24 Jul

El humanismo parte de los valores de libertad e igualdad. Son adialécticos, pues se intenta que predomine uno de los dos valores.

  • Liberalismo: Primacía de la libertad sin dialogar con la igualdad.
  • Totalitarismo: Primacía de la igualdad sin dialogar con la libertad.

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Ha habido diferentes puntos de vista sobre el asunto de la adialéctica de libertad e igualdad.

Utilitarismo:

  • Es un enfoque fuertemente individualista = primacía de la libertad.
  • Mínima intervención coactiva de lo público (Estado, gobierno) (no podemos ser coaccionados por la sociedad).
  • Autonomía individual es casi absoluta.
  • Solidaridad y distribución justa de bienes es opcional.
  • El hombre decide para sí y solo para sí, sin hacer daño directo a otros.

Enfoque de Rawls:

  • Enfoque que da prioridad a lo justo sobre lo bueno (¿deontológico?).
  • Bienes sociales primarios deben distribuirse de manera igualitaria, salvo que la diferencia sea beneficiosa para los más desaventajados (tener las mismas opciones para triunfar).
  • Todos debemos ser igualmente libres = garantizar igualdad y libertad.

Críticas a Rawls

Postlibertarismo de Nozick: Mis derechos son inviolables con independencia de las consecuencias que su ejercicio pueda generar. No pueden ser sacrificados por el bien común. Libertad negativa de las personas. El estado debe tener una intervención ultramínima.

Amartya Sen

Se opone al modelo ideal de Rawls, pues no garantiza realización de la libertad. No solo hay que dar derechos, sino garantizar que haya capacidad para mantenerlos. La justicia se da por la libertad que tienen las personas para alcanzar sus objetivos, no porque los lleguen a alcanzar. “Enfoque de las capacidades”, que son las posibilidades reales que una persona tiene para convertir sus derechos en libertades reales. Libertad positiva que garantice un mínimo a todos.

Principios éticos para fundamentar la visión humanista sobre el ser humano y la vida social:

  • Dimensión teórica: conceptos que tratan de explicar la compleja realidad social del ser humano.
  • Dimensión práctica y dinámica: impulsan a realizar un orden social más justo.
  • Universales: aspiran a ser universalmente válidos, pero aceptan variaciones.

Deben verse como un todo, interconectados, completándose y reforzándose unos a otros.

Principio de subsidiariedad

Los grupos “superiores” deben respetar, proteger y fomentar el ejercicio de la libre iniciativa de las comunidades menores. Nace ante los totalitarismos. Su fundamento es la libertad y dignidad de la persona humana. El objetivo es garantizar que se desplieguen las cualidades del ser humano al servicio del bien común. Poder público coordina la interrelación entre individuos y comunidad. Principio organizativo de la UE.

Aspecto negativo: Limita el ejercicio del poder público.

Positivo: Desarrollo de los grupos inferiores cuando no puedan por sí mismos.

Principio de solidaridad

El principio de solidaridad se basa en la unidad e interdependencia de todos los seres humanos y en el ensanchamiento del ámbito del nosotros. La solidaridad implica llevar las cargas de los otros y luchar por sus causas = empatía + cooperación. Empatía es la base de la solidaridad; cooperación es la cúspide de la solidaridad.

Rasgos:

  • Unidad de todos los seres humanos.
  • Ensanchamiento del “nosotros”.
  • Prioridad del “otro”.
  • Optar por movimiento horizontal (igualdad) y ascencional (elevación de todos).
  • Vincular sentimientos de generosidad, perdón, fidelidad, compasión, gratuidad.

Sociedades tradicionales: Solidaridad orgánica o cerrada.

Sociedades modernas: Solidaridad por autointerés/conveniencia. Frente a esto surge:

  1. Solidaridad horizontal: Sindicatos, partidos de clase… (grupos superiores).
  2. Estado social: Redistribución de un porcentaje de riqueza para garantizar necesidades básicas.

Tiene tres problemas: Crisis del estado de bienestar, la ciudadanía se niega a compartir cuando es más necesario; y se convierte en una solidaridad orgánica.

Ante ello, hay que fomentar una ética de la solidaridad, que implica una solidaridad abierta: Incluye a la humanidad en su totalidad; Parcialidad hacia los más desfavorecidos; Igualdad para todos.

