03 Feb

Fundamentos del Derecho Laboral

La Relación Laboral

La relación laboral se caracteriza por:

  • Voluntaria: Se formaliza con la firma del contrato laboral por ambas partes.
  • Personal: El trabajo debe ser desempeñado personalmente por el trabajador.
  • Dependiente: El empleador dirige, organiza y aplica el régimen sancionador o premia al trabajador.
  • Retribuida: El trabajador recibe un salario como contraprestación por su desempeño.
  • Por cuenta ajena: El resultado del trabajo es propiedad del empleador, no del empleado.

Convenio Colectivo

La RAE define convenio colectivo como un acuerdo escrito entre uno o varios empresarios y una o varias organizaciones de trabajadores. Se divide en dos aspectos:

Aspectos del Convenio Colectivo

  • Económicos: Salario, retribución, horas extras.
  • Laborales: Permisos, licencias, formación, sanciones.

Elaboración del Convenio Colectivo

  1. Fase de comunicación: Comunicación escrita por ambas partes.
  2. Formación de la comisión negociadora: Se elabora un calendario de negociación.
  3. Fase de acuerdo: Se llega a un acuerdo por mayoría.
  4. Registro y depósito del convenio: Se presenta ante la autoridad competente en un plazo de 15 días.
  5. Publicación en el boletín: En un plazo máximo de 20 días en el BOE.

El Contrato de Trabajo

La definición de contrato de trabajo se encuentra en el artículo 1254 del Código Civil: «El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.»

Elementos del Contrato

  • Objeto: Debe ser determinado, posible y lícito.
  • Causa: Justificación de la obligación, debe ser lícita y verdadera.
  • Consentimiento: Voluntariedad de las partes.

Capacidad para Contratar

Mayores de 18 años, menores de 18 con autorización de los padres y extranjeros con la normativa vigente.

Tipos de Contrato

  • Contrato indefinido
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción (duración máxima de 4 semanas).

Fases del Proceso de Contratación

  1. Elegir el modelo de contrato adecuado.
  2. Elaborar el contrato según el modelo inicial.
  3. Tramitar el alta del trabajador en la Seguridad Social (hasta 60 días naturales).
  4. Comunicar el contrato al servicio público de empleo (máximo 10 días naturales).
  5. Comunicar prórrogas o modificaciones en la Seguridad Social (máximo 3 días naturales) y al servicio público de empleo (máximo 10 días).
  6. Comunicar el fin de la relación laboral y la baja en la Seguridad Social (máximo 3 días naturales).

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA abona salarios e indemnizaciones por despido cuando las empresas no lo hacen por insolvencia o concurso de acreedores. Los beneficiarios son los trabajadores por cuenta ajena.

La Seguridad Social

El origen de la Seguridad Social se remonta a 1883 con la creación de la Comisión de las Reformas Sociales. Su público objetivo es:

  1. Trabajadores (afiliación, cotización, prestaciones y pensiones).
  2. Pensionistas (gestión y pago de pensiones).
  3. Empresarios (inscripción, cotización, información sobre prestaciones).

Servicio Público de Empleo (SEPE)

Público objetivo: Trabajadores activos, desempleados, empresas, jóvenes y emprendedores.

Misión:

  • Desarrollo de la política de empleo.
  • Gestión del sistema de protección por desempleo.
  • Garantizar la información sobre el mercado de trabajo.
  • Conseguir la inserción y permanencia en el mercado laboral.

Servicios del SEPE

  • Personas: Encontrar trabajo, formación, prestaciones.
  • Empresas: Ofertas de trabajo, contratos, servicios e información.
  • Emprendedores y autónomos: Trabajo por cuenta propia, prestaciones, incentivos y ayudas.

El Derecho Laboral

El derecho laboral regula las relaciones laborales mediante:

  • Disposiciones legales.
  • Convenios colectivos.
  • Voluntad de las partes.
  • Usos y costumbres locales.

Fuentes del Derecho Laboral

Fuentes Externas
  • Tratados internacionales.
  • Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  • Derecho ordinario.
Fuentes Internas
  • Constitución Española.
  • Ley ordinaria y orgánica.
  • Decreto ley.
  • Reglamentos.
  • Convenio colectivo.
  • Contrato de trabajo.
  • Usos y costumbres.

Principios del Derecho Laboral

  1. Principio de Irrenunciabilidad.
  2. Principio de centralidad en la persona del trabajador.
  3. Principio de jerarquía normativa.
  4. Principio de condición más beneficiosa.
  5. Principio de igualdad de trato.
  6. Principio de in dubio pro operario.

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