26 May

Concepto de derecho:
Ordenamiento jurídico- es el conjunto de normas jurídicas que hacen posible la convivencia armonica de una sociedad. Clases de derechos: 1. Derecho civil:
regula al individuo desde su nacimiento hasta después de su fallecimiento y la relaciones de los individuos entre si, compraventas entre paerticulares,matrimonio,divorcio,filiación,testamentos.. 2. Administrativo: normas que regulan las relaciones entre la adminsitración y los ciudadanos, trafico,sas,ayuntamiento.. 3. Mercantil: regula las relaciones de las empresas y los usuarios o de las empresas entre si, compraventas,constitución de empresas.. 4. Penal:regula los delitos y las penas aplicables a los mismos. 5. Fiscal o financiero: regula los ingresos y los gastos públicos, hacienda,impuestos.. 6. Internacional: normas que regulan las relaciones entre los diferentes estados y las relaciones entre las personas de diferentes estados. 7.
laboral o de trabajo: regula las relaciones laborales trabajador
Empresa. Normas de la unión europea: 1. Reglamentos: son obligatorios para todos los estados miembros y son directamente aplicables, incluso si la constitución de un estado es contraria a un reglamento hay que cambiarla. 2. Directivas: normas que marcan objetivos que se deben conseguir y que requieren de normas españolas que las desarrollen y son obligatorias. 3. Recomendaciones: no son obligatorias. 4. Convenios de la o.I.T: son obligatorios una vez ratificados por el parlamento español. 5. Tratados internacionales: acuerdos entre dos o mas estados, jerarquía de normas: 1.Normas comunitarias-reglamentos y directivas. 2. Constitución española.
3. Convenios de la onu y tratados. 4. Legislación española. 5. Convenios colectivos. 6. La costumbre. 7. Recomendaciones de la unión europea y de la onu. Fuentes del derecho: 1. Constitución europea. 2. Constitución del 78. 3. Normas europeas- directivas y reglamentos. 4. Leyes españolas. 5. La costumbre. 6. Los principios generales del derecho. 7. La jurisprudencia. 8. La doctrina. Leyes españolas: 1. A- emanadas del poder legislativo: leyes organicas: regulan los asuntos de gran transcendencia y son los referentes a lo derechos fundamentales, a los estatutos de autonomía y a los procesos electorales, se necesita la mayoría absoluta de la cámara para su aprobación. Leyes ordinarias : se dedican a las demás materias y basta la mayoría simple. B- emanadas del poder ejecutivo:textos articulados, textos refundidos y decretos-leyes que son normas dictadas por el gobierno ante circunstancias extraordinarias y urgente que se debatan y se votan en el parlamento. 2. Reglamentos: decretos: si parten del consejor de ministros , ordenes ministeriales, si parten de un ministerio en concreto. Tienen menor rango que la leyes. 3. Resoluciones: parten de otros órganos administrativos. 4. La costumbre: actos repetidos por la colectividad durante largo tiempo con la conciencia de que se trata de normas obligatorias. 5. Los principios generales del derecho: equidad, justicia e igualdad. 6. Jurisprudencia del tribunal supremo: cuando hay un vacío legal. 7. La doctrina: el t.S dicta dos sentencias 

Fuentes del derecho del trabajo: constitución española: leyes laborables, convenios colectivos, contrato individual de trabajo, principios generales del derecho del trabajo, constumbre laboral, jurisprudencia laboral, doctrina. 2. Convenios colectivos: son los acuerdos entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios, regula las condiciones de trabajo de una empresa o sector determinado. / contrato de trabajo: acuerdo entre el trabajador y la empresa regula las condiciones individuales de trabajo, jornada etc. Costumbre: son actos repetidos a lo largo del tiempo que llegan a adoptarse como norma.
Principios laborales básicos: 1. De jerarquía: la necesidad de fijar una jeraquia, por tanto la de menor rango solo puenen ampliar o mejorar los derechos de los trabajadores, pero nunca contradecir los dictado por una norma de rando superior. 2. De in dubio pre-operario: en caso de duda a las hora de explicar una normas laboral hay que escoger la interpretación mas beneficiosa para el trabajador. 3. De irrenunciabilidad: e trabajador no puede renunciar a los derechos que tiene reconocidos por la ley o por convenio colectivo. Tribunales laborales: antes de presentar una demanda ante un juzgado laboral se debe acudir al servicio de mediación, arbitraje y conciliación smac. Es un órgano administrativo que pretende que las partes se pongan de acuerdo antes de acudir al juzgado. Se compones de los siguientes juzgados y tribunales: 1. Juzgados de lo social
2. Sala de lo social del tribuanl superior de justicia de la comunidad autónoma: resuelve los recursos de los juzgados de lo social. 3.Sala de lo social de la audiencia nacional: conoce los conflictos que excedan del ámbito de una comunidad autónoma. 4. Sala de lo social del tribunal supremo: resuelve los recusos que se interponen ante las sentencias de los tsj y de la an. La constitución española- artículos referentes a derechos laborales:

art

28 medios de defensa para los trabajadores, derecho a la libertad sindical y a la huelga. // art. 37: derecho a la negociación colectiva. // art. 35 derecho al trabajo, se derivan las siguientes consecuencias: obligación de los poderes públicos de realizar una política de fomento del empleo art. 40 ;; prohibición de discriminación en el trabajo arts. 14 y 35 ;; protección de los desempleados art.4— protecciones de intereses concretos: seguridad social art. 41 ;; condiciones de trabajo arts. 35 y 40.2, se refiere a seguridad e higiene etc. ;; participación en la empresa art. 129.2 Principales fuentes de rango inferior a la constitución- leyes en sentido estricto: 1. Ley organica de libertad sindical: regula el derecho a la libertad sindical recogido en la constitución. 2. Ley de prevención de riesgos laborales: regula las medidas y las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. 3. Ley de infracciones y sanciones en el orden social LISOS: regula las infracciones y las sanciones en materia laboral. // normas con rango de ley: 1. Real decreto legislativo, texto refundido de la ley genera de la seguridad social. 2. R.D.L.T.R. De la ley del estatuto de los trabajadores. // reglamentos: 1. Real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional. 2. Real decreto sobre jornadas especiales de trabajo. 3. Orden sobre cotización a la seguridad social.

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