20 Nov
La Empresa o Establecimiento Mercantil
Organización de los factores de producción dirigida a suministrar al mercado bienes o servicios con fin de lucro.
Elementos:
- Bienes materiales:
- Inmuebles
- Bienes muebles
- Fondo de comercio: Elemento autónomo integrado por un conjunto de bienes inmateriales.
- Clientela
- Nombre comercial
- Expectativas de negocio
- Trabajadores
Los Contratos Celebrados Fuera de Comercio
Se establecen normas protectoras de los consumidores.
Ámbito de Aplicación
- Positiva: Los que tengan lugar fuera del establecimiento.
- Negativa: Gran número de excepciones.
Régimen Jurídico
- Perfección: Obligaciones que se imponen al empresario (el incumplimiento acarrea la anulabilidad a instancia del consumidor).
- Contrato por escrito en dos ejemplares junto con documento de revocación.
- Referencia clara al derecho de revocación.
- Entrega al consumidor de uno de los ejemplares y el documento de revocación.
- Eficacia: El consumidor podrá revocar en el plazo de 7 días sin necesidad de causa alguna.
- Si se ejerce el desistimiento, las partes deberán devolverse las prestaciones.
- Es posible incluso si el consumidor no puede devolver el bien.
La Propiedad Industrial
Consideración General
La que adquiere el inventor o creador respecto de un invento industrial, o el empresario respecto de los signos distintivos de su actividad. Derechos que dan lugar a unos bienes inmateriales.
Modalidades:
- Sobre signos distintivos del empresario (marcas).
- Sobre creaciones o invenciones industriales (patentes).
Importancia de la protección internacional, punto de partida Convenio de París de 1883.
La Marca
La finalidad era identificar tus productos y generar una clientela. Es un signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de un empresario. Se adquiere el derecho por el registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Excepción a la marca notoria que podrá solicitar la anulación de una marca registrada. Concede a su titular el derecho exclusivo a utilizar la marca identificando con ella sus productos o servicios. Puede ser susceptible de negocios jurídicos. Tiene la obligación de usarla, y el nombre comercial es el signo gráfico que sirve para distinguir a una empresa de las demás.
La Patente
Protección de las invenciones industriales: las patentes y los modelos de utilidad.
Patente: Da derecho a explotar de forma exclusiva por un máximo de 20 años una invención susceptible de aplicación industrial.
Invenciones patentables: características.
- Nueva: No conocida anteriormente por el público.
- Resultado de la actividad inventiva.
- Susceptible de aplicación industrial.
Excluidas: teorías, software…
Titularidad: Pertenecen al inventor, al empresario si en virtud de contrato de trabajo.
Exclusiva explotación: Impedir a terceros la fabricación.
Modelos de utilidad: Invenciones menores. Dar a un objeto una configuración o estructura de la que resulte una ventaja para su uso o fabricación.
La Protección del Diseño Industrial
Apariencia de todo o parte de un producto. Puede protegerse mediante inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Derecho 5 años, prorrogable a 25. Solo diseños nuevos y que tengan un carácter singular.
Registro Mercantil
Importancia de la actividad empresarial – es necesaria dotarla de seguridad y publicidad.
Registro Mercantil: Institución administrativa destinada a la inscripción de personas, cosas o actos referentes a la negociación mercantil a las que debe darse publicidad.
Funciones:
- Ser instrumento de publicidad de determinadas situaciones jurídicas de los empresarios.
- Legalización de los libros de los empresarios.
- Nombramiento de expertos independientes y en ocasiones auditores.
- Depósito y publicidad de las cuentas anuales.
Registro Mercantil Central: Dar publicidad informativa a datos de registros provinciales, archivo de denominaciones de sociedades y publicación de BORME.
Los Principios de la Publicidad Registral
- Obligatoriedad de la inscripción.
- Titulación pública.
- Principio de legalidad.
- Legitimación.
- Fe pública.
- Oponibilidad.
- Prioridad.
- Tracto sucesivo.
- Publicidad formal.
Consideración General
El empresario necesita colaboradores.
- Colaboradores independientes: Normalmente la relación se concreta mediante contratos de agencia, mediación o comisión.
- Colaboradores dependientes o subordinados: Si se les otorgan poderes y actúan en nombre y representación del empresario de forma estable, se consideran auxiliares del empresario.
- Apoderados generales (el factor).
- Singulares (el dependiente y el mancebo).
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