27 Nov

Impuestos en el Sistema Tributario Autonómico

El sistema tributario autonómico español presenta una notable complejidad. A continuación, se realiza una breve referencia a sus aspectos más relevantes.

Diferencias entre Regímenes

Es fundamental distinguir entre:

  • Sistemas de Concierto Económico: País Vasco y Navarra. Estos territorios poseen un sistema tributario que reproduce el estatal, pero con normas propias.
  • Comunidades Autónomas de Régimen Común: Sujetas a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). Carecen de un sistema tributario autonómico en sentido pleno, presentando una dependencia financiera del Estado.

Fuentes de Financiación en Regímenes Comunes

Las Comunidades Autónomas de régimen común obtienen financiación a través de:

  1. Impuestos Cedidos: Tributos estatales cedidos a las Comunidades Autónomas.
  2. Impuestos Propios: A pesar de la amplia cobertura de los impuestos estatales, las Comunidades Autónomas han establecido gravámenes propios sobre materias como:
  • El Juego: Principal materia imponible, destacando los impuestos sobre el bingo.
  • Las Aguas: Diversas figuras relacionadas con la utilización, producción o vertido de aguas (canon de saneamiento).
  • Aprovechamiento de Terrenos Rústicos: Impuestos sobre tierras infrautilizadas (Andalucía, Extremadura y Asturias).
Tasas y Contribuciones Especiales: Aprobadas a través de leyes autonómicas sobre tasas y precios públicos. La utilización de contribuciones especiales ha sido escasa. Recargos: Principalmente sobre la tasa estatal que grava el juego.

Sistema Tributario Local

El sistema tributario local se basa en el reconocimiento constitucional de la autonomía local (artículos 137 y 140 de la Constitución Española) y se regula en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales – TRLRHL).

La Ley estatal define la estructura básica de los tributos municipales, desarrollados por cada Ayuntamiento mediante ordenanzas fiscales.

Impuestos Locales

Impuestos de Exigencia Obligatoria

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Grava el valor de los bienes inmuebles rústicos y urbanos.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas (exentos las personas físicas).
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM): Grava la titularidad de vehículos aptos para circular por vías públicas.

Impuestos Potestaivos

  • Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO): Grava la realización de construcciones, instalaciones u obras que requieran licencia.
  • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU): Grava el incremento de valor de terrenos urbanos en caso de transmisión o constitución de derechos reales.

Además de los impuestos, son importantes las tasas y contribuciones especiales sobre servicios y obras de competencia local.

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