28 Ene
Constitución:
Ley fundamental de un Estado que define los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política
Principios de la Constitución española:
Estado social
El Estado tiene que buscar y promover la igualdad social, económica y de oportunidades de los ciudadanosEstado democrático
El poder está en el pueblo. Pluralidad y libertad ideológicaEstado de derecho
Elegido libremente por los ciudadanos donde todos están sometidos a la leyModelo social
Forma de Estado
Monarquía parlamentariaSeparación de poderes
Poder legislativo, ejecutivo y judicialJerarquía legal
Hay unas leyes por encima de otrasLibertades y derechos individuales
Libertad ideológica, religiosa, de expresión, participación política, social y económica, derecho a la educación, movilidad…Libertades y derechos colectivos
De asociacionismo, derecho a la manifestación pacífica…Economía
Economía de mercado con intervención del Estado y contribución de los agentes económicos al sostenimiento de los gastos públicosTerritorialidad
Estado – comunidades autónomas – provincias – municipiosReconocimiento de la diversidad cultural
Varias lenguas oficiales según territoriosReforma según el artículo 167 y 168
La del 168 es mucho más exigente, se ponen más requisitos al cambio. En ambas hace falta aprobación por mayoría de cada cámara
Tribunal constitucional
Funciones
– Determinar la constitucionalidad o no de los tratados internacionales
– Determinar la constitucionalidad o no de las leyes y normas con rango de ley
– Resolución de conflictos entre Estado y comunidades autónomas
– Análisis de la constitucionalidad o no de proyectos de estatutos de autonomía o propuestas de reforma de estatutos de autonomía
– Resolución de conflictos en defensa de la autonomía local
– Resolución de conflictos de los órganos constitucionales del estado
– Toma de medidas de autogobierno
Principios de la Constitución económica
Búsqueda del estado del bienestar
Ideal político-económico que defiende un modelo de Estado que garantice el acceso libre y gratuito a nivel social, sanitario y educativoPermite la propiedad privada y la libertad de empresa
Es el mercado el que dirige la supervivencia de las empresasExistencia de un sistema tributario justo
Permite obtener los ingresos necesarios para cubrir los gastos públicos sin dejar a las familias sin recursos económicos para su desarrolloEconomía mixta de mercado
Intervención estatal cuando el mercado no garantiza el interés general. Principios de la Constitución económica
Sufragio activo
Capacidad para votar y elegir representante
Sufragio pasivo
Capacidad para ser votado y elegido como representante de la sociedad
Sufragio universal
Derecho de todos los ciudadanos a votar
Poder legislativo
Formado por las Cortes Generales, a su vez por el Congreso de los diputados (Cámara baja) y el Senado (Cámara alta); Sistema bicameral, el Congreso tiene preferencia
Funciones y derechos
– Autorizar la formación del Gobierno
– Provocar el cese del Gobierno
– Los proyectos legislativos pasan primero por el Congreso
– Puede confirmar o rechazar enmiendas o vetos del Senado
Cortes Generales
Órgano de representación del pueblo español
– Legislatura de 4 años
– Lo eligen españoles de + de 18 si no están inhabilitados al voto
– No pueden ser elegidos los suspendidos de sufragio pasivo
– Nadie puede ser diputado y senador a la vez
– Privilegios de diputados y senadores:
– Inviolabilidad por las opiniones de sus funciones
– Inmunidad, no pueden ser inculpados ni procesados sin autorización de cámara. (suplicatorio)
– Aforamiento: las causas contra diputados y senadores se tratan en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Congreso de los diputados
Listas cerradas
Senado
Listas abiertas
Cómo se organizan las cámaras:
Presidente
Mayoría absoluta. Portavoz y representante de actos oficialesMesa
Órgano rector. Actúa bajo dirección y supervisión del presidentePleno
Todos los miembros de Cámara
Función legislativa
Corresponde al Gobierno, Congreso y Senado, Asambleas de las CC.AA. Y a la iniciativa popular con al menos 500.000 firmas
Órganos que forman el poder judicial
Juzgados y tribunales, admin. De justicia, Ministerio fiscal y consejo general del poder judicial
Especialización por materia de juzgados
–
Jurisdicción civil:
Asuntos generales que no correspondan a otras jurisdicciones
–
Jurisdicción penal:
Delitos castigables
Contencioso-administrativa
Conflictos con las admin. Públicas españolasSocial
Conflictos laboralesSituaciones extraordinarias
Tribunal militar, de cuentas y consuetudinariosDistribución territorial de juzgados
Municipios
Juzgados de pazPartidos judiciales
Juzgados de primera instancia y/o instrucción– Juzgados de violencia sobre la mujer
– Juzgados de registro civil
