25 Dic
La República
1.- Transición de la Monarquía a la República.
Sobre este tema, la doctrina se divide en dos posiciones fundamentales:
- Los que estiman, como Momigliano, que la fundación de la República fue debida a una revolución violenta que alteró sustancialmente la estructura política anterior.
- Los que consideran, como De Sanctis, que el establecimiento de la República fue el resultado de una larga evolución.
Si bien la tradición latina sitúa en el año 509 a.C. la fundación de la República, en cuanto que en esta fecha aparecen los Fasti Consulares con dos cónsules anuales al frente de la República, no obstante, tras los estudios realizados por Hanell, puede afirmarse que estos Fasti fueron reconstruidos después del 390 a.C. y, por tanto, son escasamente fiables antes de dicha fecha.
Para Hanell, la fecha de fundación de la República ha de situarse hacia el 450 a.C.
2.- Primera magistratura republicana.
Según la tradición latina y la doctrina en general, así el profesor Torrent, es probable que la primera magistratura republicana, antes que los cónsules y que el Dictator, estuviera constituida por un Praetor Maximus que sería el comandante militar de la Legión.
Frente a la Monarquía, caracterizada por su duración vitalicia, poder ilimitado y detentación unipersonal del poder real, la primera magistratura republicana (Praetor Maximus) tiene carácter anual.
Con posterioridad, y como consecuencia de las luchas entre patricios y plebeyos, surgirán también como notas definitivas la colegialidad, esto es, el compartir el poder entre dos magistrados, así como la sumisión de dichos magistrados a la Provatio Ad Populum (apelación ante el pueblo).
3.- Organización política y militar del Estado Republicano.
El periodo comprendido entre los años 509 al 367 a.C. está dominado por el antagonismo entre patricios y plebeyos, así como por el predominio de las poderosas gentes patricias que se sitúan al frente del Estado.
Los ciudadanos se integran en el Estado a través de una organización por tribus territoriales. Esta organización territorial arranca de la época de Servio Tulio y se encuentra en estrecha relación con la distribución de los ciudadanos aptos para las armas en nuevas unidades militares, que son las centurias, y en base a criterios timocráticos (por razón de riqueza).
La tradición latina, así Tito Livio y Dionisio de Halicarnaso, informan de la existencia de un total de 193 centurias comprensivas de las categorías de centurias de caballería, infantería y de soldados auxiliares. A su vez, la infantería se encontraba dividida en centurias de 1ª, 2ª y 3ª clase, y cada una de estas últimas estaban subdivididas en centurias de Iuniores (17 a 45 años) y de Seniores (45 a 60 años). El peso de las campañas militares estaba reservado a los iuniores.
El Exercitu Centuriatus, creado por Servio Tulio, paulatinamente evolucionó de su origen de división militar y, por consiguiente, de reunión militar del pueblo en armas, hasta llegar a constituir la gran asamblea política romana: los Comitia Centuriata (comicios centuriados).
Los Comitia Centuriata fueron convocados para la declaración de guerra y la leva militar. Y con posterioridad asumirían competencias electorales y jurisdiccionales. Al representar la reunión de todo el pueblo en armas, en dichos comitia participaban todos los ciudadanos mediante el ejercicio del derecho de voto.
4.- Estructura social.
A.- Patricios
Podemos afirmar que, al caer la Monarquía Etrusca, los patricios, que según la tradición latina eran descendientes de los cien primeros senadores nombrados por Rómulo, se alzan con el poder, lo que supuso un claro empeoramiento de las condiciones económicas, sociales y jurídicas de la plebe.
Frente a la vieja tesis mantenida por Mommsen, en la actualidad parece prevalecer la opinión representada por Magdelain de que, aun procediendo la distinción económica entre las clases patricias y plebeyas de la época monárquica, dicha diferenciación no llegó a consolidarse sino hasta los primeros tiempos de la república.
B.- Plebeyos
Respecto a sus orígenes, existen dos corrientes fundamentales:
- Los que estiman que el fundamento de la plebe reside en causas étnicas, esto es, diversidad de causas y de estirpes. Dentro de esta opinión, una variante es la teoría de Bonfante, para el que la plebe estaría formada por las comunidades políticas vencidas por Roma y que inmigraron a Urbs.
- Los que se inclinan por una interpretación económica de los orígenes de la plebe. Así, para De Sanctis, De Martino, Momigliano, así como para Torrent, la plebe estaría integrada por hombres de diferentes orígenes asentados en los suburbios de Roma. Algunos de los cuales constituirían una clase inferior agraria y otros, en cambio, en cuanto que comerciantes y artesanos, integrarían una especie de proletariado urbano.
5.- Lucha entre patricios y plebeyos.
El periodo comprendido entre 509 al 367 a.C. se caracteriza por los frecuentes conflictos entre el patriciado y la plebe.
Frente a la resistencia patricia a ceder en sus privilegios, la plebe tuvo que acudir a la vía revolucionaria y, dado que desde el punto de vista militar se encontraba la plebe distribuida según su riqueza dentro de las diversas categorías del ordenamiento centuriado, su vía de lucha contra los patricios lo constituyeron las sucesiones, o sea, rebeliones militares, la primera de las cuales ocurrió hacia el 494 a.C.
A partir de este año surgen como jefes plebeyos los tribunos, cuya lucha se concreta en la Auxiliatio, prestación de auxilio contra los abusos de poder de que eran objeto los plebeyos por parte de los cónsules patricios, especialmente en materia de levas militares. Los tribunos fundan su poder en las Leges Sacratae, acuerdos adoptados por la asamblea de la plebe. Por virtud de estas Leges Sacratae, la persona del tribuno es sacro santa y homo sacer, u hombre proscrito, execrable cualquiera que atentase contra la persona del tribuno, pudiendo cualquiera matar al ofensor. Los tribunos eran inviolables bajo la amenaza de penas religiosas, concretamente las sacertas o maldición que se aplicaba a quien atentase con su persona. Con posterioridad al 494 a.C., destacaremos como principales conquistas de la plebe frente al patriciado las siguientes:
- Rogatio Agraria, petición agraria, por cuya virtud el territorio conquistado a los Hérmicos debía ser dividido entre plebeyos y latinos.
- Aprobación en el 456 a.C. de la Lex Icilia de Aventino Publicando que permitió a los plebeyos instalarse sobre el Monte Aventino.
- En el 450 a.C. se redactan las Doce Tablas, lo que contribuye a que se recomponga la unidad del Estado.
- En el 448 a.C. y tras de las leges Valeriae Horatiae, la inviolabilidad de los jefes plebeyos es sancionada no solo bajo la amenaza de penas religiosas, sino también legalmente por parte del propio Estado.
- En el 445 a.C., el plebiscito Canuleno suprime la prohibición de Connubium, es decir, el matrimonio entre patricios y plebeyos.
- En el 371 a.C., un plebiscito propuesto por Publidio Valeron reguló la elección de los tribunos en los Concilia Plebes Tributa, comicios por tribus de la plebe.
- En el 367 a.C., las Leges Liciniae Sextiae posibilitaron que uno de los cónsules fuera plebeyo.
- En el 339 a.C., las Leges Publiliae Philonis los acuerdos de la plebe fueron vinculantes para toda la comunidad.
- A partir de la Lex Hortensia, los acuerdos de la plebe tenían el mismo valor que las leges Publicae aprobadas en los comitia centuriata.
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