16 Ago

Fuentes de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI)

Primera Fuente

La primera fuente de la DSI es, evidentemente, la Sagrada Escritura, es decir, el Antiguo y el Nuevo Testamento, con el predominio del Evangelio.

Segunda Fuente

La segunda fuente viene constituida por:

  • La Tradición, es decir, la enseñanza de los Santos Padres en materia social.
  • El Magisterio conciliar (sobre todo, el Concilio Vaticano II), ordinario y local.
  • Los tratados y textos de los Teólogos católicos que se han ocupado de la misma.

Tercera Fuente

La tercera fuente es la razón. La DSI es, por ende, racional.

Cuarta Fuente (Complementaria)

La cuarta fuente, que más que cuarta, habría que catalogarla de complementaria, es la necesaria relación y contacto que debe tener la DSI con las demás ciencias sociales: Antropología (especialmente), Historia, Derecho, Sociología, Economía, Política…

Concilio Vaticano II:

  1. Gaudium et Spes.
  2. Apostolicam Actuositatem.
  3. Gravissimum Educationis.
  4. Dignitatis Humanae.

Magisterio:

  1. León XIII: Rerum Novarum
  2. Pío XI: Quadragesimo Anno; Mit Brenender Sorge.
  3. Pío XII: In questo giorno; Grazie; La solemnitá.
  4. Juan XXIII: Mater et Magistra; Pacem in Terris.
  5. Pablo VI: Populorum Progressio; Octogesima Adveniens; Evangelii Nuntiandi.
  6. Juan Pablo II: Laborem Exercens; Familiaris Consortio; Sollicitudo Rei Sociales; Mulieris Dignitatem; Christefidelis Laici; Centessimus Annus; Evangelium Vitae.
  7. Benedicto XVI : Deus Caritas Est ; Caritas in Veritate.
Puntualizaciones:
  1. No todos los textos del Magisterio son Encíclicas.
  2. Hay muchas clases de Encíclicas. Nosotros vamos a utilizar las sociales.
  3. Antes de León XIII hubo manifestaciones en textos del Magisterio sobre la cuestión social, pero se empieza por la Rerum Novarum por su trascendencia, relevancia y por ser la primera que íntegramente se dedicó a esta materia.

Legitimidad de la DSI

El Evangelio de Jesucristo es un mensaje de libertad y una fuerza de liberación: ante todo y principalmente, es liberación de la esclavitud radical del pecado; es, por ello, liberación integral.

Dos Cuestiones Fundamentales:

– La primera: Relacionar “esclavitud radical del pecado” con la política, la cultura, la economía o la sociedad puede ser cuestionado. Se puede pensar que no tiene ninguna relación.

Es una manera de decir que las personas que se dedican a tales funciones ejercerán mal las mismas si en lugar de vivirlas con valores las viven con desvalores; si en lugar de ejercerlas con virtudes, caen en los vicios. No es lo mismo ser un político solidario que egoísta; que mira por los intereses de la sociedad (el bien común) que por sus intereses…

– La segunda: ¿Cómo anunciar el Evangelio a fin de que sea comprendido y acogido libremente por todos? Es el problema de la relación entre Evangelio y cultura.

La Revelación y el Evangelio ciertamente no se identifican con la cultura y son independientes respecto a todas las culturas. Con todo eso el reino que el evangelio anuncia es vivido por hombres profundamente ligados a una cultura, y la construcción del reino no puede dejar de valerse de los elementos de la cultura y de las culturas humanas. Independientes frente a las culturas, el evangelio y la evangelización no son necesariamente incompatibles con ellas, sino capaces de impregnarlas todas, sin servirse de alguna.

Es necesario, pues, una inculturación de la Fe, a fin de que el Evangelio sea posiblemente conocido y aceptado por todos, y sea fermento del mundo nuevo que nace.

Tres Motivos que Legitiman la Intervención de la Iglesia:

– Primer motivo (Moral): La Iglesia tiene competencia para intervenir en cuestiones sociales, económicas y políticas en la medida en que ellas atañen o afectan al campo moral.

– Segundo motivo (Dimensión histórica): La revelación cristiana tiene una esencial dimensión histórica: La economía de la salvación es historia, que todavía se está formando. Es el “ya pero todavía no”, por eso la estamos construyendo.

– Tercer motivo (Función de enseñar): La Iglesia, al ser Madre, tiene la función de enseñar a sus hijos (Código de Derecho Canónico). Esta función es obvia ad intra. Ad extra, entra dentro del Derecho Fundamental a la Libertad de Expresión, por lo que se la escucha si se quiere.

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