01 Feb

La Justicia entre los Estados y los Derechos Humanos según Rawls en El Derecho de los Pueblos

Resolución de la Justicia entre Estados

En El Derecho de los Pueblos, Rawls aborda la compleja tarea de aplicar los principios de justicia al ámbito internacional. Propone una concepción de justicia más general que la «justicia como equidad», pero que mantiene una conexión con la idea del contrato social. Esta doctrina del contrato social es universal en su alcance, y Rawls la explica así: todas las sociedades deben formular ciertas ideas y principios para guiar sus políticas en relación con otros pueblos. Una doctrina liberal constructivista se vuelve universal una vez que se amplía y es capaz de suministrar principios para todos los sujetos políticamente relevantes, incluyendo el derecho de los pueblos, que está destinado a orientar al sujeto más amplio: la sociedad política de los pueblos.

Rawls reproduce el diseño de la «posición original» a escala de representantes de las diferentes naciones. El resultado es una selección de principios tradicionales de la justicia internacional:

  1. Autodeterminación
  2. Igualdad de los pueblos en sus acuerdos
  3. No intervención
  4. Autodefensa
  5. Obligación de guardar los pactos y condiciones de la guerra justa, para resolver las demandas conflictivas entre los estados
  6. Respeto a los derechos humanos

La Posición Original en el Contexto Internacional

La posición original se utiliza a otro nivel: los participantes representan ahora a los pueblos cuyas instituciones básicas satisfacen los principios de justicia construidos en el primer nivel. En una primera etapa, se trata de adoptar los principios que regularán las relaciones entre sociedades que comparten una concepción liberal de la justicia. Luego, una segunda etapa en la posición original busca construir los principios que regularán las relaciones entre las sociedades liberales y las sociedades jerárquicas. Esto es posible porque las sociedades jerárquicas comparten una concepción de justicia más o menos equivalente a la de los ciudadanos de las familias de las sociedades liberales, con condiciones históricas y sociales similares, por lo que tienen el mismo tipo de razones para justificar sus modos de gobierno. Comparten así un entendimiento común con las sociedades liberales, lo que proporciona un punto de partida para la extensión del derecho de los pueblos.

El Principio de Tolerancia

Rawls establece que las sociedades pueden estar estructuradas políticamente de diversas formas, pero para que ellas puedan aplicar la justicia como equidad es esencial que se configure un principio de tolerancia. Este principio implica que una sociedad liberal no puede pretender ser tolerante si no respeta otros tipos de sistemas en los cuales también se respetan derechos mínimos como la vida, la libertad y la propiedad, y donde al menos se tenga la sensación de que todos están sometidos al mismo sistema de justicia. Esto reafirma la idea del principio de autodeterminación de los pueblos y la no intervención (la cual podría tener cabida en casos de pueblos que vulneren constantemente los derechos humanos), siempre limitado por el respeto a los derechos humanos.

Autodefensa y Asistencia a Estados Desfavorecidos

Respecto a los demás principios, Rawls desarrolla el de autodefensa, indicando que esta solo procede en casos en que se declare la guerra a un pueblo, y que lo ideal es erradicar la posibilidad de un llamado a la guerra entre los pueblos. En casos de pueblos que no pueden estructurarse adecuadamente para la aplicación de la justicia como equidad, lo que correspondería es que los estados tomen las medidas necesarias para guiar a esos estados, los cuales pueden estar en dicha situación por no querer aceptar un derecho de los pueblos o por condiciones adversas en su formación, para su incorporación a la estructura internacional que respeta los derechos humanos.

Los Derechos Humanos como Pieza Central

Los derechos humanos son la pieza central de la teoría del derecho de los pueblos de Rawls. La justicia internacional deberá construirse sobre los derechos humanos, que deben ser el resultado de una elaboración común. Son derechos humanos básicos que expresan una normativa mínima de instituciones políticas bien ordenadas para todos los pueblos, y pertenecen a una sociedad política justa de pueblos. Su concepción de derechos humanos surge como la aceptación de los estados de pautas mínimas de convivencia. La importancia radical de estos principios y su relación con los derechos humanos es que estos últimos son la frontera exterior del derecho doméstico, dado que limitan la soberanía de los estados.

Derechos Humanos Básicos

Los derechos humanos básicos que debe resguardar cualquier tipo de sociedad son:

  • Derecho a la vida y a la seguridad
  • Derecho a la propiedad personal
  • Derecho a las reglas del estado de derecho
  • Derecho a una cierta libertad de conciencia y de asociación (esto último dado que Rawls reconoce la posibilidad de que un estado se apegue a una religión, pero ello no obsta a que respete o tolere otras en la medida que no realice persecuciones)

Funciones de los Derechos Humanos Mínimos

En resumen, estos principios estructuran las relaciones que deben tener los estados y ayudan a su configuración. Dentro de estas configuraciones se encuentra el respeto a los derechos humanos mínimos que cumplen las funciones de:

  1. Ser condición necesaria para la legitimidad de un régimen.
  2. Excluir las intervenciones justificadas y enérgicas por parte de otros pueblos, bien bajo la forma de sanciones económicas o, en casos graves, por uso de la fuerza militar.
  3. Limitar el pluralismo de los pueblos, dado que establecen marcos mínimos que debe cumplir una estructura social y política.

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