13 Nov

Derechos de Maternidad en el Código del Trabajo

El Código del Trabajo contempla los siguientes derechos para la protección de la maternidad:

  • Descanso pre y postnatal (descanso maternal)
  • Permiso cuando la salud del niño menor de un año requiere atención en el hogar
  • Subsidio durante los períodos de descanso y permisos
  • Fuero laboral
  • Prohibición de realizar trabajos perjudiciales para la salud durante el embarazo
  • Derecho a sala cuna
  • Derecho de alimentación

Derecho a los Descansos de Maternidad

Extensión del Pre y Postnatal

El descanso prenatal es de 6 semanas antes del parto y el postnatal es de 12 semanas después del parto. El período prenatal siempre corresponde a la mujer embarazada. El período postnatal puede ser ejercido por el padre en los siguientes casos:

  • Si la madre fallece al momento del nacimiento.
  • Si la madre fallece durante el período postnatal.

En estos casos, el total o el resto del permiso postnatal corresponderá al padre, siempre que lo destine al cuidado del hijo. El padre que hace uso de este permiso goza de fuero laboral, el cual pierde si, por sentencia judicial, se le priva del cuidado personal del menor. Estos beneficios se conceden al padre independientemente del vínculo entre los padres.

El Artículo 195 del Código del Trabajo establece el carácter irrenunciable de los descansos de maternidad para la madre trabajadora.

Circunstancias de Extensión del Descanso Pre y Postnatal

Descanso Prenatal Prorrogado

Si el parto ocurre después de las 6 semanas de iniciado el descanso prenatal, este se prorroga hasta la fecha del alumbramiento, y desde esa fecha se cuenta el postnatal. Esto debe ser comprobado antes de expirar el plazo.

Descanso Prenatal Suplementario

Se otorga si durante el embarazo se produce una enfermedad como consecuencia de este, comprobada con certificado médico. Su duración la determinan los servicios médicos.

Descanso Postnatal Prolongado

Si el parto provoca una enfermedad que impide a la madre regresar al trabajo después de las 12 semanas de postnatal, este se prolonga por el tiempo que determine el servicio médico.

Parto Múltiple

La ley no contempla una extensión del postnatal en caso de parto múltiple. La madre tiene derecho a 12 semanas de descanso.

Aborto

En caso de aborto, espontáneo o provocado, no hay derecho a postnatal.

Hijo Nace Muerto o Fallece Recién Nacido

En estos casos, la madre tiene derecho a 12 semanas de postnatal y también a un postnatal prolongado si corresponde.

Subsidios Durante los Períodos de Descanso y Permisos

Durante los períodos de descanso (prenatal, prenatal suplementario, prenatal prorrogado, postnatal y postnatal prolongado), la madre recibirá un subsidio equivalente a la totalidad de sus remuneraciones y asignaciones, menos las imposiciones de previsión y descuentos legales.

Permisos por Salud del Niño Menor de Un Año

Permiso para la Madre

Para que la madre tenga derecho al permiso, se requiere:

  • Que el hijo esté enfermo.
  • Que la enfermedad sea grave y requiera atención en el hogar.
  • Que el hijo sea menor de un año.

Permiso para el Padre

El padre puede usar el permiso con subsidio en los siguientes casos:

  1. Cuando ambos padres son trabajadores, a elección de la madre.
  2. Cuando la madre ha fallecido.
  3. Cuando el padre tiene la tuición del menor por sentencia judicial.

También pueden acceder al permiso y subsidio quienes tengan a su cuidado un menor de un año:

  • Si se les ha otorgado la tuición del menor por sentencia judicial.
  • Si se les ha otorgado el cuidado personal del menor como medida de protección.

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