11 Jun
Horarios de Oficina de Farmacia
Horario mínimo: Periodo de tiempo durante el cual las oficinas de farmacia deben permanecer abiertas y prestar atención farmacéutica, sin tener en cuenta los turnos de guardia. Depende de la comunidad autónoma, pero suele ser 40 horas semanales. Los horarios son: de lunes a viernes jornada de mañana y tarde. Los sábados, jornada de mañana.
Horario ampliado: Es el que pueden realizar las oficinas de farmacia por encima del horario mínimo obligatorio, durante todos los días del año.
Servicios de guardia: Se organizan fuera del horario mínimo de forma que se cubran todas las horas del día. Se requiere presencia de un farmacéutico y se organizan mediante turnos rotatorios entre distintas farmacias. Hay dos tipos de guardia:
- Guardia diurna: Son los servicios que se prestan de forma ininterrumpida, desde la hora de inicio del horario mínimo hasta la hora que se fije.
- Guardia 24 horas: Son los servicios que se prestan de manera ininterrumpida desde la hora de inicio del horario mínimo hasta la misma hora del día siguiente.
Vacaciones: Las oficinas de farmacia pueden permanecer cerradas por vacaciones por un periodo máximo de tiempo de 1 mes al año.
Código Deontológico Farmacéutico
El código deontológico farmacéutico es el conjunto de principios y normas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del farmacéutico y de todos los empleados de la oficina de farmacia en el ejercicio de sus funciones según sus atribuciones profesionales. Los técnicos en farmacia y parafarmacia no tienen un código deontológico propio, pero son aplicables la mayoría de los enunciados del código de farmacéuticos. En el código deontológico se recoge el secreto profesional que es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de guardar la confidencialidad sobre la información que conocen y han recibido de sus clientes.
Los Botiquines
Establecimiento sanitario que depende de una oficina de farmacia, en el que se presta asistencia farmacéutica a un conjunto de población determinado. Los botiquines se abren en zonas rurales o en núcleos de población en los que no exista una farmacia o sea difícil acceder a la farmacia más cercana. Los botiquines se pueden abrir temporalmente también en zonas donde la población de un municipio se vea incrementada por una alta afluencia de turismo. Requieren la presencia de un farmacéutico.
Ley 4/2005 de Ordenación Farmacéutica de Canarias
Recoge entre otras las siguientes características (Artículo 8. Definición y funciones):
- Establecimientos sanitarios privados de interés público sujetos a planificación sanitaria que establezcan las comunidades autónomas.
- Las actividades que se llevan a cabo van destinadas a la correcta adquisición, custodia, conservación, distribución y dispensación de los medicamentos; siempre dichas actividades estarán bajo la responsabilidad y supervisión de un farmacéutico.
- La colaboración con el Sistema Nacional de Salud y mutualismo laboral en la prestación farmacéutica.
Distribución de Farmacias en España
La distribución de las farmacias en el territorio español la regulan las comunidades autónomas. El número y localización de las oficinas de farmacia se determinan según:
- Criterios demográficos: Número de habitantes de una zona (mínimo 2800 por oficina de farmacia).
- Criterios geográficos y de dispersión de la población: Tienen en cuenta la distancia que han de recorrer los habitantes de una zona hasta la oficina de farmacia más próxima, garantizando que toda la población reciba asistencia farmacéutica adecuada.
Zonas de Atención Farmacéutica
Demarcaciones territoriales de referencia de la Ley de Ordenación Farmacéutica de Canarias. Cada zona farmacéutica contará, al menos, con una oficina de farmacia.
- Módulo de población: 2800 habitantes por oficina de farmacia, pudiendo autorizarse una segunda, una vez superado el módulo anterior, por fracción superior a 2000 habitantes.
Profesionales de la Farmacia
En la farmacia podemos encontrar distintos profesionales, cada uno de ellos con cometidos y responsabilidades:
Personal Facultativo (Licenciados o Doctores en Farmacia)
- Farmacéutico regente: Ejerce las funciones temporalmente, asume responsabilidades de titular o cotitular.
- Farmacéutico sustituto: Ejerce funciones y asume responsabilidades de titular o cotitular, con carácter temporal.
- Farmacéutico adjunto: Personal contratado que ejerce bajo la dirección del farmacéutico titular, cotitular, el regente o el sustituto.
Personal Técnico
- Técnico en farmacia: Titulado en formación profesional.
- Auxiliar de farmacia: Después de haber desempeñado durante 4 años las funciones de ayudante, colabora o realiza determinadas funciones.
Personal Administrativo
- Realiza tareas administrativas.
Personal Subalterno
- Mozo: Transporte de mercancía.
- Personal de limpieza: Realiza la limpieza.
