscutiblemente unido a la posición sistemática del citado artículo 43 de la constitución.
“Los poderes públicos fomentaran la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo, facilitarán lo adecuada utilización del ocio”
La conclusión es que se establece un principio recto, un deber de los poderes públicos de fomento del deporte y no el expreso reconocimiento a los ciudadanos de un derecho fundamental del deporte.
Comité Olímpico Español
La Ley la define como una asociación sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica cuyo objeto consiste en el desarrollo del movimiento olímpico y la difusión de los ideales olímpicos.
El COE organiza la inscripción y participación de los deportistas Españoles en los JJOO, colabora en su preparación y estimula la práctica de los representados en dichos juegos.
El deporte de alto nivel
Se considera deporte de alto nivel la práctica deportiva en la que ocurran las exigencias técnicas y científicas de su preparación y la función representativa de España que permita una confrontación deportiva con garantía de un máximo rendimiento y competitividad n el ámbito internacional.
Con deportistas de alto nivel aquellos que figuren en las listas elaboradas anualmente por CSD, en colaboración con las federaciones deportivas españolas y, en su c caso con las C.A, teniendo también esta consideración la deportista con minusvalías físicas, psíquicas o sociales.
Los criterios selectivos de carácter objetivo para acceder la condición de deportista de alto nivel están regulados por el Real Decreto 1467/19997 de primeros de septiembre, los cuales tienen que ser adaptados periódicamente a los cambios que se produzcan en el ámbito deportivo. ¿Cómo se puede perder la condición don?
Clubes deportivos
Dos tipos: Básico y elementales. Según establece el artículo 13 de la Ley del Deporte 10/1990 de 15 de octubre “son asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas que tengas como objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas ala práctica de las mismas por sus asociadas, así como la participación en actos y competiciones deportistas”.Con las entidades más significativas en el tejido asociativo privado, para poder ostentar los derechos que le corresponden, deben suscribirse en el registro de asociaciones deportivas y, si además quieren participar en competición oficiales, deben inscribirse también en la federación deportiva correspondiente. Estas organizaciones ofrecen a todas las personas la posibilidad de practicas deportiva seca 10 cal, regional o nacional, aunque no siempre orientan su filosofía hacia la idea deporte para todos.
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