20 Oct
La Constitución Española de 1978
Por primera vez en la historia de España, se nombró una ponencia de 7 miembros, representantes de UCD, PSOE, PCE, AP y CDC. El PNV no estuvo representado. Se logró un difícil consenso y una constitución sorprendentemente progresista.
La Constitución fue aprobada en referéndum popular el 6 de diciembre de 1978, con una participación del 67% y un 87,9% de votos positivos. La oposición, derivada de sectores residuales del franquismo o de la ultraizquierda, no fue significativa. En el País Vasco, la participación fue menor, un 44,7%, debido a la abstención del PNV, que en su fiesta anual había proclamado: «Nuestros fueros son nuestra constitución». El 69,1% de los votos emitidos fueron favorables.
La Constitución define a España como «un Estado social y democrático de derecho».
En cuanto a la organización territorial, se reconoce que España es indisoluble, pero se reconoce el derecho a la autonomía.
La lengua oficial es el castellano, junto con las lenguas de las comunidades autónomas.
La declaración de derechos es muy amplia, asumiéndose la Declaración Universal de los Derechos Humanos: derecho a la vida, libertad personal, al honor, a la intimidad y a la propia imagen; libertad de residencia y circulación, ideológica, religiosa y de culto (no hay religión estatal); inviolabilidad y secreto de las comunicaciones; libertad de expresión y de información; derecho a la educación y a la libertad de enseñanza (la enseñanza básica es obligatoria y gratuita); libertad de reunión y manifestación, etc.
Los poderes del Estado
- Jefatura del Estado: Rey. Es el máximo representante en las relaciones internacionales y el símbolo de la unidad. Su persona es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
- Poder Ejecutivo: Reside en el Gobierno, compuesto por el presidente, el vicepresidente y los ministros. El Gobierno dirige la actividad política.
- Poder Legislativo: Reside en las Cortes Generales, que son bicamerales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Sus funciones son la elaboración de las leyes y el control del Gobierno (moción de censura). El Congreso se compone de 300/400 diputados y el Senado es la cámara de representación territorial; cada provincia tiene 4 senadores.
- Poder Judicial: Es el tercer poder del Estado.
El texto clasifica dos categorías: nacionalidades históricas y regiones.
- Nacionalidades históricas: Cataluña, Euskadi y Galicia. Accedieron a la autonomía a través del artículo 151, que permite más competencias. Más tarde se unió Andalucía, que logró su estatuto por la vía del 151. Navarra tuvo un estatuto especial: la Ley de Amejoramiento del Fuero, que le confiere el mayor nivel competencial de todo el Estado.
- Regiones: Serían el resto de las comunidades autónomas, que lograron sus estatutos por la vía del artículo 143.
La Constitución en Euskadi
Al nacionalismo vasco no le gustó la Constitución de 1978. El PNV pidió la abstención en el referéndum del 6 de diciembre de 1978. En Vizcaya y Guipúzcoa, la participación no superó el 50%; sí lo hizo en Álava. De los que votaron, el 76% lo hizo a favor. La participación total fue de un 44,7%. En Navarra, la participación fue del 73,6% y el 93% votó a favor.
Tras la aprobación de la Constitución, Suárez convocó elecciones legislativas (1979), en las que triunfó la UCD, pero sin mayoría, seguida del PSOE. Un mes más tarde, se realizaron las primeras elecciones municipales democráticas.
En 1979 se aprobaron también los primeros estatutos de autonomía de Euskadi y Cataluña.
En enero de 1978, el gobierno de UCD creó el Consejo General Vasco como institución preautonómica, en el que Navarra no quiso participar. En noviembre se reunió una asamblea de parlamentarios de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa para elaborar un proyecto de estatuto.
El Estatuto de Gernika (1979)
El Estatuto de Gernika fue aprobado en referéndum el 25 de octubre de 1979, con un 60% de participación y un 95% de votos a favor.
El Estatuto de Gernika puso en marcha una autonomía dirigida por el PNV. Era muy semejante al estatuto de 1936, pero con avances sustanciales. Las provincias vascas habían accedido a un régimen de autogobierno por primera vez en la II República. También se incorporó Navarra, tras dos intentos fallidos de aprobación de un estatuto. Este estatuto (1936) se aprobó por primera vez durante la Guerra Civil, y a raíz de ahí se creó un Gobierno Vasco con un lehendakari. Solo gobernó desde octubre de 1936 a junio de 1937 y solo sobre Vizcaya, porque Álava y Navarra estuvieron en el bando sublevado.
Características del Estatuto de Gernika (1979)
- Euskadi era reconocida como nacionalidad.
- El Estatuto define el sujeto político de la nacionalidad: el pueblo vasco.
- Define también el marco territorial (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya).
- El Parlamento Vasco, que encarna el poder legislativo, formado por 75 diputados.
- El Gobierno Vasco, que encarna el poder ejecutivo, formado por consejeros, presididos por el lehendakari.
- El poder judicial es independiente de los otros dos y está encarnado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
- El Estatuto concede a la comunidad autónoma amplísimas atribuciones en el gobierno del territorio.
Carlos Garaikoetxea (PNV) fue el primer lehendakari.
Ley de Territorios Históricos (1983)
Con la aprobación de la Ley de Territorios Históricos, el Parlamento y el Gobierno Vascos no controlan todos los campos de la autonomía. Por esta ley, cada territorio (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) se organiza internamente en torno a las diputaciones forales.
- Cada territorio posee una diputación foral, un gobierno provincial presidido por un diputado general y una especie de parlamento provincial (las Juntas Generales).
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