14 May
Pensión de jubilación
La pensión de jubilación es una prestación económica, vitalicia, recibida por el trabajador que cesa voluntariamente, de forma total o parcial, en su actividad laboral al cumplir la edad legal de jubilación y si reúne determinados requisitos.
Requisitos para recibir la prestación por jubilación ordinaria
:-Estar afiliado a la Seguridad Social; se puede estar en alta, en situación asimilada al alta o en situación de no alta./-Haber cumplido la edad mínima de jubilación: 67 años o 65 años (2017), si se ha cotizado 38 años y 6 meses. (2019 → 65 años y 8 meses)./-Tener 15 años cotizados, de los cuales, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho./-En el año 2019 para calcular la base reguladora se utilizan los 22 últimos años cotizados.
Prestaciones por muerte y supervivencia
En caso de fallecimiento del trabajador se podrán otorgar ciertas prestaciones, cuando se cumplan ciertos requisitos: el causante esté afiliado y el periodo de cotización haya sido de 500 días en los 5 años inmediatamente anteriores, si la muerte es por enfermedad común. No requiere periodo de carencia si se deriva de accidente o enfermedad profesional.
Prestación por desempleo
prestación por desempleo es aquella que ampara a los que pudiendo y queriendo trabajar pierden su empleo o ven reducida su jornada ordinaria al menos en una tercera parte, siempre que su salario se reduzca en la misma proporción
.REQUISITOS:
Estar afiliado y en alta./No haber cumplido la edad de jubilación./Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo y firmar el compromiso de búsqueda activa de empleo./Estar en situación legal de desempleo, es decir, no haber cesado voluntariamente./Haber cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.– (La duración de la prestación irá en función del tiempo cotizado en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.)Subsidio por desempleo
El subsidio por desempleo consiste en una cantidad de dinero destinada a paliar la carencia de recursos económicos.REQUISITOS:
-Estar desempleado./-Estar inscrito como demandante de empleo, al menos, durante un mes./-No haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni cursos de formación./-Carecer de rentas superiores al 75% del SMI./-Hallarse en alguna de las siguientes situaciones:Haber agotado la prestación por desempleo y tener responsabilidad familiar.No haber cubierto el periodo mínimo de cotización para la prestación contributiva, siempre que haya cotizado 3 meses (con responsabilidades familiares), o 6 meses, si carece de dichas responsabilidades.Cuantía del subsidio por desempleo: con carácter general es del 80% del IPREM.
El poder de dirección del empresario
El poder de dirección del empresario es algo innegable, pero tiene unas limitaciones y una serie de derechos a favor del trabajador.–
Representación de los trabajadores en la empresa (tipos)
+Representación sindical: representan a los trabajadores afiliados a los sindicatos (sección sindical y delegados sindicales) +Representación unitaria: órganos extra-sindicales que representan a todo el personal de la empresa (delegados de personal y comité de empresa).-Sindicatos:
un sindicato es una asociación permanente y sin ánimo de lucro, de trabajadores por cuenta ajena que tienen como objetivo la defensa y la mejora de las condiciones de trabajo de sus afiliados.*El derecho a la libertad sindical (LOLS
)La libertad sindical incluye:
-Dº a fundar un sindicato. -Dº a afiliarse a un sindicato. -Dº a elegir los representantes de un sindicato.-Dº a la actividad sindical. Los jueces, magistrados, fiscales, fuerzas armadas y GC quedan excluidos del derecho a la sindicación.
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