Se relaciona con la justicia:

  • Justicia protege los derechos; solidaridad se preocupa por el otro.
  • La solidaridad presupone la justicia.
  • Solidaridad complementa la justicia, pues respeta la igualdad, pero también toma en cuenta las diferencias.

Participación en la vida pública

La libertad es presupuesto de participación. La Participación es requisito para la aplicación del P. de subsidiariedad. La participación abarca todas las facetas de la vida social y sus instituciones. Se ejerce de dos formas: individual (trabajo) y asociada (sindicatos). Voluntad moral de la democracia (José Luis Aranguren): verdadera apuesta por la democracia; no solo votar en elecciones.

Bien común

Platón: bien es idea regulativa y modelo para el mundo sensible. El bien común por encima del privado, solo se alcanza en un Estado bien organizado.

Aristóteles: posición más realista, no hay una idea previa. El Bien común se consigue dentro de la polis como espacio en el que el hombre se desarrolla plenamente.

Sto. Tomás: Ser humano como ser social que se asocia a distintos niveles (familia, reino, iglesia), donde se persigue el bien común natural de sus miembros; por encima está el bien común sobrenatural -Dios (visión divina para vida virtuosa como fin de la sociedad).

Visión moderna individualista: Bien común = suma de intereses individuales y cada uno debe buscar su propio bien.

  • El individuo no debe nada a la sociedad.
  • Los individuos no son sociables por naturaleza.
  • Los individuos se asocian por conveniencia.
  • A través de un contrato.
  • Para la defensa de su vida, posesiones e intereses.

Visión moderna colectivista:

  • Se inspira en las ideas de Karl Marx.
  • El bien común es el bien de un todo.
  • El individuo desaparece; está al servicio del todo.
  • El individuo puede ser sacrificado para favorecer al todo.

Visión moderna personalista:

  • La persona humana tiene valor por sí misma (contra colectivismo) y nadie puede ser excluido (contra individualismo).
  • El bien común no es la suma de bienes particulares.
  • El bien común es lo que es compartido y beneficioso para todos o la mayoría de los miembros de una comunidad determinada y es algo que se consigue mediante la ciudadanía, la acción colectiva y la participación activa en el ámbito de la política y el servicio público.

Algunos puntos para mencionar (Definición Concilio del Vaticano II):

  • Naturaleza ética (no es cuantitativo sino cualitativo).
  • No es la suma de intereses.
  • Es indivisible.
  • Afecta a todos los miembros de la comunidad.
  • Sirve de fundamento a la autoridad.
  • La economía no debe ser ajena al bien común.
  • Bien común es también bien común universal.

Destino universal de los bienes

Hay un derecho universal al uso de los bienes, por lo que todo ser humano debe tener la posibilidad del bienestar (bienes) necesario para su correcto desarrollo. Posible conflicto / tensión con el derecho de propiedad privada.

Distintas concepciones

Concepción tradicional de Sto. Tomás de Aquino

Destino universal de los bienes es el principio fundamental. Los bienes son de Dios, el propietario es administrador. En extrema necesidad, todo pasa a ser común.

Concepción liberal burguesa

La libertad como derecho absoluto también en el orden económico. Tiene una concepción individualista de la sociedad; competencia entre los miembros. La propiedad privada es el paradigma. Los bienes no solo valen para atender las necesidades del individuo, sino por su capacidad de producir nuevos bienes (capital).

Concepción marxista

La propiedad privada destruye la comunidad; atomiza a los individuos. Abolición de la propiedad privada y sustitución por la propiedad colectiva para la superación de la explotación de unos por otros y el paso a una sociedad sin clases.

Reinterpretación humanista de este principio

Énfasis en la regulación del USO de los bienes (no tanto en legitimar el derecho de propiedad). No debe aplicarse exclusivamente a los bienes naturales, se refiere más a los bienes producidos. Producción económica subordinada a la persona.

Función social de la propiedad:

El ejercicio del derecho de propiedad no debe perjudicar a la sociedad. No acumulación inútil. El conocimiento debe circular.

Valorización del trabajo

Trabajo es el medio para acceder a bienes y requiere justo salario. El Trabajo es la forma de universalizar los bienes.

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