08 Abr

Obligaciones de los Contribuyentes

Registro Único del Contribuyente (RUC)

  • Es un registro informático de la SUNAT.
  • Contiene información de identificación como: nombre o razón social, domicilio fiscal, actividad económica, teléfonos, correo electrónico, tributos afectos, fecha de inicio de actividades, entre otros.

Lucha contra la Evasión y el Contrabando

La Evasión Tributaria

Es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas violatorias de disposiciones legales. Se da cuando el contribuyente declara o paga menos tributos de los que le corresponden.

Las formas más comunes son las siguientes:

  • No emitir comprobantes de pago.
  • No declarar la venta o el ingreso obtenido.
  • No pagar los tributos que correspondan, como el Impuesto a la Renta o el Impuesto General a las Ventas (IGV).
  • Utilizar doble facturación.
  • Entregar comprobantes falsos.

Argumentos sobre las Causas de la Evasión Tributaria

Tipos de argumentos que tratan de explicar la acción de evasión:

  1. La evasión es una respuesta económica y calculada de la conducta de los contribuyentes que buscan incrementar sus riquezas y responden a los incentivos y castigos que ofrece el sistema y la gestión tributaria.
  2. La evasión es más bien un problema de elusión, puesto que los contribuyentes usan los resquicios de la ley evitando la comisión flagrante de delitos.
  3. La evasión fiscal solo es una consecuencia y no el motivo fundamental.

El Contrabando

Consiste en la omisión o burla del control aduanero, al ingresar mercancías del extranjero o al extraerlas del territorio nacional. Se entiende como contrabando a la entrada o salida clandestina de mercancías en el territorio nacional, sin el respectivo trámite aduanero que le corresponde.

¿El Contrabando es un Delito?

Sí, se configura el delito cuando el valor de la mercancía supere las cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Dicha conducta es sancionada con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años, con circunstancias agravantes que pueden significar hasta doce años de pena privativa de la libertad. Si el monto de las mercancías no supera las cuatro UIT, no se configura delito. Sin embargo, dichas conductas constituyen infracción administrativa, que significan, para el infractor, el pago de elevadas multas a la SUNAT y el comiso (pérdida) de las mercancías no declaradas a la Autoridad Aduanera.

Modalidades de Contrabando

  1. Extraer, consumir o disponer de las mercancías de la zona delimitada por la Ley General de Aduanas o por leyes especiales, sin haberse autorizado legalmente su retiro por la Administración Aduanera.
  2. Consumir, almacenar o disponer de las mercancías cuyo traslado haya sido autorizado, de una zona a otra, sin el pago previo de los tributos o gravámenes.
  3. Internar mercancías de una zona franca o zona geográfica nacional de tratamiento aduanero especial o de alguna zona geográfica nacional de menor tributación, sin el cumplimiento de los requisitos de ley o el pago previo de los tributos diferenciales.
  4. Conducir en cualquier medio de transporte, hacer circular dentro del territorio nacional, embarcar, desembarcar o transbordar mercancías, sin haber sido sometidas al ejercicio de control aduanero.
  5. Introducir o intentar introducir al territorio nacional mercancías con elusión o burla del control aduanero.

Esfuerzos Institucionales contra la Evasión y el Contrabando

La Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería del Ministerio de la Producción constituye el esfuerzo multisectorial del Estado Peruano para hacer frente a quienes se dedican a esta ilícita actividad. El principal reto de la SUNAT para mantener el crecimiento en la recaudación pasa por aumentar la base tributaria, es decir, por hacer crecer el número de contribuyentes formales, y por liderar una lucha frontal contra las perforaciones que existen al sistema de recaudación.

El Rol de los Ciudadanos ante el Contrabando

La evasión tributaria y el contrabando nos perjudican a todos. Por este motivo, quienes formamos parte de la sociedad debemos ser ciudadanos responsables.

Esta condición la demostramos al cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Declarar y pagar los tributos con veracidad.
  • No comprar contrabando.
  • Denunciar a los que evaden y a los que venden mercancía de contrabando.
  • Exigir nuestro comprobante de pago.
  • Hacer lo que esté a nuestro alcance para erradicar la evasión y el contrabando.