Provincias
Audiencia provincial– juzgado de lo penal
– de lo mercantil
– de lo contencioso-administrativo
– de lo social
– de vigilancia penitenciaria
– de menores
CC.AA
: Tribunal superior de justicia de la comunidad autónomaEstatales
Tribunal supremo, audiencia nacional, juzgados centralesMinisterio fiscal
Personalidad jurídica propia independiente que promueve la acción de la justicia en defensa de la legalidad, derechos de ciudadanos e interés público tutelado por la ley, oficio o petición de los interesados e independencia de los tribunales con satisfacción social
Jurisprudencia
No hablamos de leyes, sino de interpretarlas de determinada manera para que en el futuro se haga lo mismo en situaciones similares
Consejo general del poder judicial
Funciones
Gobierno del poder judicial y garantizar la independencia de los juecesNormativa
Constitución española 1978 y Ley orgánica 6/1985 1 JulioTribunal supremo
Funciones
Órgano superior en el ordenamiento jurídico español, resuelve los recursos de casación de las audiencias e interpreta la jurisprudencia en EspañaNormativa
Constitución española de 1978 y ley orgánica 6/1985, 1 de Julio.Personal al servicio de la administración
Cuerpos generales y especiales
Votación de investidura
En el congreso de los diputados para elegir presidente del Gobierno
Presidente del Gobierno
Dirige la acción del gobierno y coordina las funciones de los miembros
Vicepresidente/s del gobierno
Sustituye al presidente en su ausencia y tiene las funciones que éste le encarga. Puede tener la condición de ministro y asumir sus funciones
Ministros
Titulares y responsables de los departamentos asignados, ejecución de los planes y recursos económicos para ellos
Principios del Gobierno
– presidencial
– colegialidad: las decisiones se toman de forma grupal, responsabilidad solidaria de los miembros
– departamental
Órganos colegiados del gobierno
– Consejo de ministros
– Comisiones delegadas
Órganos colaborativos del gobierno
Secretarios de estado, Comisión general de secretarios de estado y subsecretarios, Secretarios del gobierno, Gabinetes y Consejo de estado
Diferencias entre cuestión de confianza y moción de censura:
Cuestión de confianza
– El presidente del Gobierno pone su cargo en manos del Cong. Dip.
– Si éste acepta la cuestión de confianza por mayoría simple, el Ejecutivo continúa
– Si no se acepta el Gobierno Dimite y hay que elegir nuevo presidente
Moción de censura
– el congreso exige responsabilidad política al gobierno
– la plantea al menos 1/10 de los diputados y proponen un candidato a presidente
– Si hay mayoría absoluta el gobierno dimite ante el rey, investido el candidato opuesto
– si el congreso no acepta, el gobierno sigue
Herramientas del gobierno
Capacidad normativa del gobierno, Presupuestos generales del estado, Administración del estado
Administración pública
Definir
Órganos superiores de la Admin. General del Estado
Ministros, Secretarios del estado
Órganos directivos
Subsecretarios y secretarios generales técnicos, directores y subdirectores generales, delegado del gobierno en las CC.AA., subdelegados en las provincias y embajadores y representantes permanentes en organizaciones internacionales
Secretarios de estado
Responsables de la acción del gobierno en una actividad específica. Coordina las secretarías y las direcciones generales
Delegados y subdelegados de gobierno
Existirá un delegado del Gobierno en cada comunidad autónoma y un subdelegado del Gobierno en cada provincia de las comunidades autónomas pluriprovinciales, y dependerá jerárquicamente del delegado del Gobierno autonómico.
Figuras de la acción exterior
Corona
El rey es la más alta representación de España en sus relaciones internacionales. Consiente los tratados internacionales con el EstadoGobierno
Dirige la política exterior y aprueba y planifica la estrategia de acción exterior.El presidente del Gobierno coordina los miembros del Gobierno para hacer los planes exteriores
Los ministros dirigirán y desarrollarán la política exterior en el ámbito de sus competencias.
– Las Cortes Generales
– Otras figuras
Modelos tradicionales territoriales
Estados centralistas
Gran centralización, 3 poderes centralizados. (Francia)Estados regionalizados
Cierta autonomía a las regiones que lo forman (Italia, Reino Unido y Francia)Estados federales
Una jurisdicción federal y otra local en cada una de las federaciones o estados que lo forman (Alemania y EEUU)Estados confederales
Las confederaciones tienen más soberanía e independencia que las federaciones (Suiza y Reino de Dinamarca)Autonomía
Potestad que existe dentro de un Estado, municipios, provincias, regiones u otras entidades, para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios.
