07 Oct

Finiquito

Los trabajadores tienen derecho a cobrar el finiquito cuando finaliza su contrato. El finiquito incluye:

  • Salarios: Los salarios por los días trabajados en el último mes y pendientes de cobrar.
  • Pagas extras: La parte proporcional de las pagas extras pendientes de cobrar. Si el contrato termina antes de que se cumplan seis meses, el trabajador tendrá derecho a la parte proporcional correspondiente a su tiempo trabajado.
  • Vacaciones: Los salarios correspondientes a las vacaciones no disfrutadas.
  • Indemnización: Si procede, la indemnización por despido o extinción del contrato. Se explicará con más detalle a continuación.

Indemnización por despido

La indemnización por despido o extinción del contrato puede darse en los siguientes casos:

  • Despido disciplinario
  • Despido por causas objetivas
  • Despido colectivo
  • Despido por fuerza mayor
  • Finalización de contrato de obra o eventual

Despido Disciplinario

Se considera despido disciplinario cuando se produce por las siguientes causas:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas.
  • Abuso de confianza.
  • Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo.
  • Embriaguez habitual o toxicomanía.
  • Acoso racial, étnico, religioso, por discapacidad, edad u orientación sexual.

Despido por Causas Objetivas

Se considera despido por causas objetivas cuando se produce por las siguientes causas:

  • Ineptitud del trabajador: conocida o sobrevenida después del periodo de prueba.
  • Falta de adaptación: a las modificaciones técnicas, siempre que hayan transcurrido dos meses desde la modificación.

Despido por Fuerza Mayor

Se produce por un hecho involuntario e imprevisible que impide continuar de manera definitiva con el trabajo (por ejemplo, un incendio o una inundación). En este caso, se cobra una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 360 días.

El FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) depende del Ministerio de Empleo y se encarga de asegurar el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia, quiebra, concurso de acreedores o suspensión de pagos de la empresa.

La responsabilidad del FOGASA es subsidiaria, es decir, primero se liquidan los bienes de la empresa y, si no se puede pagar a los trabajadores, se acude al FOGASA. Este proceso puede tardar entre uno y dos años.

  • Salarios no pagados: El máximo que paga el FOGASA es de 120 días, con el límite del doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) diario.
  • Indemnización por despido no pagado: El máximo es de 30 días por año trabajado en caso de despido improcedente, o de 20 días en caso de despido procedente.

Tipos de Salarios

Existen diferentes tipos de salarios, clasificados según la forma de pago y la forma de cálculo:

Según la forma de pago:

  • Salario en dinero: Se paga en moneda legal, ya sea en metálico, por transferencia bancaria o cheque.
  • Salario en especie: Se paga con productos distintos al dinero.

Según la forma de cálculo:

  • Salario por unidad de tiempo: Se paga por día, mes u hora, independientemente de la cantidad de trabajo realizado.
  • Salario por unidad de obra: Se paga según la cantidad de trabajo realizado.
  • Salario mixto: Combina una parte fija (por tiempo) y otra variable (por obra o incentivos).

Pago del Salario

El salario debe pagarse puntualmente en la fecha y lugar convenidos. Los trabajadores tienen derecho a solicitar anticipos por el trabajo ya realizado.

Los retrasos en el pago dan derecho al trabajador a recibir un 10% de interés anual. Para ello, los retrasos deben ser de al menos tres meses.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El SMI es el salario mínimo que debe percibir cualquier trabajador en España. Se revisa anualmente, teniendo en cuenta el IPC, la productividad nacional y la situación económica general.

Crédito Privilegiado

En caso de que la empresa tenga deudas con distintos acreedores, los trabajadores tienen preferencia a la hora de cobrar. Los salarios de los últimos 30 días tienen preferencia sobre cualquier otro crédito.

Complementos Salariales

Los complementos salariales son pluses que se añaden al salario base. Se clasifican en:

  • Complementos personales
  • Complementos por el puesto de trabajo
  • Complementos por cantidad o calidad de trabajo
  • Complementos de vencimiento superior al mes

Traslado y Desplazamiento

  • Traslado: Cambio de centro de trabajo definitivo. Se considera definitivo cuando el traslado dura más de 12 meses en un periodo de 3 años.
  • Desplazamiento: Cambio de centro de trabajo temporal. Se considera temporal cuando no supera los 12 meses en un periodo de 3 años.

Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo

Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo son:

  • Jornada
  • Horario
  • Régimen de trabajo y rendimiento
  • Sistema de retribución y cuantía salarial
  • Sistema de trabajo y rendimiento
  • Movilidad funcional extraordinaria

Excedencias

Existen diferentes tipos de excedencias:

  • Excedencia forzosa
  • Excedencia por cuidado de hijos
  • Excedencia por cuidado de familiares
  • Excedencia voluntaria

Dimisión y Abandono

  • Dimisión: El trabajador decide irse voluntariamente de la empresa, para lo cual debe preavisar con la antelación establecida en su contrato o convenio.
  • Abandono: El trabajador deja de ir al trabajo sin avisar. En ambos casos, el trabajador no cobra indemnización.

Posibles Sentencias del Juzgado

  • Despido procedente: Existe causa justa para el despido y se entrega la carta de despido. El trabajador no cobra indemnización.
  • Despido improcedente: No existe causa justa para el despido. El empresario puede optar por la readmisión o el pago de una indemnización.
  • Despido nulo: El despido se considera discriminatorio o vulnera derechos fundamentales. El empresario debe readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.

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