Orígenes de los Tributos

Antecedentes Generales

La tributación en nuestro país está marcada por dos momentos diferentes: antes y después de la llegada de los españoles. Desde este aspecto, hay que entender que el desarrollo del proceso a través del cual el Estado recibe bienes (moneda, especie o trabajo), para cumplir con las funciones que le son propias (como realizar obras o brindar servicios para el bien común), va a ser distinto en ambos periodos.

La Tributación en el Perú Prehispánico

Comprender la sociedad y economía andina prehispánica implica entender a pueblos en los que no existió el comercio, la moneda ni el mercado como los conocemos hoy, pero sí el intercambio. Este se dio a través de dos mecanismos fundamentales de la sociedad y economía andina:

  • La Reciprocidad: Fue el medio o sistema de intercambio de mano de obra y servicios, basado en relaciones de parentesco.
  • La Redistribución: Era una función realizada por el jefe de Ayllu, curaca o Inca, quienes concentraban parte de la producción que posteriormente era distribuida a la comunidad o diversas comunidades, en épocas de carencia o para complementar la producción local.

Obtención de recursos mediante la reciprocidad y redistribución

La reciprocidad se sustentó en el incremento de lazos familiares. Es decir, la multiplicación de los vínculos de parentesco fue necesaria para la existencia y continuidad de la reciprocidad. La redistribución, por su parte, era una función centralizada por la autoridad (jefe de Ayllu, curaca, Inca) para gestionar los excedentes y asegurar el bienestar colectivo.

Niveles de reciprocidad y redistribución

Nivel Ayllu

En este nivel, los miembros del ayllu, unidos por relaciones de parentesco, realizaban la prestación de servicios en forma regular y continua entre diferentes ayllus. En un primer momento, los miembros del ayllu «A» prestaban sus servicios a los del ayllu «B» y éstos a cambio les entregaban el alimento necesario para que cumplan con su labor. En un segundo momento, la situación se invertía. Posteriormente, ambos intercambiaban sus productos. A esta forma de intercambio de mano de obra se le denomina AYNI.

Nivel Jefe Étnico / Estado

Los curacas eran elegidos, seleccionados o promovidos por su grupo étnico, luego de cumplir ciertos rituales específicos de cada grupo. Durante el Tawantinsuyo, el Inca no intervenía en la elección o selección de los curacas salvo muy raras ocasiones. El curaca, para acceder a la prestación de mano de obra de su etnia, debía a cambio ofrecer determinados servicios. Éstos podían ser:

  • Mediar en conflictos personales.
  • Administrar y distribuir recursos: tierras, agua y depósitos.
  • Planificar y dirigir la construcción de canales, depósitos y terrazas para cultivos.
  • Cumplir con los rituales religiosos de la etnia (entregar ofrendas a los dioses), organizar las fiestas familiares, militares, etc.
  • Organizar el aprovechamiento de los recursos de otros pisos ecológicos.

Aquí se cumple la reciprocidad: el curaca realiza determinadas funciones y recibe a cambio bienes o fuerza de trabajo.

Mita

La MITA era el trabajo colectivo que realizaban los ayllus a favor del Estado Inca o de su curaca, destinado a la construcción de obras públicas, labores agrícolas estatales, servicio militar, etc.

La Tributación en la Colonia

La nueva forma de tributación proveniente de occidente se organizó en base a ordenanzas y mandatos del rey, de acuerdo con tasas o regímenes establecidos.

El Corregidor

El corregidor tenía la responsabilidad de recaudar el tributo, quien para evitarse trabajo “vendía” dicha responsabilidad a un rentista o se la encargaba al encomendero al inicio de la colonia y posteriormente al hacendado y a los curacas.

Otro asunto importante es que la base tributaria (número de contribuyentes) estaba compuesta por los indios de las encomiendas y de las comunidades. Sobre ellos recaía el mayor peso de la carga tributaria. Ellos pagaban un impuesto directo, mientras que los españoles, criollos y mestizos tenían obligaciones que mayormente no afectaban su renta sino su poder adquisitivo. Esta situación se mantuvo hasta bastante iniciada la República y acabaría sólo cuando Don Ramón Castilla abolió la esclavitud y el tributo indígena en 1854.