Almacenes de Medicamentos en Centros de Salud
En los centros de salud deben existir almacenes de medicamentos destinados a pacientes en situaciones de urgencia, ya sea porque necesitan una atención terapéutica inmediata o porque requieren una estabilización para su traslado al hospital de referencia. Proporcionan la atención farmacéutica a este tipo de centros, pero no realizan la dispensación de medicamentos a los usuarios. Para ello deben estar bajo la supervisión de un farmacéutico/a.
Servicios de Farmacia Hospitalaria
Están bajo la titularidad y responsabilidad de un farmacéutico especialista en farmacia hospitalaria. Son estructuras que dan atención farmacéutica a los pacientes durante ingreso hospitalario y de forma ambulatoria. Desarrollan labores de carácter asistencial, gestión, docencia e investigación, además de participar en la formación de farmacéuticos y técnicos. Los servicios de farmacia de un hospital se localizan en lugares que faciliten la recepción de los medicamentos, próximos a ascensores o montacargas para permitir cómoda distribución de los medicamentos a las unidades de enfermería. El servicio está organizado en diferentes áreas, las principales son:
- Área de dispensación.
- Área de elaboración.
- Centro de información de medicamentos.
- Almacén.
- Administración y gestión.
- Investigación y docencia.
Área de Unidosis
En ella se prepara la medicación necesaria para cada paciente y se distribuye en dosis unitarias.
Depósitos de Medicamentos
Los centros hospitalarios pequeños que no están obligados a establecer un servicio de farmacia hospitalaria, cuentan con un depósito de medicamentos, vinculado a una oficina de farmacia o a un servicio de farmacia de hospital de la misma área de salud. El farmacéutico que atiende el depósito es el responsable, junto con el titular de la oficina de farmacia o con el jefe de servicio de la farmacia a la cual el depósito esté vinculado, de la existencia y movimientos de medicamentos de manera que queden cubiertas las necesidades del centro las 24 horas.
Centros Sociosanitarios
Se trata de centros geriátricos, psiquiátricos y centros penitenciarios, en los que hay un servicio de farmacia a cargo de farmacéuticos, podrían también estar a cargo de médicos y personal de enfermería. Suelen depender de una oficina de farmacia o del hospital de referencia del Área de Salud. En ellos se maneja gran cantidad de medicación (por las características de los internados).
Dispensación de Medicamentos Veterinarios
Los medicamentos de uso veterinario se pueden dispensar en:
- Las oficinas de farmacia.
- En las entidades o agrupaciones ganaderas.
- En los establecimientos comerciales detallistas legalmente autorizados.
Los puntos b y c se podrán realizar siempre que cuenten con un servicio farmacéutico responsable de la custodia, conservación y dispensación de estos medicamentos.
Las farmacias dispensan medicamentos veterinarios con receta y son las únicas autorizadas para la elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales para uso animal. Las oficinas de farmacia deben garantizar las condiciones de conservación de los medicamentos y la documentación de entrada y salida de los mismos.
Responsabilidades del Veterinario
El veterinario responsable no podrá dispensar los medicamentos para tratar a los animales, está autorizado para la tenencia, transporte, aplicación, uso o administración de los mismos. El veterinario podrá aplicar o administrar los medicamentos bajo su responsabilidad (prescritos por él mismo). Podrá entregar al propietario o responsable del animal exclusivamente los medicamentos necesarios para la continuidad del tratamiento iniciado, cuando dicha continuidad pudiera verse afectada.
El veterinario tiene una serie de obligaciones respecto a los medicamentos que utiliza:
- Comunicar a la autoridad competente que dispone de medicamentos y dónde se ubican para verificar el cumplimiento de las condiciones sanitarias.
- Llevar un registro de cada entrada y uso de los medicamentos sujetos a prescripción veterinaria. Este registro debe contener:
- La fecha.
- Identificación del medicamento.
- El número de lote.
- La cantidad recibida o administrada.
- Para la entrada: el nombre y dirección del suministrador.
- Para el uso: la identificación del animal.
Las entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas que cuenten con servicio farmacéutico responsable de la custodia y conservación de los medicamentos, podrán dispensarlos para el uso exclusivo de sus miembros. Los medicamentos veterinarios que no requieren prescripción veterinaria destinados a perros, gatos, animales de terrario, pájaros domiciliarios, peces de acuario y pequeños roedores podrán distribuirse o venderse por establecimientos diferentes a los indicados.
Productos de Parafarmacia
La venta de parafarmacia no se considera una actividad sanitaria. Las parafarmacias tienen libertad para fijar los precios de venta de sus productos y realizar descuentos. Algunos laboratorios farmacéuticos y grandes multinacionales cosméticas pueden fijar precios e imponer sus condiciones de venta.