Comunidad autónoma
Entidad territorial formada por una o varias provincias que tiene capacidad de autogobierno y que está limitada por sus competencias y regulada por la Constitución.
Pueden acceder a la autonomía
– Provincias limítrofes con carácterísticas históricas, culturales y económicas comunes
– Territorios insulares
-Provincias con entidad regional histórica
Caminos para acceder a la autonomía según duración del proceso
– Lentas
– Rápidas
Caminos para acceder a la autonomía en función del artículo de la constitución
– Ordinario
– Especial
– Excepcional
Estatuto de autonomía
Norma constituyente de una comunidad autónoma, aprobada por las cortes generales y una ley orgánica.
Estatuto
Norma constituyente. No es una ley orgánica, es el rango de la norma que lo aprueba
Clasificación de las competencias
– En materias exclusivas de comunidades autónomas
– En materias exclusivas del Estado
– No exclusivas del Estado
Transferidas
Mejorar recursos y la gestión de servicios a la ciudadanía. El Estado puede dictar, con leyes orgánicas, transferencia de competencias a comunidades autónomasPrincipios para resolver conflictos entre competencias
Cláusula residual
Competencias que no asuma la comunidad autónoma, las asumirá el EstadoPrevalencia o supremacía
Entre normas estatales y autonómicas, ganan las estatalesSupletoriedad del derecho
Si no hay norma autonómica para una materia concreta, se aplica el derecho estatal.Modelos de financiación autonómicos
Régimen común
Con él, las CC.AA. Gestionan ingresos limitados por el Estado. Regulado por la LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de las CC.AA.)Régimen foral o de conciertos económicos
Más libertad de las CC.AA. Para gestionar sus ingresos. Buscan los ingresos para cubrir sus necesidadesRecursos de las comunidades autónomas
– Los ingresos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.
– Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.
– Los tributos cedidos por el Estado.
– La participación en el Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales.
– Los recargos sobre los tributos del Estado.
– Las participaciones en los ingresos del Estado a través de los fondos y mecanismos que establezcan las leyes.
– El producto de las operaciones de crédito.
– El producto de las multas y sanciones en el ámbito de su competencia.
– Sus propios precios públicos.
Provincia
Entidad territorial local con personalidad jurídica propia, compuesta por la agrupación de municipios y con capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Fines de las provincias
– Garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social.
– Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal.
– Participar en la coordinación de la Administración local con la comunidad autónoma y el Estado.
Organización de las provincias
Régimen ordinario – diputaciones
Régimen especial – CCAA uniprovinciales – Ciudades autónomas – País vasco – Canarias – Baleares
Órganos de las diputaciones de régimen ordinario
– Pleno.
– Presidente.
– Junta de gobierno: presidente y no más de un tercio de los diputados. Hacen todo lo que el presidente les mande.
Financiación de las provincias
– Ingresos de su patrimonio y demás ingresos de derecho privado.
– Tributos propios clasificados en tasas, contribuciones especiales e impuestos y los recargos exigibles sobre los impuestos de las comunidades autónomas o de otras entidades locales.
– Participaciones en los tributos del Estado y de las comunidades autónomas.
– Subvenciones.
Municipio
Entidad territorial básica, con personalidad jurídica y capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como tal dispone de una organización y de unas competencias para alcanzar sus objetivos.
Término municipal
Territorio donde tienen competencias los ayuntamientos. Cada municipio pertenece a una sola provincia
Población
Se debe estar empadronado para considerarse vecino del municipio y ser beneficiario de los servicios y obligaciones del ayuntamiento
Organización de los ayuntamientos:
Obligatorio para todos – Alcalde – Tenientes de alcalde – Pleno – Comisión especial de cuentas
Obligatorio para municipios +5.000 han y voluntario para los de menos – Junta de gobierno local
Obligatorio para los municipios catalogados de gran población y los que se apruebe en pleno – Comisión especial de sugerencias y reclamacione
Tributos de los municipios
–
Tasa
Tributo que se exige a los ciudadanos por el uso y aprovechamiento de un servicio público. Contraprestación directa entre la tasa pagada y el servicio público recibido (Tasas académicas de un centro municipal)–
Contribución especial
Por obtener un beneficio particular o un aumento del valor de un bien del contribuyente por una obra pública (contribución por el incremento del valor de un terreno por instalación del alcantarillado)–
Impuesto
Exigidos sin contraprestación (IBI, IAE, IVTM, sobre construcciones instalaciones y obras y sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana)
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