Principales Tributos Coloniales

  • Quinto Real: El 20 por ciento de la producción minera le pertenecía al rey. Durante el siglo XVII se bajó al 10 por ciento.
  • Almojarifazgo: Fue impuesto por el gobernador Lope García de Castro. Era un derecho de aduana que se aplicó a las exportaciones e importaciones de bienes.
  • Alcabala: Gravaba todas las transacciones de bienes (es comparable con el Impuesto General a las Ventas actual). El vendedor estaba obligado a pagarlo.
  • Tributo Indígena: Fue pagado por los indios de manera comunal.
  • Diezmo: Consistía en que el 10 por ciento de la producción de la tierra o beneficio se dedique a la Iglesia Católica.
  • Bula de la Santa Cruzada: Era pagado por las principales ciudades del virreinato.
  • Cobos: Impuesto que se cobraba de todas las barras fundidas en las casas de quintos. Osciló entre el 1 y 1.5 por ciento.

Finalidad de la tributación colonial

  • Proveer al Estado del dinero necesario para la defensa nacional, la conservación del orden público y la administración de sus diferentes servicios.
  • Recién con Piérola, a fines del siglo XIX, el Estado asume, además de los fines mencionados, otros de índole social, tales como la educación y la salud públicas. Por ejemplo, los subsidios a la alimentación y el inicio de la construcción de las llamadas viviendas populares.

La Tributación en la República: Siglo XIX

Nuestro periodo republicano en el siglo XIX puede definirse como inestable política y económicamente, reflejándose ello en las diversas medidas económicas que se fijaron, de las cuales la tributación fue una expresión clara de las contradicciones de la época. Para desarrollar este tema hemos considerado necesario abordar las características de esta parte de nuestra historia, ubicándonos cronológicamente en las siguientes cuatro etapas:

  1. La emancipación.
  2. La inestabilidad política y penuria fiscal (1821 – 1845).
  3. El auge del guano y la Guerra del Pacífico (1845 – 1882).
  4. La reconstrucción nacional (1882 – 1889).

Sistema de Tributación (Siglo XIX)

Tributos Directos

Los tributos directos afectaban a todos los ciudadanos de la naciente República, pero no de la misma manera. Se hacía diferencia entre la tributación indígena y la de castas.

a) Tributo Indígena

Continuación del tributo colonial, aunque con modificaciones, hasta su abolición en 1854.

b) Tributo de Castas

Como concepto, podemos decir que la contribución de castas abarcaba el tributo personal de los trabajadores y de los que tenían una renta anual. En 1842 se referían a este impuesto como obligados a cumplirla todos aquellos que no eran indígenas, siendo considerados como jornaleros y viéndose obligados a pagar al erario tres pesos y cuatro reales por año.

c) Predios

El valor de los predios era asignado por su producto, no tenían valor en sí mismos.

d) Tributo de Industrias y Patentes

Las otras contribuciones directas fueron las que se aplicaron a las industrias y las patentes (esta última es la que finalmente se mantuvo). La contribución de patentes estaba dirigida a aquellos que se dedicaban al comercio, al arte o a cualquier labor industriosa. Pero aquellos que pagaban el impuesto de castas estaban exentos de ella.

Tributos Indirectos

Los tributos indirectos eran numerosos, pero sin duda el más importante era el que ingresaba por concepto de aduanas. Este impuesto sufría una serie de dificultades y trabas, principalmente, por el gran contrabando de la época, afectando notoriamente al erario.

La Tributación en la República: Siglo XX

En esta etapa, nuestra historia económica como República está marcada por intensos pero breves momentos de crecimiento, separados por periodos de transición e incertidumbre. A partir de 1890 se inicia un lento pero sostenido crecimiento de nuestra economía. Los sectores exportadores se diversifican, puesto que hay que reemplazar el guano y el salitre. Hay un desarrollo económico autónomo junto con una expansión dinámica en bienes de capital y capacidad tecnológica. Pero luego se estanca ante un manejo familiar de la economía, sumamente dependiente del capital y mercado extranjero. Los productos de exportación que tuvieron mayor auge entre 1890 y 1930 fueron (de acuerdo al orden de importancia): el azúcar, el algodón, la lana, el caucho, el cobre, el petróleo y la plata.

Estructura del sistema tributario del siglo XX (1895 – 1962)

A pesar de ello, hemos logrado esbozar, en grandes líneas, la siguiente estructura tributaria, así como un balance de la legislación tributaria dada en la época:

  1. Impuesto a la Renta.
  2. Impuesto al Capital Movible.
  3. Impuesto a los Sueldos.
  4. Impuesto a las Utilidades.

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