Colegios Oficiales de Farmacéuticos
Los farmacéuticos deben estar colegiados en el Colegio Profesional de Farmacéuticos de su provincia. En España hay 52 Colegios de Farmacéuticos provinciales coordinados por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. A través de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos (COF) la administración delega la gestión de cobro de recetas a la oficina de farmacia. A nivel nacional y autonómico tenemos:
- Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Portalfarma).
- Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Canarias.
- Colegio Oficial de Farmacéuticos de Santa Cruz de Tenerife.
- Colegio Oficial de Farmacéuticos de Las Palmas de Gran Canaria.
Asociaciones de Técnicos de Farmacia
El personal técnico de las oficinas de farmacia se organiza en asociaciones profesionales provinciales para intentar mejorar aspectos relacionados con la profesión. La organización básica de una asociación de técnicos está formada por la Asamblea General, compuesta por todos los asociados, y la Junta Directiva.
Laboratorios Farmacéuticos
Los laboratorios farmacéuticos son empresas privadas dedicadas a la investigación, fabricación, envasado, promoción y comercialización de las especialidades farmacéuticas que tiene registradas. Los laboratorios farmacéuticos deben garantizar:
- El suministro de los medicamentos.
- La calidad de las especialidades fabricadas.
- El abastecimiento del mercado con los productos que tiene registrados.
- El transporte correcto de los medicamentos.
Distribuidores Mayoristas o Almacenes de Distribución
Compran los medicamentos a los laboratorios y los almacenan para cuando el cliente los solicita. Ejemplos: COFARTE, COFARCA, COFARES, CECOFAR.
Tipos de Almacenes de Distribución
- Sociedades anónimas: Son empresas de distribución mayorista de capital privado, en las que los empresarios pueden o no ser farmacéuticos.
- Cooperativas farmacéuticas: Se trata de almacenes de capital farmacéutico. Abarcan la mayoría de la distribución española.
Pedidos de Medicamentos
Pedido Directo al Laboratorio Fabricante
Se realiza a través de los delegados de ventas o visitadores farmacéuticos de los diferentes laboratorios. Los laboratorios establecen condiciones de pedido: pedidos mínimos, tiempo de entrega, condiciones de pago, etc.
Pedido a un Almacén Distribuidor
Los almacenes de distribución permiten realizar un solo pedido y obtener productos de muchos laboratorios distintos. Por norma general ofrecen a las oficinas de farmacia tres repartos diarios que pueden llegar hasta seis en algunos casos. Esto hace que las farmacias no requieran de un gran almacén, pues al ofrecer repartos tan seguidos y continuos se puede ir reponiendo el stock al instante.
Control de Calidad en la Farmacia
El control de calidad se aplica a todos los procesos de la empresa, haciendo un seguimiento detallado para implantar programas y herramientas para la mejora de servicios y productividad. Esto asegura la mejora continua. La farmacia está ligada a que los medicamentos, productos sanitarios y servicios, lleguen a los pacientes con todas las garantías para asegurar la promoción de la salud y evitar enfermedad de la población.
Funciones del Técnico en Farmacia
- Asistir en la dispensación de productos farmacéuticos informando de sus características y de su uso racional.
- Realizar la venta de productos parafarmacéuticos, atendiendo las demandas e informando con claridad a los usuarios.
- Preparar los productos farmacéuticos para su distribución a las distintas unidades hospitalarias, bajo la supervisión del facultativo.
- Asistir en la elaboración de productos farmacéuticos y parafarmacéuticos, aplicando protocolos de seguridad y calidad.
- Apoyar al facultativo en el seguimiento fármaco-terapéutico del usuario.
- Mantener el material, el instrumental, los equipos y la zona de trabajo en óptimas condiciones para su utilización.
- Fomentar en los usuarios hábitos de vida saludables para mantener o mejorar su salud y evitar la enfermedad.
- Tramitar la facturación de recetas manejando aplicaciones informáticas.
- Realizar tareas administrativas a partir de la documentación generada en el establecimiento.
- Apoyar psicológicamente a los usuarios, manteniendo discreción, y un trato cortés y de respeto.
- Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
Funciones del Farmacéutico
- Adquirir, custodiar y conservar los medicamentos, principios activos, medicamentos prefabricados y productos sanitarios.
- Elaborar y dispensar las fórmulas magistrales.
- Dispensar los medicamentos y brindar información completa sobre los mismos.
- Hacer seguimiento de los tratamientos.
- Ejercer la farmacovigilancia.
- Establecer procedimientos para la revisión periódica de las existencias a fin de retirar los medicamentos caducados.
- Realizar las actividades dirigidas a la promoción de la salud.
- Velar por la prevención de las enfermedades.
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