24 Mar

EL DERECHO DE FAMILIA:1.INTRODUCCIÓN: FAMILIA Y PARENTESCO:


la familia Una comunidad compuesta al menos por los cónyuges y sus desdientes, en la que Pueden participar otras personas unidas por lazos de sangre. Parentesco es el Vínculo que une a las personas que descienden unas de otras o que tienen un Ascendiente común,

El Parentesco de consanguinidad es la relación entre las personas unidas por un Vínculo de sangre, es decir que tienen al menos un ascendente en común. La Proximidad se determina por el número de generaciones que separan a los Parientes y se mide en grados, siendo un grado la separación entre una persona Y sus padres o hijos.

El Parentesco de afinidad es el vínculo que se establece entre un cónyuge y los Parientes consanguíneos del otro.

En sentido Amplio, la familia incluye a todas las personas unidas por un vínculo de matrimonio o parentesco. El derecho positivo tiene en cuenta esto para la Acción de determinados casos. El sentido restringido de la familia comprende un Grupo de personas que viven bajo el mismo techo, y en el sentido más estricto La familia comprende solo a los progenitores y sus descendientes.

El derecho De familia es definido como “el que regula las situaciones de cónyuge y Pariente en cuanto a tales”. Su contenido abarca la regularon del matrimonio, La filiación, las relaciones de parentesco en sentido amplio y las Instituciones complementarias o subsidiarias de la familia, es decir, la tutela Y la curatela. Esta regulación abarca también las relaciones patrimoniales que Con carácter inseparable se derivan de las anteriores.

La constitución Dispone en su Art. 39:1. Los Poderes públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la Familia2. Los Poderes públicos asegurarán, asimismo, la protección integral de los hijos, Iguales ante la ley con Independencia de su filiación y de las madres, cualquiera que sea su estado Civil. La ley posibilitará la investigación de la personalidad3. Los Padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o Fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que Legalmente proceda.4. Los niños Gozaran de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por Sus derechos

Derechos de alimentos:


Se entienden Por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habilitación, vestido y Asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción Del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya Terminado su formación por causa que no le sea imputable. Estos alimentos Comprenden también los gastos de embarazo y parto cuando no estén cubiertos de Otro modo.

Están Obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el Artículo precedente:

• Los Cónyuges

• Los Ascendentes y descendientes

Los hermanos Solo se deben auxilio para la visa cuando los necesiten por cualquier causa que No se imputable al alimentista y se extenderán en su caso a los que precisen Para su educación.La cuantía De los alimentos será proporcional al caudal o menos de quién los da y las Necesidades de quien los recibe.

2.CARACTERES DEL DERECHO DE FAMILIA:


una rama del Derecho privado, no permitan adscribirlo al Derecho público ni separarlo del Privado carácterísticas son principalmente:• Contenido ético: influyen la Religión y la moral, el Derecho se apropia de preceptos éticos para Convertirlos en jurídicos• En el Derecho de familia existen factores de orden público, se habla de un “orden Público” ya que las reglas básicas sobre las que se organiza la familia están Recogidas en la constitución.• Existe una Conexión entre las instituciones jurídico- familiares y el estado civil de las Personas.•, de modo Que su cumplimiento no puede dejarse a la mera voluntad del individuo 3.EL MATRIMONIO: CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA:
es una Institución de la cual se derivan una serie de relaciones jurídicas, en Ocasiones se considera como un contrato aunque otros autores lo califican de Negocio jurídico.Este no Existe sin consentimiento, el cual no puede estar sujeto a condición o término. La igualdad entre los cónyuges es fundamental ya que desde 1975 se suprimíó la Situación de preeminencia del hombre sobre la mujer en el CC. En Europa y España sobre todo no ha de ignorarse la importancia de la doctrina católica en La regulación del matrimonio.La Importancia del matrimonio deriva de ser un hecho que no solo afecta y produce Consecuencias entre los que lo celebran, sino por el ser el punto de arranque De una institución social y jurídica (La Familia), parte esencial de la Organización de un Estado, Art. 39.1 CE, El cual proclama que los poderes Públicos aseguraran la protección social, económica y jurídica d ella familia.

1.1Sistemas matrimoniales:

La Repercusión de esas ideas se manifiesta en los sistemas matrimoniales, esta Expresión hace referencia a los requisitos que los diversos ordenamientos Jurídicos exigen para reconocer efectos jurídicos a un matrimonio. Estos Sistemas se reducen a:• Exclusivamente religioso: Se considera matrimonio al celebrado conforta a las Normas de una

determinada Religión, se da en el Estado Vaticano• Exclusivamente civil: El realizado conforme a las normas civiles propias del País, opera en la mayoría de países• Religioso Principal y subsidiario Civil: En países con religión oficial• De libre Elección: reconoce los mismo efectos al matrimonio religioso y el civil, Italia Y Portugal• Libertad De forma: basta con el acuerdo de los contrayentes, es de escasa aplicación Salvo en Escocia.



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