21 Nov
1. Empresa
Es la unidad básica de producción cuya función es crear o incrementar la utilidad de los bienes, utilizando para ello un conjunto de factores productivos que son coordinados por el empresario.
- Las empresas coordinan los factores de producción. La búsqueda de formas más eficientes de utilizar los recursos escasos ha propiciado un incremento continuo de la división del trabajo y de la especialización, con el consiguiente aumento de la productividad.
- Las empresas crean o aumentan la utilidad de los bienes. Al transformar materias primas en productos, las empresas crean o aumentan la utilidad de los bienes, es decir, incrementan su capacidad para satisfacer las necesidades humanas.
- Las empresas asumen riesgos. La empresa paga rentas por anticipado, todo ello lo paga antes de elaborar los productos y venderlos. Es decir, asume el riesgo de pagar por adelantado los recursos que necesita para realizar su actividad.
- Las empresas crean riqueza y generan empleo. Las empresas cumplen con una importante función social al contribuir al desarrollo económico de la sociedad: crean empleo y generan rentas, desarrollan investigaciones e innovaciones que aumentan la calidad de los bienes y servicios, mejorando con ello la calidad de vida de los ciudadanos.
2. Empresario
Persona o grupo de personas que dirige la empresa y que se encarga de las funciones de planificación, organización, gestión y control. Hoy las empresas tienen que enfrentarse a un entorno caracterizado por su complejidad y dinamismo a causa del aumento de tamaño de las empresas, cuya propiedad está repartida en varios accionistas, y los cambios tecnológicos y sociales, la globalización y el aumento de la competencia. El empresario hoy en día tiene que hacer las cuatro funciones anteriores independientemente de que sea o no propietario. Además, en las grandes empresas está dividido en accionistas y controlado por un consejo de administración, el cual muchas veces tiene más decisión que el propio propietario. Por el contrario, en las pequeñas empresas el propietario y el empresario suele ser la misma persona.
3. Persona Jurídica
En las empresas societarias o sociedades mercantiles, estas se constituyen por varias personas que, mediante un contrato, se obligan a poner en común capital o trabajo, o ambos, para el desarrollo de una actividad empresarial. El contrato crea una persona jurídica nueva y distinta de las personas físicas que componen la sociedad.
4. Acción (o acciones) de una Sociedad
Títulos que representan cada una de las partes iguales en las que se divide el capital de una S.A. y que dan a su poseedor la condición de socio accionista, así como el derecho a participar en la gestión de la empresa y en sus beneficios. Pueden ser nominativas, cuando en ellas aparece el nombre de su titular, o al portador, si no consta el nombre del titular. Las acciones confieren los siguientes derechos a los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación, en caso de que se disuelva la sociedad.
- Tener preferencia para adquirir nuevas acciones si se amplía el capital.
- Votar en la junta general en función del número de acciones que se posean.
- Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
5. Participaciones (de una sociedad)
Son títulos que representan cada una de las partes iguales en las que una sociedad limitada se divide. Estas se llaman participaciones, con las que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado. Las participaciones confieren los siguientes derechos a los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación, en caso de que se disuelva la sociedad.
- Tener preferencia para adquirir nuevas participaciones si se amplía el capital.
- Votar en la junta general en función del número de participaciones que se posean.
- Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
6. Capital Social
Es el valor monetario del conjunto de las aportaciones (en dinero o en bienes) de los socios de una sociedad. Cumple una función de garantía frente a terceros, dado que constituye la referencia de la efectiva aportación patrimonial a la sociedad. Su cuantía podrá variar con nuevas aportaciones de los socios a lo largo de la vida de la empresa. En cada sociedad, el capital social se reparte de forma diferente:
- Sociedad colectiva: los socios aportan capital y trabajo y responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.
- Sociedad comanditaria simple: en ella los socios comanditarios son los que aportan el capital, no intervienen en la gestión de la sociedad, tienen limitada su responsabilidad al capital aportado y participan en los beneficios en proporción a su aportación.
- Sociedad limitada: el capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones, y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado.
- Sociedades anónimas: el capital social está dividido en partes iguales, llamadas acciones, y en la que la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
- Sociedades cooperativas: los cooperativistas aportan capital y trabajo y su responsabilidad queda limitada al capital aportado.
- Sociedades laborales: la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ella sus servicios y cuya relación laboral es por tiempo indefinido.
7. Sociedad Anónima
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en partes iguales, llamadas acciones, y en la que la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada. Las características son:
- Son sociedades capitalistas que se constituyen con aportaciones en dinero, bienes o derechos de los socios.
- El capital mínimo es de 60.101,21 euros, y deberá estar totalmente suscrito y desembolsado, al menos en un 25% en el momento de constituirse la sociedad.
- La sociedad se puede constituir con uno o más socios.
- Los socios tienen su responsabilidad limitada al capital aportado.
- En su denominación o razón social, junto con el nombre, deberá figurar la expresión «Sociedad Anónima» o «S.A.»
Órganos del Gobierno
Los órganos del gobierno de esta sociedad son la junta general de accionistas, en la que participan los accionistas para deliberar y decidir sobre los estatutos, elegir a los administradores y aprobar las cuentas anuales. Esta junta puede optar por:
- Junta general ordinaria: se reúne en los seis primeros meses para la gestión de administradores.
- Junta general extraordinaria: para asuntos urgentes.
- Junta universal: cuando están todos los accionistas.
8. Sociedad Limitada
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones, y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado. Sus características son:
- Puede ser constituida con uno o más socios.
- El capital social no puede ser inferior a 3000 euros.
- La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada, que puede ser en dinero, bienes o derechos.
- Se denomina como Sociedad Limitada, S.L.
Órganos de Gobierno
Sus órganos de gobierno son:
- Junta general: es el órgano supremo de la sociedad y en ella están representados todos los socios.
- Administradores: pueden ser socios o no, y se encargan de la gestión de la empresa y ejecutar decisiones.
Hay dos variantes:
- Sociedad limitada nueva empresa (S.L.N.E): en esta se facilitan los primeros pasos.
- Sociedad limitada de formación sucesiva (S.L.F.S): en la que no se exige el requisito de capital mínimo.
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